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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (10/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321064El Peruano sábado 10 de junio de 2006 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10327 VIVIENDA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20 /G22/G53/G69/G67/G61/G6D/G6F/G73 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G79/G65/G6E/G64/G6F/G22/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G68/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2006/VIVIENDA Lima, 6 de junio de 2006 VISTO:El Memorándum Nº 289-2006/VIVIENDA/SG-UCI, de fecha 29 de mayo de 2006, emitido por la Unidad deComunicación Institucional; el Memorándum Nº 813-2006/ VIVIENDA-OGA, de fecha 6 de junio de 2006, emitido por la Oficina General de Administración; y el InformeNº 300-2006/VIVIENDA-OGAJ, de fecha 6 de junio de 2006, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección, las contrataciones que se realicen bajo la causal de serviciospersonalísimos; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial,escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum Nº 289-2006/VIVIENDA/SG-UCI de la Unidad de Comunicación Institucional y al Informe Técnico adjuntoal mismo, resulta necesario la realización de la campaña de publicidad “Sigamos Construyendo”, a través de los medios de comunicación radial y escrito, esto con lafinalidad de consolidar el lanzamiento de los nuevos productos habitacionales en el mercado inmobiliario que es parte de la política nacional de vivienda; Que, asimismo, la Oficina General de Administración, mediante Memorándum Nº 813-2006/VIVIENDA-OGA, considera procedente atender la solicitud referida en elconsiderando precedente, para la contratación del servicio de publicidad hasta por la suma de S/. 39, 922.34 (Treinta y Nueve Mil Novecientos Veintidós y 34/100 NuevosSoles), de acuerdo a lo previsto en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM, y en el artículo 145º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, la misma que cuenta con la opinión legal favorablede la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 300-2006/VIVIENDA-OGAJ; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; y, De conformidad con el literal f) del artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los artículos 145º, 146º, 147º y 148ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración al proceso de Adjudicación Directa Selectiva que tendrá como objetola contratación de los servicios de publicidad, bajo la causal de servicios personalísimos, de conformidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: Servicios. b. Descripción del servicio: Publicidad en medios de comunicación radial y escrita para la realización de la campaña “Sigamos Construyendo”. c. Monto referencial total: S/. 39,922.34 (Treinta y Nueve Mil Novecientos Veintidós y 34/100 Nuevos Soles) incluido impuestos. d. Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: Del 8 al 19 de junio de 2006. f. Dependencia que contrata: Oficina General de Administración. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Unidad de Comunicación Institucional y CoordinadorGeneral de la Unidad de Coordinación y Seguimiento del Programa de Apoyo al Sector Habitacional. Artículo 2º.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Administración, la facultad de aprobar las Bases de exoneración a la cual se hace alusión en elartículo anterior, y encargar a la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración realizar las acciones correspondientes para la contratación delservicio objeto de la citada exoneración, según el procedimiento establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- Disponer, la remisión de la presente Resolución y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y comunicar al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, a través del SEACE, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la páginaweb del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dentro del plazo establecido de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 10283 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G20/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73 /G63/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/GED/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2006-VIVIENDA Lima, 9 de junio de 2006CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con la Ley Nº 27792 tiene como competencia aprobar, ejecutar y supervisar laspolíticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; asimismo ejerce competencias compartidas con losgobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, de conformidad con la Política Nacional de Vivienda aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2006 VIVIENDA uno de los objetivos generales es el fortalecimiento de las áreas urbanas en consolidación yla recuperación de las deterioradas, en especial las que presenten características de índole monumental a fin de ejecutar acciones en aquellos inmuebles de usos