Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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LICA DEL P E

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325278

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

Municipal - PREBAM, evalue las solicitudes de donacion de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para la formacion de maquicentros en las Municipalidades, Centros Educativos y demas Organizaciones Sociales, abarcando su funcion desde la supervision hasta la instalacion de dichos bienes en su destino; Que, a traves del Oficio Nº 814-2006-IST-RFA--D, la Directora del Instituto Superior Tecnologico Publico "Republica Federal de Alemania", solicita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la donacion de maquinaria para la instalacion de maquicentros en la mencionada institucion educativa; Que, mediante Infor me Tecnico Nº 056-2006VIVIENDA/VMCS-DNC-PREBAM-ARR adjunto al Memorandum Nº 0142-2006-VIVIENDA/VMCS-DNCPREBAM, el Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM, expresa su conformidad a la donacion de la maquinaria detallada en dicho documento, en atencion a las consideraciones tecnicas del expediente que contiene la solicitud de donacion; Que, con Memorandum Nº 093-2006-VIVIENDA/CGP, de fecha 21 de MORDAZA de 2006, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y, actuando de conformidad con lo dispuesto en la "Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos", aprobada por Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolucion; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, a favor del Instituto Superior Tecnologico Publico "Republica Federal de Alemania", ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, con la finalidad de implementar un maquicentro en dicha Institucion Educativa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en la Ley Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/. 4,006.35 (Cuatro Mil Seis y 35/100 Nuevos Soles), a favor del Instituto Superior Tecnologico Publico "Republica Federal de Alemania", ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, con la finalidad de implementar un maquicentro en la citada Institucion Educativa. Articulo 2º.- El Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM, debera constatar la instalacion del maquicentro en el Instituto Superior Tecnologico Publico "Republica Federal de Alemania", ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00516-4

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobada por Ley Nº 26338, la prestacion de los servicios de agua potable y alcantarillado son considerados de necesidad y utilidad publica y de preferente interes nacional, cuya finalidad es proteger la salud de la poblacion; Que, mediante la Ley Nº 28696 se modifico la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338, estableciendose que el ambito de responsabilidad de SEDAPAL comprende la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao y aquellas otras provincias, distritos o zonas del departamento de MORDAZA que se adscriban mediante resolucion ministerial del Sector de Vivienda, cuando MORDAZA continuidad territorial y la cobertura del servicio pueda ser efectuada en forma directa por dicha empresa; Que, en el Anexo 22 "Pampa MORDAZA Grande" de la Comunidad Campesina de Jicamarca, distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, el abastecimiento de agua se realiza por medio de camiones cisterna, cuya calidad en algunos casos no es optima para el consumo humano, poniendo en riesgo la salud de los habitantes del lugar, ocurriendo lo mismo ante la inexistencia de sistemas adecuados de disposicion de desagues, situacion que constituye un foco potencial de enfermedades para la poblacion; Que, el ambito de responsabilidad actual del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, es continguo a la MORDAZA comprendida por el Anexo 22 "Pampa MORDAZA Grande" de la Comunidad Campesina de Jicamarca, existiendo continuidad territorial para la prestacion de los servicios de saneamiento; Que, por las razones expuestas es conveniente adscribir el Anexo 22 "Pampa MORDAZA Grande" de la Comunidad Campesina de Jicamarca al ambito de responsabilidad de SEDAPAL, para cuya prestacion efectiva de los servicios debera evaluarse la factibilidad tecnica respectiva, previa evaluacion de la documentacion presentada por los interesados a solicitud de la Empresa; De conformidad con la Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Adscribase el Anexo 22 "Pampa MORDAZA Grande" de la Comunidad Campesina de Jicamarca, distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA al ambito de responsabilidad de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL. Articulo 2º.- El diseno, supervision y ejecucion de los proyectos de inversion que resulten necesarios para la ampliacion de la cobertura de los servicios de saneamiento en la jurisdiccion senalada en el articulo que antecede, se sometera a la obtencion de la respectiva factibilidad tecnica otorgada por SEDAPAL y al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normatividad vigente; debiendo previligiarse aquellas zonas aledanas a la margen derecha del rio Rimac. Articulo 3º.- Los proyectos de inversion que se aprueben para la nueva MORDAZA que se adscribe, sin perjuicio de lo previsto en el articulo 1º de la presente resolucion ministerial, deberan contar con un financiamiento adicional a lo previsto en el Plan Maestro Optimizado de SEDAPAL que apruebe la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, de conformidad con la Ley General de Servicios de Saneamiento y su reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00516-5 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2006-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 417-2006-VIVIENDA-SG/T, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion

Adscriben Anexo 22 "Pampa MORDAZA Grande" de la Comunidad Campesina de Jicamarca al ambito de responsabilidad de SEDAPAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2006-VIVIENDA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006

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