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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 160

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325296El Peruano jueves 27 de julio de 2006 establecido en el artículo VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Depósito Legal con la finalidad de controlar,mantener y difundir la producción bibliográfica nacional, y velar por el cumplimiento y finalidad de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú, conformea lo establecido en la Ley Nº 26905 modificada por la Ley Nº 28377; Que, constituye un objetivo de la Biblioteca Nacional del Perú fortalecer y asegurar el desarrollo del servicio bibliotecario nacional, con el apoyo de los gobiernos regionales y locales y la institucionalización yfuncionamiento descentralizado de los Centros Coordinadores y Red de Bibliotecas a nivel regional, departamental y local; así mismo, promueve y establecemecanismos y acciones estratégicas y operativas de coordinación e información que permitan lograr la concertación con los gobiernos regionales y locales einstituciones y dependencias del Sector Educación para ejecutar programas y proyectos orientados al mejoramiento y ampliación del servicio bibliotecarionacional, y de otro lado, fomenta la participación y cooperación de las diversas instituciones y organismos del sector público y privado y de la sociedad civil enacciones necesarias para asegurar la integración, organización, funcionamiento y desarrollo del servicio bibliotecario nacional en red a nivel regional,departamental y local; de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 8º, e incisos f) y g) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de laBiblioteca Nacional del Perú antes citado; Que, conforme a lo previsto en el artículo 188º de la Constitución Política, la descentralización es un procesopermanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país, y conforme a lo establecido en los numerales 1.1 y 4 de la Ley Marco de Modernización de la Gestióndel Estado Ley Nº 27658, se ha declarado al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con lafinalidad fundamental de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de losrecursos públicos; Que, del informe visto se aprecia que la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas ha venidosiguiendo de cerca el desempeño del personal bibliotecario de la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de Cajamarca, y que ha constatado el interésdel propio Alcalde de ese Gobierno para que dicha biblioteca se convierta en un Centro Coordinador del Sistema Nacional de Bibliotecas, desde el cual seasegure el acceso al conocimiento a través de las demás bibliotecas de la Región Cajamarca, enmarcando su actuación dentro de las recomendaciones técnicas queemite dicha Dirección Técnica; Que, un Centro Coordinador Regional integrante del Sistema Nacional de Bibliotecas, constituye un órganode enlace y apoyo técnico entre este Sistema y las Bibliotecas y Unidades de Información de una determinada región, con la finalidad de promover ladescentralización de la gestión del Sistema Nacional de Bibliotecas para asegurar el desarrollo de los servicios bibliotecarios del país; por lo que resulta pertinente laemisión de la presente resolución en vista de que la conformación del Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en Cajamarca,coadyuvará significativamente en el cumplimiento de la finalidad, funciones y objetivos citados precedentemente en el ámbito de la región Cajamarca, en el marco delproceso de modernización y descentralización del Estado; Que, asimismo debe tenerse en cuenta que en el marco del proceso de modernización anotado, medianteResolución Directoral Nacional Nº 143-2005-BNP de fecha 4 de agosto de 2005 se declaró en emergencia por 60 días a los órganos de línea del Sistema Nacional de Bibliotecaspara su reorganización, prorrogándose dicho plazo mediante Resolución Directoral Nacional Nº 179-2005-BNP y Resolución Directoral Nacional Nº 020-2006-BNP hastael 30 de junio de 2006; y autorizándose al Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas para que dentro del plazo indicado adopte medidas destinadas al logro de laMisión de dicho Sistema y a la obtención de mayores niveles de eficiencia de la gestión pública del mismo, con el objeto de lograr una mejor atención a la ciudadanía facilitando elacceso a la información a la población peruana, mediante los recursos bibliográficos, hemerográficos y documentales, y priorizando y optimizando los recursos públicos; en el marco de la Ley de Modernización de laGestión del Estado, Ley Nº 27658; y, En ejercicio de las atribuciones previstas en el inciso f) del artículo 13º del Reglamento de Organización yFunciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional del Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de Cajamarca como Centro Coordinador Regional del Sistema Nacionalde Bibliotecas en el ámbito de la región Cajamarca. Artículo Segundo.- Mediante Convenio Interinstitucional con el Gobierno Local Provincial deCajamarca, que se adjunta y forma parte de la presente resolución, se establecerán los compromisos de cada una de las partes y los privilegios del Centro Coordinador. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Biblioteca Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA PARA LA CONFORMACIÓN DEL CENTRO COORDINADOR REGIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS EN LA REGIÓN CAJAMARCA CONVENIO Nº 007-2006-BNP/SNB/CCR Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebran de una partela BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ , con domicilio en la Avenida De la Poesía, 160, San Borja, Lima, con RUC Nº 20131379863, debidamente representada por suDirector Nacional señor Dr. Sinecio López Jiménez , identificado con DNI 07730302 a quien en adelante se le denominará LA BIBLIOTECA; y de la otra parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA , con domicilio en Jr. Cruz de Piedra Nº 613 Cajamarca, debidamente representada por su Alcalde señor Mg.Emilio Horna Pereyra identificado con DNI 26673777, a quien en adelante se le denominará EL GOBIERNO LOCAL; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.- LA BIBLIOTECA , es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, administrativa y económica, y actúa en concordancia con lapolítica educativa y cultural que fija la Alta Dirección del Sector Educación. Es el órgano rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y una institución dedicada a la administracióneficiente y eficaz del patrimonio cultural documental bibliográfico del Perú, así como del capital universal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, científicoy tecnológico, contribuyendo al desarrollo económico y social, y apoyando la formación de ciudadanos y ciudadanas, informados y proactivos; ello en concordancia con loestablecido en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, y Decreto Supremo Nº 024-2002-ED que aprueba la Estructura Orgánica yReglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas. Asimismo, LA BIBLIOTECA es el Organismo Competente del Estado encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural Bibliográfico - Documental de la Nación de acuerdo a lo establecido enel artículo VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Depósito