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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2006 (21/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 106

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324530El Peruano viernes 21 de julio de 2006 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73 /G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 308-2006-INDECI 6 de julio del 2006 VISTO, el Informe Nº 043-2006-INDECI/10.3 de la Dirección Nacional de Prevención, de fecha 12 de junio del 2006, mediante el cual se remite la relación de los profesionales y técnicos que se encuentran aptos parasu ampliación de jurisdicción como Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM yDecreto Supremo Nº 074-2005-PCM, se aprobó el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil estableciendo, entre otros aspectos, losórganos competentes, las condiciones para ejecución de las inspecciones, así como los requisitos para la obtención de la autorización del Inspector Técnico deSeguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización delInspector Técnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en sus artículos 40º y 41º, hayan sidopresentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil por órganos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, los profesionales cuyos nombres figuran en el anexo Nº 01 de la presente Resolución cumplieron con los requisitos exigidos en los precitados artículos asícomo lo dispuesto en el Artículo 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, habiendo sido autorizados y reconocidos como Inspectores Técnicos de Seguridaden Defensa Civil, tal como consta en las Resoluciones Jefaturales, indicadas en el anexo precitado; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, la Resolución Jefatural que autoriza como Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, indicará el tipo de inspecciónpara la que se encuentra autorizado y el organismo del SINADECI en el que desempeñará sus funciones; Que, habiendo tres (03) inspectores autorizados que solicitan ampliación; Que, no existiendo informes desfavorables sobre su desempeño en sus respectivos Comités, según losdocumentos expedidos que sustentan su petición, y habiendo adjuntado la constancia de acreditación, corresponde ampliar su jurisdicción como InspectorTécnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad con lo dispuestoen el Art. 43º del Reglamento acotado; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 013- 2000-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100- 2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento deOrganización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y por DecretoSupremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AMPLIAR la jurisdicción de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civilcomprendidos en el Anexo (01 folio) para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil de las jurisdicciones que se detallan en el mismo y a partir de lafecha de presentación de la respectiva solicitud indicada en el referido Anexo, que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil a quienes se les amplía su jurisdicción mediante la presente Resolución, luego deser inscritos en el Registro de Inspectores, quedarán facultados para efectuar Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil de conformidad con loindicado en el Art. 11º del citado Reglamento, según corresponda, y dentro de las jurisdicciones indicadas en el respectivo anexo de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI a efectuar la inscripción de los Inspectores mencionados en el artículo primero de lapresente Resolución en el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad de Defensa Civil consignando los cambios efectuados en el ámbito de su jurisdicción eincluyendo la documentación correspondiente en el archivo documentario respectivo; así como expedir las credenciales respectivas. Artículo Cuarto.- La Dirección Nacional de Prevención y la Oficina de Estadística y Telemática publicarán y actualizarán en la página web del INDECI elRegistro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, consignando los cambios efectuados en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, efectúe su publicación en el Diario Oficial ElPeruano y remita copia autenticada por fedatario a la Dirección Nacional de Prevención, Dirección Nacional de Educación y Capacitación, Oficina de Estadística yTelemática y a la Oficina de Asesoría Jurídica; así como a las Direcciones Regionales de Defensa Civil, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 308-2006-INDECI DIRECCIÓN REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE LIMA - CALLAO (DIRECCIONES REGIONALES DE DEFENSA CIVIL DE ANCASH, AYACUCHO - HUANCAVELICA, HUÁNUCO, ICA Y PASCO - JUNÍN) N° APELLIDOS NOMBRES DNI TÍTULO/ESPECIALIDAD N° DE RES. JEF. QUE JURISDICCIÓN UBICACIÓN GEOGRÁFICA REG. FECHA COLEG. LO AUTORIZA AMPLIADA Nº T I NGR. N° FECHA Distrito Provincia Departamento SOLIC. 1 ALDAVE ZALDIVAR ALEJANDRO MAGNO 08849679 INGENIERO ELECTRO- 60673 00186 5-Abr-06 CDDC STGO. DE STGO. DE NICO SURCO SURCO LIMA LIMA 28249 9-Jun-06 ALDAVE ZALDIVAR ALEJANDRO MAGNO 08849679 INGENIERO ELECTRO- 60673 00186 5-Abr-06 CDDC SAN LUIS SAN LUIS LIMA LIMA NICO ALDAVE ZALDIVAR ALEJANDRO MAGNO 08849679 INGENIERO ELECTRO- 60673 00186 5-Abr-06 CDDC JESUS JESUS LIMA LIMA NICO MARIA MARIA ALDAVE ZALDIVAR ALEJANDRO MAGNO 08849679 INGENIERO ELECTRO- 60673 00186 5-Abr-06 CDDC LINCE LINCE LIMA LIMA NICO 2 RIVERA GUEVARA FREDY LEANDRO 06692582 BRIGADIER DEL CGBVP - 00486 30-Dic-04 CPDC LIMA LIMA LIMA 28312 9-Jun-06 3 ROJAS HORNA OSCAR 06560425 INGENIERO ELECTRO- 59734 00234 10-May-06 CDDC A TE ATE LIMA LIMA 28244 9-Jun-06 NICO ROJAS HORNA OSCAR 06560425 INGENIERO ELECTRO- 59734 00234 10-May-06 CDDC SAN LUIS SAN LUIS LIMA LIMA NICO ROJAS HORNA OSCAR 06560425 INGENIERO ELECTRO- 59734 00234 10-May-06 CDDC JESUS JESUS LIMA LIMA NICO MARIA MARIA ROJAS HORNA OSCAR 06560425 INGENIERO ELECTRO- 59734 00234 10-May-06 CDDC LINCE LINCE LIMA LIMA NICO 00187-2