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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 157

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 27 de julio de 2006 325293REPUBLICADELPERU Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente designar a la doctora Ana María Cubas Longa, Fiscal Superior Provisional de la Quinta Fiscalía Superior en lo Penal de Lima, para que participe en la mencionadaconferencia; Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales deFinanzas y Logística; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores yFuncionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º delDecreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la doctora Ana María Cubas Longa, Fiscal Superior Provisional de la Quinta Fiscalía Superior en lo Penal de Lima, para que en representación del Ministerio Público, participe en elevento señalado en la parte considerativa de la presente resolución, otorgándosele licencia con Goce de Haber del 15 al 19 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima, a la doctora Silvana Martha Elena Rejas Cevasco, Fiscal AdjuntaSuperior Titular Penal de Lima, mientras dure la ausencia de la Fiscal Superior Provisional. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el viaje de la Fiscal Superior Provisional, serán asumidos por el pliego presupuestal del Ministerio Público, de acuerdo al siguiente detalle, debiendo rendir cuentadentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje: - Pasajes US$ 555.00 - Seguro de Asistencia en Viajes US$ 39.00 - Tarifa Única de Aeropuertos (Salida y regreso) US$ 60.25 - Viáticos, gastos de instalación y traslado US$ 800.00 --------------- Total US$1454.25 Artículo Cuarto.- La señora Fiscal Superior Provisional deberá dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, presentar el informerespectivo ante la Fiscalía de la Nación. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscalía General de la Nación deColombia, Gerencia General, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística, Gerencias de Presupuesto y Tesorería, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia deRegistro de Fiscales y a las señoras Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 00454-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan a la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de Trujillocomo Centro Coordinador Regional deBibliotecas de la Región La Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 118-2006-BNP Lima, 14 de junio de 2006El señor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; VISTO, el Informe Nº 027-2006/BNP/SNB/DT, emitido por el Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas, mediante el cual recomienda la designación de la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincialde Trujillo como Centro Coordinador Regional de Bibliotecas de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Descentralizado con autonomía técnica, administrativa y económica, conforme a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de Organización yFunciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y la autonomía administrativa le faculta a organizarse internamente,determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Biblioteca Nacional del Perú tiene por finalidad facilitar y promover a todos los peruanos el acceso a la cultura mediante los recursos bibliográficos, hemerográficos y documentales, es el órgano rector del Sistema Nacional deBibliotecas y una institución dedicada a la administración eficiente y eficaz del Patrimonio Cultural Documental Bibliográfico del Perú, así como del capital universal queposee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, científico y tecnológico, apoyando la formación de ciudadanos y ciudadanas, informados y proactivos; ello en concordanciacon lo establecido en el artículo 15º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, y Decreto Supremo Nº 024-2002-ED que aprueba la EstructuraOrgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas; así mismo, es el Organismo Competente delEstado encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural Documental - Bibliográfico de la Nación de acuerdo a lo establecido en el artículo VII del Título Preliminarde la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Depósito Legal con la finalidad de controlar, mantener ydifundir la producción bibliográfica nacional, y velar por el cumplimiento y finalidad de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a lo establecido en laLey Nº 26905 modificada por la Ley Nº 28377; Que, constituye un objetivo de la Biblioteca Nacional del Perú fortalecer y asegurar el desarrollo del servicio bibliotecarionacional, con el apoyo de los gobiernos regionales y locales y la institucionalización y funcionamiento descentralizado de los Centros Coordinadores y Red de Bibliotecas a nivelregional, departamental y local; así mismo, promueve y establece mecanismos y acciones estratégicas y operativas de coordinación e información que permitan lograr laconcertación con los gobiernos regionales y locales e instituciones y dependencias del Sector Educación para ejecutar programas y proyectos orientados al mejoramientoy ampliación del servicio bibliotecario nacional, y de otro lado, fomenta la participación y cooperación de las diversas instituciones y organismos del sector público y privado y dela sociedad civil en acciones necesarias para asegurar la integración, organización, funcionamiento y desarrollo del servicio bibliotecario nacional en red a nivel regional,departamental y local; de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 8º, e incisos f) y g) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la BibliotecaNacional del Perú antes citado; Que, conforme a lo previsto en el artículo 188º de la Constitución Política, la descentralización es un procesopermanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país, y conforme a lo establecido en los numerales 1.1 y 4 de la Ley Marco de Modernización de la Gestióndel Estado Ley Nº 27658, se ha declarado al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con lafinalidad fundamental de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de losrecursos públicos; Que, del informe visto se aprecia que la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas ha venidosiguiendo de cerca el desempeño del personal bibliotecario de la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de Trujillo, y que ha constatado el interés del