Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2006 (12/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 12 de MORDAZA de 2006

modificado por los Decretos Supremos Nºs. 019-2001JUS y 009-2005-JUS respectivamente, el Ministerio de Justicia tiene por finalidad velar por la vigencia del MORDAZA de la ley, el derecho y la justicia; correspondiendole entre otras funciones, fortalecer el estado de derecho y el acceso a la justicia, asi como promover permanentemente una pronta y eficaz administracion de justicia. A traves de la Direccion Nacional de Justicia, el Ministerio de Justicia se encarga de colaborar y coordinar con el Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Instituto Nacional Penitenciario y otras entidades publicas o privadas, coadyuvando a un eficaz ejercicio de la administracion de justicia; asi como normar, coordinar y supervisar la Defensa de Oficio y el funcionamiento de los Consultorios Juridicos Populares. Actualmente, el Ministerio de Justicia se encuentra desarrollando diversos programas conducentes a mejorar los servicios gratuitos de asistencia legal que presta, tales como la implementacion de los "Centros de Asistencia Legal Gratuita - ALEGRA". Asimismo, se vienen realizando las coordinaciones del caso con los diferentes Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA que permitan establecer acuerdos a fin de contar con espacios dentro de los Establecimientos Penitenciarios en donde puedan atender permanentemente los Defensores de Oficio a los internos que requieran asistencia legal. En el contexto del trabajo del Ministerio de Justicia para promover el acceso a la Justicia a los sectores menos favorecidos, se ha considerado la creacion e implementacion del Programa "Capacitacion de estudiantes de Derecho en materia penal en la modalidad de asistencia legal al interno en el Ministerio de Justicia", con la finalidad de brindar a las Facultades de Derecho de las Universidades del MORDAZA, la posibilidad de que los alumnos que cursan los ultimos anos de estudio, puedan realizar practicas preprofesionales de capacitacion en los Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA a traves de los servicios juridicos que el Ministerio de Justicia brinda. 2. BASE LEGAL - Ley Nº 27019, Ley que crea el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio. - Decreto Supremo Nº 005-99-JUS, Reglamento de la Ley crea el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio. - Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia. 3. MORDAZA NORMATIVO De acuerdo a lo previsto en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, que dispone que son funciones del Ministerio de Justicia, entre otros, coordinar con los demas Ministerios y entidades de la Administracion Publica las actividades vinculadas al ambito de su competencia, y teniendo en cuenta la relacion directa de lo dispuesto en el articulo 71º del indicado cuerpo legal que dispone que la Direccion Nacional de Justicia conduce, promueve, coordina y supervisa el funcionamiento de la Defensa de Oficio y de los servicios juridicos populares en el Ministerio de Justicia". 4. FINALIDAD El Programa de "Capacitacion de estudiantes de Derecho en materia penal en la modalidad de asistencia legal al interno en el Ministerio de Justicia", en adelante "El Programa", tiene por finalidad brindar a las Facultades de Derecho de las Universidades del MORDAZA, la posibilidad de que los alumnos que cursan los ultimos anos de estudio, complementen su formacion academica en materia penal a traves de la asistencia legal a los internos en los distintos Establecimientos Penitenciarios del Pais. De esta manera, se pretende coadyuvar a una capacitacion especializada de los futuros abogados en temas de asistencia y asesoramiento juridico en materia penal, a traves de los servicios juridicos gratuitos del Ministerio de Justicia. 5. PARTES INTERVINIENTES - Las Universidades Nacionales y Particulares del MORDAZA, a traves de las Facultades de Derecho.

- El Ministerio de Justicia, a traves de la Direccion Nacional de Justicia y la Direccion de Defensoria de Oficio y Servicios Juridicos Populares. Para estos efectos, las partes intervinientes suscribiran convenios de cooperacion interinstitucional. 6. TIEMPO DE DURACION DEL PROGRAMA "El Programa" podran realizarlo los estudiantes de Derecho, a partir de los dos ultimos anos de estudios, cuya una duracion sera de seis meses, entre los meses de enero a junio y de MORDAZA a diciembre de cada ano. 7. COMPROMISOS DE LAS PARTES * Las Universidades Particulares o Nacionales del pais: - Convocar anualmente a los alumnos de los dos ultimos anos del Programa de Derecho para motivar su participacion voluntaria en "El Programa"; - Presentar ante el Ministerio de Justicia la relacion de los alumnos que deseen participar en "El Programa". * El Ministerio de Justicia: - Ubicar a los alumnos voluntarios presentados por las Universidades, en las diferentes sedes de Establecimientos Penitenciarios en donde se brinde los servicios juridicos gratuitos Defensa de Oficio y Consultorio Juridico Popular. 8. SEDES DONDE SE CUMPLIRA EL SERVICIO "El Programa" se cumplira en todos los Establecimientos Penitenciarios donde el Ministerio de Justicia brinda asistencia y asesoria legal gratuita. Las actividades que desarrollen los estudiantes voluntario que participen en el Programa estaran supervisados por el Coordinador o Abogado Responsable de la respectiva sede. 9. ASPECTOS A DESARROLLAR POR LOS ESTUDIANTES VOLUNTARIOS Los estudiantes voluntarios que quieran realizar estas practicas de capacitacion en la especialidad de Derecho Penal en los Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA, estaran asignados a un abogado especialista quien lo orientara en la parte doctrinaria de compete a los beneficios penitenciarios establecidos por ley y en la practica sobre la defensa de los internos con MORDAZA abierto que patrocinan los Defensores de Oficio asignados a MORDAZA y juzgados, para lo cual prestara apoyo en la gestion que este realiza. Este apoyo puede incluir el desarrollo de otras actividades, tales como charlas y campanas en los establecimientos penitenciarios u otras de diversa modalidad, que complementen los contenidos teoricos recibidos en las diversas materia de la especialidad penal. 10. INEXISTENCIA DE VINCULO LABORAL La relacion que se establece en el MORDAZA del desarrollo del presente programa no implicara relacion directa, ni vinculo juridico entre el Ministerio de Justicia y los estudiantes que las Universidades que mediante los correspondientes convenios se acojan al Programa, por lo que dicha relacion no genera obligaciones civiles o labores para el Ministerio de Justicia. 11. OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACION CORRESPONDIENTE Al concluir el servicio de capacitacion que constituye "El Programa", y previo informe del Coordinador o Abogado Responsable, la Direccion Nacional de Justicia y la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos emitiran la certificacion correspondiente. 12. DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES Las partes intervinientes, a fin de senalar y dar cumplimiento a las obligaciones y responsabilidades que

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