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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 3 de junio de 2006 320123REPUBLICADELPERU Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF- sostiene que si bien el recurso de queja presentado por la Sucesión María Graciela Chávez Gutierrez se ajusta a lo previsto en el artículo 155º del Código Tributario, es pertinente considerar que el artículo 144º del mismo cuerpo de leyes establece que la queja procede en ausencia de causa que justifique la demora del Tribunal Fiscal para resolver; Que, igualmente, el informe de la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero señala que el descargo formulado por el Tribunal Fiscal es atendible, por cuanto de él se desprende que la asignación de expedientes se efectúa en orden de ingreso conforme a la carga procesal de cada Sala, la que es actualmente excesiva, es decir, que la falta de resolución tempestiva de los expedientes por parte de ese colegiado encuentra causa justificada en un hecho real fuera de su control; De conformidad con lo establecido en los Artículos 144º y 155º del Código Tributario y estando a lo informado por la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF , modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por la Sucesión María Graciela Chávez Gutierrez contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto dentro del plazo los recursos de apelación ingresados a dicho Tribunal con Expedientes Nºs. 13348- 2005 al 13353-2005, 13355-2005, 13356-2005, 18966- 2005 y 18970-2005, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 09871 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G4F/G4E/G41/G53/G45/G56/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G6F/G6E/G64/G61/G64/G65/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G75/G6E/G64/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2006-EF/10 Lima, 2 de junio de 2006 Visto el Oficio Nº 2515-2006-EF/94.20 de 1 de junio de 2006 de la Secretaría de Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO:Que, del 5 al 9 de junio de 2006 se desarrollará en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, la Ronda de Negociaciones de profundización del "Acuerdo de Complementación Económica con México"; Que, dicha Ronda involucra las negociaciones de Servicios Financieros por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas ha solicitado la participación de funcionarios de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, como parte del equipo negociador de servicios financieros en la Ronda de Negociaciones de profundización del "Acuerdo de Complementación Económica con México"; Que, en tal sentido, la CONASEV ha designado al señor Luis de la Cruz Flores, Analista de la Gerencia de Investigación y Desarrollo para que participe en la reunión del grupo de negociaciones de Servicios Financieros, la cual se llevará a cabo los días 6 y 7 de junio de 2006; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor LUIS DE LA CRUZ FLORES, Analista de la Gerencia de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 8 de junio de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, será con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 847,24 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 09872 /G43/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G6E/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79 /G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 006-2006-EF/77 Lima, 2 de junio del 2006 CONSIDERANDO:Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de JUNIO 2006 se sujetará al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES):12 DE JUNIO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público