TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321340El Peruano lunes 12 de junio de 2006 desempeño ambiental del Sector y establece el marco de referencia para la definición y el logro de los objetivos y metas ambientales; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y la Guíade Gestión Ambiental, aprobada por el CONAM mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 023-2003-CONAM/ PCD; del 31 de enero de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Política Ambiental del Sector Turismo, la misma que consta en el Anexo, en cuatro(04) folios visados y sellados, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Secretaría General adoptará las medidas necesarias a fin de que la Política Ambiental del Sector Turismo, que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial, se incorpore para su difusión enla página web del Ministerio: www.mincetur.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10348 EDUCACIÓN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G72/GE1/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0306-2006-ED Lima, 7 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.4. de la Directiva Nº 001-CND-P- 2003, aprobada por la Resolución Presidencial Nº 012- CND-P-2003, modificada por la Resolución PresidencialNº 025-CND-P-2003, que señala los Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de Directores Regionales, dispone que el Gobierno Regionalevaluará semestralmente el desempeño de la función de cada uno de los Directores Regionales Sectoriales, conjuntamente con el Sector del Poder Ejecutivo Nacional.Este último evaluará (...). En este marco, la renovación y la remoción del Director Regional Sectorial requieren la conformidad del Presidente del Gobierno Regional y ladel Titular del Sector del Gobierno Nacional. Cualquiera de ellos podrá proponer la renovación o la remoción del correspondiente Director Regional Sectorial; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 073-2005- ED, de fecha 4 de febrero de 2005, se aprueba el procedimiento para la evaluación, investigación yremoción de los Directores Regionales de Educación; Que, mediante el Oficio Nº 338-2006-GOB.REG- HVCA/PR, de fecha 16 de mayo de 2006, el Presidentedel Gobierno Regional de Huancavelica, solicita la designación del representante del Ministerio de Educación, ante la Comisión de Evaluación de la gestióndel Director Regional de Educación de Huancavelica; Que, mediante el Oficio Nº 257-2006-ME/VMGI, de fecha 26 de mayo de 2006, la Viceministra de Gestión Institucionaldel Ministerio de Educación, dirigido al Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, ha designado a los señores Cristian Araujo Villarreal y Ángel Leopoldo BustinzaRodríguez, como representantes del Ministerio de Educación ante la Comisión de Evaluación Semestral de la gestión del Director Regional de Educación deHuancavelica; Que, por tanto, es conveniente formalizar la designación de los citados representantes del Ministeriode Educación ante la Comisión de Evaluación Semestral correspondiente. De conformidad con la Ley Nº 27867, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los señores Cristian Araujo Villarreal y Ángel Leopoldo Bustinza Rodríguez, de laOficina de Coordinación y Supervisión Regional, como representantes del Ministerio de Educación para integrar la Comisión que se encargará de la evaluación de la gestióndel Director Regional de Educación de Huancavelica. Artículo 2º.- La Comisión deberá remitir el Informe Final de la evaluación, al Presidente del Gobierno Regionalde Huancavelica y al Titular del Sector Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 10286 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G6D/G61/G63/GE9/G6E/G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G6D/G61/G63/G65/G6E/G61/G6A/G65/G79/G20/G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0309-2006-ED Lima, 7 de junio de 2006 VISTO; el Memorándum Nº 1198-2006-ME/SG-OGA, emitido por la Oficina General de Administración; los Informes Nºs. 0018 y 0020-2006-ME/SG-OGA-UA, emitidos por la Unidad de Abastecimiento; y, el InformeNº 0801-2006-ME/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0001-2006-ED, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el EjercicioPresupuestal 2006, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica Para Todos, 027: Mejoramiento de la Calidad de laEducación Primaria y 029: Programa Huascarán; Que, mediante Memorándum Nº 1198-2006-ME/SG- OGA, el Jefe de la Oficina General de Administración,manifiesta la necesidad de contratar urgentemente el Servicio de Almacén Externo para la atención del almacenaje y despacho de material educativo; Que, en consecuencia, es necesario incluir el proceso de selección que se debe ejecutar para concretar la contratación del citado servicio en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria, para el ejercicio fiscal 2006 del Ministerio de Educación; Que, en mérito al artículo 11º de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; y el artículo 77º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, el proceso de selección que corresponde llevar a cabo es una Adjudicación Directa Selectiva; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Reglamento, estipula que el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas y en el caso en quese tenga que incluir o excluir procesos de selección; asimismo, el artículo mencionado indica que la aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma previstaen los artículos 25º y 26º del Reglamento, respectivamente; Que, el artículo 25º del mismo cuerpo normativo, señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa de la Entidad y, por su parte, el artículo 26º estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que loapruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de ser aprobado; Que, por su parte, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento, manifiesta en el Informe Nº 0018-2006- ME/SG-OGA-UA, que a través de dicho Informe Técnico