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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324532El Peruano viernes 21 de julio de 2006 Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitoscontemplados en sus artículos 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil por órganos delSINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, los profesionales cuyos nombres figuran en el anexo Nº 01 de la presente Resolución cumplieron conlos requisitos exigidos en los precitados artículos así como lo dispuesto en el Artículo 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, habiendo sido autorizados yreconocidos como Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, tal como consta en las Resoluciones Jefaturales, indicadas en el anexo precitado; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, la Resolución Jefatural que autoriza como Inspectores Técnicos deSeguridad en Defensa Civil, indicará el tipo de inspección para la que se encuentra autorizado y el organismo del SINADECI en el que desempeñará sus funciones; Que, habiendo cinco (05) inspectores autorizados que solicitan ampliación; Que, no existiendo informes desfavorables sobre su desempeño en sus respectivos Comités, según los documentos expedidos que sustentan su petición, y habiendo adjuntado la constancia de acreditación,corresponde ampliar su jurisdicción como Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento acotado; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 013- 2000-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100- 2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento deOrganización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y por DecretoSupremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AMPLIAR la jurisdicción de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civilcomprendidos en el Anexo (03 folios) para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil de las jurisdicciones que se detallan en el mismo y a partir de la fecha de presentación de la respectiva solicitud indicadaen el referido Anexo, que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil a quienes se les amplía su jurisdicción mediante la presente Resolución, luegode ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedarán facultados para efectuar Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil deconformidad con lo indicado en el Art. 11º del citado Reglamento, según corresponda, y dentro de las jurisdicciones indicadas en el respectivo anexo de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI a efectuar la inscripción de los Inspectores mencionados en el artículo primero de la presente Resolución en el Registro de InspectoresTécnicos de Seguridad de Defensa Civil consignando los cambios efectuados en el ámbito de su jurisdicción e incluyendo la documentación correspondiente en elarchivo documentario respectivo; así como expedir las credenciales respectivas. Artículo Cuarto.- La Dirección Nacional de Prevención y la Oficina de Estadística y Telemática publicarán y actualizarán en la página web del INDECI elRegistro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, consignando los cambios efectuados en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo Generaldel INDECI, efectúe su publicación en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada por fedatario a la Dirección Nacional de Prevención, Dirección Nacional de Educación y Capacitación, Oficina de Estadística y Telemática y a la Oficina de Asesoría Jurídica; así como a las Direcciones Regionales de Defensa Civil, paraconocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 320- 2006 - INDECI DIRECCIÓN REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE PIURA DIRECCIONES REGIONALES DE DEFENSA CIVIL DE PIURA, TUMBES, AMAZONAS, CAJAMARCA, LAMBAYEQUE Y LA LIBERTAD) N° APELLIDOS NOMBRES DNI TÍTULO/ESPECIALIDAD N° DE RES. JEF. QUE JURISDICCIÓN UBICACIÓN GEOGRÁFICA REG. FECHA COLEG. LO AUTORIZA AMPLIADA Nº T I NGR. N° FECHA Distrito Provincia Departamento SOLIC. 1 AGREDA SUYON GERARDO JULIO 16693767 INGENIERO MECANICO 84983 00055 9-Feb-05 CPDC CHICLAYO —- CHICLAYO LAMBAYEQUE 30928 27-Jun- - ELECTRICISTA 06 2 GUILLEN SHEEN TULIO EDGAR 26676774 INGENIERO CIVIL 43126 00079 25-Jul-02 CPDC JAEN —- JAEN CAJAMARCA 30568 23-Jun- CRDC CAJAMARCA —- —- CAJAMARCA 06 DIRECCIÓN REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE LIMA - CALLAO (DIRECCIONES REGIONALES DE DEFENSA CIVIL DE ANCASH, AYACUCHO - HUANCAVELICA, HUÁNUCO, ICA Y PASCO - JUNÍN) N° APELLIDOS NOMBRES DNI TÍTULO/ESPECIALIDAD N° DE RES. JEF. QUE JURISDICCIÓN UBICACIÓN GEOGRÁFICA REG. FECHA COLEG. LO AUTORIZA AMPLIADA Nº T I NGR. N° FECHA Distrito Provincia Departamento SOLIC. 1 MONTALVO FIGUEROA YSABEL SOLEDAD 08386031 ING. DE HIGIENE Y SE- 56532 00232 31-Oct-02 CDDC SURQUILLO SURQUILLO LIMA LIMA 30567 23-Jun- GURIDAD INDUSTRIAL 06 2 VIVANCO ANTAYHUA EDUARDO GONZALO 10084977 INGENIERO GEOGRAFO 56778 00308 20-Nov-02 CDDC SURQUILLO SURQUILLO LIMA LIMA 30577 23-Jun- 06 DIRECCIÓN REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE AREQUIPA (DIRECCIONES REGIONALES DE DEFENSA CIVIL DE AREQUIPA, MOQUEGUA, TACNA Y PUNO) N° APELLIDOS NOMBRES DNI TÍTULO/ESPECIALIDAD N° DE RES. JEF. QUE JURISDICCIÓN UBICACIÓN GEOGRÁFICA REG. FECHA COLEG. LO AUTORIZA AMPLIADA Nº T I NGR. N° FECHA Distrito Provincia Departamento SOLIC. 1 GARCIA FLORES BASILIA VILMA 29271330 INGENIERO GEOLOGO 16991 00237 31-Jul-03 CPDC AREQUIPA —- AREQUIPA AREQUIPA 30493 22-Jun- DE NIETO CDDC MIRAFLORES MIRAFLORES AREQUIPA AREQUIPA 06 CDDC CAYMA CAYMA AREQUIPA AREQUIPA CDDC YANAHUARA Y ANAHUARA AREQUIPA AREQUIPA 00187-7