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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2006 (21/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 120

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324544El Peruano viernes 21 de julio de 2006 Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General remitir copia de la presente norma a la AutoridadSanitaria. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal a través de la Subgerencia de Administración del CementerioMunicipal el cumplimiento del presente Reglamento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 00207-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G45/G78/G63/G65/G70/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G28/G52/G45/G44/G29 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2006-CDB Bellavista, 30 de junio del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, Visto en la estación de orden del día de la Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, enejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE DEUDAS (RED) Artículo 1º.- Objeto.- Establecer en la jurisdicción del distrito de Bellavista, el programa de Regularización Excepcional de Deudas tributarias y no tributarias, denominado RED, cuya recaudación estará a cargo dela Municipalidad, el cual está dirigido a facilitar a los contribuyentes del distrito de Bellavista el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas. Artículo 2º.- Sujetos Beneficiarios.- Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, los contribuyentes y/o responsables, incluídos los omisos, así como los deudores que goceno hayan gozado de algún beneficio de regularización y/o fraccionamiento de deudas, así como aquellos cuyas deudas se encuentren en cobranza coactiva. Podrán acogerse también aquellos deudores que hubieran perdido los beneficios otorgados por fraccionamientos anteriores. No se pueden acoger a los beneficios de la presente Ordenanza, los contribuyentes cuyas deudas hayan sido impugnadas y que actualmente se encuentran pendientes deresolver ante autoridad distinta a la de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Excepcionalmente si el procedimiento se encontrara tramitándose ante otro órgano, se podrá acoger alos beneficios establecidos en la presente Ordenanza, presentando una copia del escrito de desistimiento presentado. Asimismo, se pueden acoger a los beneficios de la presente Ordenanza, aquellas deudas que han sido confirmadas en vía judicial o en última instancia administrativa. Artículo 3º.- De los Beneficios Tributarios.- 3.1 Del Impuesto Predial.- Se condonan los intereses moratorios, intereses legales, reajustes, gastos y costas procesales originados por las deudas del Impuesto Predial,así como las multas tributarias, cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 31 de mayo del 2006, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre la deuda,o respecto de las cuales se haya presentado algún medio impugnatorio y se encuentre pendiente de resolución ante autoridad administrativa de la Municipalidad de Bellavista. El contribuyente podrá efectuar el pago por todos los añosadeudados o por un año especifico. En el caso de las deudas generadas por Multas Tributarias, éstas serán extinguidas siempre y cuando el deudor tributariou omiso, cumpla o haya cumplido con la regularización de la presentación de la declaración jurada respectiva y el pago del Impuesto al año o años que corresponda la obligación. 3.2 De los Arbitrios Municipales.- Se condonan los intereses moratorios, intereses legales, reajustes, gastos y costas procesales originados por las deudas cuyohecho generador se hubiera producido hasta el 31 de mayo del 2006, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre la deuda, o respecto de las cuales sehaya presentado algún medio impugnatorio y se encuentre pendiente de resolución ante autoridad administrativa de la Municipalidad de Bellavista. Asimismo, se aplicarán los siguientes beneficios adicionales de acuerdo a la actividad que se desarrolla en cada predio: 3.2.1 Predios con uso casa-habitación, comercio o servicios (en estos dos últimos casos siempre que no superelos 50 m2 de ocupación); se procederá a la condonación del Arbitrio de Serenazgo siempre que el contribuyente cumpla con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de LimpiezaPública y Parques y Jardines por cada año de adeudo. 3.2.2 Predios de uso comercio, servicios (que superen los 50 m2 de ocupación) y otros usos disitintos a los de casahabitación; se procederá a la condonación del 50% del Arbitrio de Serenazgo siempre que el contribuyente cumpla con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública yParques y Jardines por cada año de adeudo. En aquellos casos que la deuda del contribuyente este constituida sólo por el Arbitrio de Serenazgo, se procederá a determinar la deuda (si corresponde) conforme a los numerales 3.2.1 y 3.2.2. Artículo 4º.- De los Beneficios Administrativos.- Para aquellos administrados que procedan o hayan procedido aregularizar el hecho que produjo la imposición de Multas Administrativas generadas hasta el 31 de mayo del 2006, y lo comuniquen a la Municipalidad, se procederá a extinguirlas. Asimismo si el administrado tuviese deudas por Merced Conductiva u otros conceptos administrativos, que no sean requisitos para la obtención de Autorizaciones, Licencias oCertificados, tendrán un descuento del 50% sobre el monto insoluto. Artículo 5º.- De los Convenios de Fraccionamiento.- Los Convenios de Fraccionamiento vigentes que contengan deudas comprendidas en los artículos 3º y 4º de esta norma,que hayan sido suscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, obtendrán la condonación de los intereses de fraccionamiento, reajustes,interés moratorio, gastos y costas procesales. En el caso que el convenio de fraccionamiento haya sido suscrito por diversas deudas, se procederá aextinguir del Fraccionamiento la deuda de las Multas Tributarias y/o Arbitrio de Serenazgo, siempre que se proceda a cancelar el saldo restante o dar como nuevacuota inicial, el monto que resulte de aplicar la escala progresiva acumulativa siguiente; Tramo de Deuda Fraccionada Alícuota S/. 0.01 hasta S/. 150.00 50% S/. 150.01 hasta S/. 500.00 10% Más de S/. 500.00 5% De existir saldo restante, éste será programado en cuotas mensuales de igual monto al convenio suscrito. Artículo 6º.- Sistema de Pago.- Se procederá al pago de las deudas, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, incluso si estuvieran en cobranza coactiva, bajo las siguientes modalidades o formas de pago: 6.1 Al contado. Si la persona realiza el pago al contado de toda la deuda (tributaria y no tributaria que tuviera con la Municipalidad), se procederá a otorgar un descuento adicional, a los establecidos en los artículosprecedentes, del 30% sobre la deuda por Arbitrios Municipales materia de cancelación.