Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2006 (13/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano jueves 13 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323547

15 de MORDAZA de 2005, emitida por la Primera Sala Penal de Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao por la cual se absolvio al citado ciudadano colombiano del delito que fue materia del pedido de extradicion; Que, mediante Informe Nº 070-06/COE-TC, de fecha 30 de MORDAZA de 2006, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone revocar la solicitud de extradicion activa formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y autorizada por Resolucion Suprema Nº 318-2001-JUS; Que, al haber sido absuelto el citado ciudadano colombiano del delito materia de solicitud de extradicion, carece de objeto continuar con la ejecucion de la extradicion autorizada por Resolucion Suprema Nº 3182001-JUS, por cuanto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ya no tiene la calidad de procesado ni de acusado, habiendo desaparecido el objeto perseguido a traves de la extradicion; Estando a lo dispuesto por el articulo 513º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Revocar la autorizacion de la extradicion del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el delito de trafico ilicito de drogas en agravio del Estado, quedando sin efecto la Resolucion Suprema Nº 318-2001-JUS, de fecha 26 de MORDAZA de 2001. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 12240

de drogas en su modalidad agravada, en agravio del Estado (Exp. Nº 23-2006); Que, mediante el Informe Nº 072-06/COE-TC, de fecha 31 de MORDAZA de 2006, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1. del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Acuerdo sobre Extradicion - Congreso Bolivariano de Caracas y la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas, firmada en MORDAZA el 20 de diciembre de 1988; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MANSSUR MORDAZA MORDAZA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en su modalidad agravada, en agravio del Estado; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, a la Republica de Colombia, de conformidad a los Tratados de la materia vigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 12241

Acceden a pedido de extradicion activa de procesado y disponen su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2006-JUS MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 Visto el Informe Nº 072-06/COE-TC, de fecha 31 de MORDAZA de 2006, de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre el pedido de extradicion del procesado MANSSUR MORDAZA MORDAZA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao (Exp. Nº 200500645-0-0701-JR-PE-01); CONSIDERANDO: Que, por Ejecutoria Suprema de fecha 18 de MORDAZA de 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion del procesado MANSSUR MORDAZA MORDAZA, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito

Autorizan funcionamiento de Centros de Conciliacion con sedes en los departamentos de Huancayo, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 121-2006-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 Vista, la solicitud con registro Nº 031716, sobre Autorizacion de Funcionamiento de Centro de Conciliacion, presentada por la ASOCIACION PERUANA DE PREVENCION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para funcionar como Centro de Conciliacion con la denominacion, Centro de Conciliacion "DIALOGOS"; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 04992006-JUS/DNJ-DCMA, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley de Conciliacion, y los articulos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica

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