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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324539REPUBLICADELPERU /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G73/G2C /G72/G65/G63/G6F/G6D/G65/G6E/G64/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G79/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G56/G65/G72/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G52/G65/G63/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G63/G75/G72/G72/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 051-2006-E-CR-GRH Huánuco, 26 de marzo del 2006 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veinticuatro de marzo del dos mil seis, el Dictamennúmero cero cero cuatro del dos mil seis, de la Comisión de Desarrollo Social, y la iniciativa de la Sociedad Civil a través del Instituto Regional para la Paz - IREPAZ, y laAsociación Ministerio Diaconal Paz y Esperanza, presentado por el Consejero Regional Juan Carlos Schult Echevarría, sobre la inclusión de los contenidos delInforme Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en el currículum educativo para prevenir otra época de terror en nuestra Región; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendocomo finalidad la de fomentar el desarrollo integral sostenible promoviendo la inversión pública y privada, y como misión la de conducir la gestión pública regional de acuerdo a suscompetencias exclusivas, compartidas y delegadas, conforme también lo expresan los artículos cuatro y cinco de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta ysiete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el artículo octavo de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre la participación ciudadana establece“La Gestión Regional desarrollará y hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento yevaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes y proyectos regionales”; Que, la Comisión de la Verdad y Reconciliación, en cumplimiento de sus funciones asignadas en el Decreto Supremo número cero sesenta y cinco del dos mil uno- PCM, entregó su Informe Final con el análisis de las causasy consecuencias del periodo de violencia política basados en los testimonios de las víctimas y sus familiares, que debe servir como referencia para la reflexión del País; Que, las recomendaciones fijadas en el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación , agrupadas en cuatro grandes áreas: presencia de la autoridaddemocrática y los servicios del Estado en todo el País; afianzamiento de la institucionalidad democrática; reforma del sistema de administración de justicia; y reforma queasegure una educación de calidad; deben ser implementadas para que no se repitan más en el Perú los dolorosos sucesos que se generaron en el procesode violencia vivido en las últimas dos décadas; Que, entre las nueve recomendaciones específicas que elaboró la Comisión de la Verdad y Reconciliaciónsobre la Educación, está la de “Poner énfasis en políticas educativas destinadas a la transformación de la escuela en un lugar donde se respete la condición humana delalumnado y se contribuya al desarrollo integral de supersonalidad. Lograr una conciencia de paz y afirmar la educación como su instrumento; Que, es en la escuela donde se forman los elementos culturales de violencia o paz de los futuros ciudadanos y ciudadanas; por eso la Comisión de la Verdad yReconciliación concluye que “Allí donde los grupos violentos encontraron un entorno más plural, participativo, tolerante, diverso, integrado, un pensamiento verdaderamente crítico,que ofrecía oportunidades, tuvieron grandes dificultades para actuar; por ello la reforma de la educación y la promoción de valores democráticos es un área fundamentalde recomendaciones”; Que, nuestro País y nuestra Región sufrieron más de veinte años de violencia terrorista, lo que ha dejadocomo saldo, entre otras secuelas, una cultura de violencia, la cual sigue dañando las relaciones sociales en nuestra Región; es el caso de los últimos sucesos del Alto Huallagaque motivaron la declaratoria del estado de emergencia. La cultura de violencia requiere ser transformada en una cultura de paz, democracia y convivencia armónica; portanto es necesario realizar un proceso de reflexión colectiva para la construcción de la Memoria Histórica en la Región, buscando que la violencia terrorista nuncamás vuelva a dañar a nuestra sociedad; Que, la Ley General de Educación número veintiocho mil cuarenta y cuatro considera que uno de los fines de laeducación es “Contribuir a formar una Sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidadnacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del País y fomente la integración latinoamericanateniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado”; Que, la Directiva para el año escolar dos mil cinco, Resolución Ministerial número cero cero cuarenta y ochodel dos mil cinco - ED, en lo correspondiente a la Emergencia Educativa, menciona que “…el Ministerio de Educación difundirá las Conclusiones de la Comisiónde la Verdad, para que a través de las Direcciones Regionales de Educación (DRE), y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), las Instituciones Educativaspuedan usarlas como insumo de aprendizaje y reflexión de los estudiantes, docentes y directivos”. Que, el Gobierno Regional ha venido dado tratamiento a los temas relacionados con las secuelas de la violencia política y acciones de prevención para evitar que se repita, a través de normas como la Ordenanza Regional númerocero doce del dos mil cuatro, expedido por el Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, que reconoce la gravedad del proceso de violencia política vivido en laRegión en los últimos veinte años; la Ordenanza Regional número cero dieciocho del dos mil cuatro, que institucionaliza el veintiocho de Agosto como el “Día de laVerdad, Justicia y Reconciliación”, en la Región Huánuco; la Ordenanza Regional número cero veintiuno del dos mil cinco, que aprueba el Plan de Acción Integral deReparaciones del Gobierno Regional Huánuco dos mil cinco a dos mil seis; Que, existen documentos normativos locales que establecen el desarrollo de estos temas en el sistema educativo, tales como el Convenio Interinstitucional entre la Dirección Regional de Educación y el Consorcioconformado por el Instituto Regional para la Paz (IREPAZ), y la Asociación Ministerio Diaconal Paz y Esperanza, para la ejecución del Proyecto “CONSTRUYENDO LA MEMORIA HISTÓRICA EN LA ESCUELA”, en los ámbitos de las Unidades de Gestión Educativa Local de Ambo, Yarowilca, Leoncio Prado y Huánuco; refrendadoscon la Directiva número cero setenta y uno del dos mil cinco-GR-HUÁNUCO/DRE/DGP/EE.II; esto demuestra que es posible diversificar el currículum sobre la basedel Informe Final y las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación y la memoria colectiva de los maestros, comunidad, padres de familia y alumnos; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, en su artículo diez numeral dos inciso a) sobre Competenciascompartidas en Educación, dice que: “ Gestión de los Servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidadorientados a potenciar la formación para el desarrollo”; así como en el artículo cuarenta y siete, funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte