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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 3 de junio de 2006 320109REPUBLICADELPERU reúnen las condiciones de idoneidad para el cumplimiento de sus funciones. DÉCIMA OCTAVA.- Exceptúase, por un plazo de treinta (30) días a partir de la vigencia de la presente norma, al Pliego: 011 Ministerio de Salud de lo dispuesto en el artículo 41º de la Ley Nº 28411 y demás normas vigentes, con la finalidad de transferir los recursos del “Proyecto Nº 26917: Lucha Contra el Dengue Dirección de Salud Piura II, Sullana” a la asignación genérica de gastos “3. Bienes y Servicios”, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. DÉCIMA NOVENA.- Exceptúase a las Unidades Ejecutoras 100, 401 y 402 del Gobierno Regional de Piura y 01, 400, 401 del Gobierno Regional de Tumbes del límite de transferencias fijado en el inciso a.5 de la Novena Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; del inciso a) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, y demás normas complementarias, a fin de otorgar incentivos laborales a través del CAFAE, con cargo a su presupuesto institucional sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. VIGÉSIMA.- Deróganse o déjanse en suspenso, en su caso, las normas y disposiciones legales y administrativas, generales y específicas, sin excepción, que se opongan o limiten la aplicación de lo establecido por la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dos días del mes de junio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República GILBERTO DÍAZ PERALTA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 09895 /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41 /G4E/GBA/G20/G32/G38/G37/G35/G31 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41/G20/G51/G55/G45 /G41/G55/G54/G4F/G52/G49/G5A/G41/G20/G45/G4C/G20/G49/G4E/G47/G52/G45/G53/G4F/G20/G44/G45/G20/G50/G45/G52/G53/G4F/G4E/G41/G4C /G4D/G49/G4C/G49/G54/G41/G52/G20/G44/G45/G20/G4C/G4F/G53/G20/G45/G53/G54/G41/G44/G4F/G53/G20/G55/G4E/G49/G44/G4F/G53 /G44/G45/G20/G41/G4D/GC9/G52/G49/G43/G41/G20/G41/G4C/G20/G54/G45/G52/G52/G49/G54/G4F/G52/G49/G4F /G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G52/G45/G50/GDA/G42/G4C/G49/G43/G41 Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú y el artículo 3º de la Ley Nº 27856, ha resuelto acceder a la petición presentada por el señor Presidente Constitucional de la Repúblicacon voto aprobatorio del Consejo de Ministros y, en consecuencia, autorizar el ingreso al Territorio Nacional de personal militar de los Estados Unidos de América, del 6 de junio al 10 de julio de 2006, para realizar un Ejercicio de Entrenamiento Combinado y Conjunto (JCET 301 W) en el que las Fuerzas Especiales del Ejército de los Estados Unidos capacitarán a personal de la Fuerza Aérea y de la Policía Nacional del Perú; en vista de que no afecta en forma alguna la soberanía nacional, ni constituye instalación de bases militares, y de acuerdo a las especificaciones que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Legislativa. La presente Resolución Legislativa no irroga gasto alguno al Estado. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dos días del mes de junio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República GILBERTO DÍAZ PERALTA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 2 de junio de 2006 Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 09896 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20 /G64/G65 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20 /G4F/G45/G41/G20 /G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G6E/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2006-PCM Lima, 1 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, del 4 al 6 de junio de 2006 se realizará en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el XXXVI Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, cuyo tema central será la "Gobernabilidad y Desarrollo en la Sociedad del Conocimiento"; Que, la Asamblea General de la OEA, se reúne anualmente a nivel de Ministros de Relaciones Exteriores, de conformidad con la Carta y su Reglamento, a fin de decidir las políticas y acciones de la organización, constituyendo un espacio idóneo para que el Perú promueva iniciativas destinadas a cumplir sus objetivos de política exterior; Que, en el XXXVI Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, el Perú impulsará una