Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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En todos los casos de uso temporal se debera consignar, de modo legible y mediante cualquier mecanismo, los nuevos datos del documento." Articulo 4º.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de agosto de 2006. DISPOSICION FINAL Unica.- Aprobacion del Formulario Virtual Nº 855 "Declaracion de Baja y Cancelacion" Apruebese el Formulario Virtual Nº 855 "Declaracion de Baja y Cancelacion", el cual estara a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual, MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es: http://www.sunat.gob.pe, a partir del 1 de agosto de 2006. El indicado formulario podra ser utilizado para declarar los conceptos senalados en el numeral 4.1 del articulo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y normas modificatorias, a partir de la fecha indicada en el parrafo anterior; salvo en lo referido a la declaracion de cancelacion de autorizaciones de impresion, para lo cual solo podra ser utilizado a partir del 1 de setiembre de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 00317-3

establecen que es atribucion del Presidente Regional dirigir la ejecucion de los planes y programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento asimismo, promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos regionales; Que, el literal b) del articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como funcion general de planeamiento, el diseno de politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralizacion; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional, con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo de Coordinacion Regional - CCR del Gobierno Regional de MORDAZA, que consta de cinco (5) Capitulos y treinta y dos (32) Articulos; que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Consejo de Coordinacion Regional CCR
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-06-GRA/CR MORDAZA, 12 de junio del 2006

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00230-1

Aprueban Lineamientos de Politica de la Agenda Agraria de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 021-06-GRA/CR MORDAZA, 23 de junio del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 8 de junio del 2006, trato el tema relacionado a la aprobacion del Reglamento del Consejo de Coordinacion Regional CCR; y, CONSIDERANDO: Que, el literal b) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional, formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil; Que, el literal c) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27902, que incorpora el articulo 11 ­ A a la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece la composicion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional; Que, los literales e) y o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales,

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de MORDAZA del 2006, trato el tema relacionado a los Lineamientos de Politica de la Agenda Agraria de la Region Ayacucho; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es mision del gobierno regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo sostenible de la region; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado; Que, el literal c) del inciso 2) del articulo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia compartida del Gobierno Regional la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, energia, hidrocarburos, minas transportes, comunicaciones y medio ambiente;

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