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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (12/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 12 de junio de 2006 321345REPUBLICADELPERU Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencionalpara el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbreconvencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 080-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad de KALANDAR INTERNATIONAL PERU S.A.C., para la instalación de la subestación dedistribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5095, ubicado en el predio con frente a la Avenida República de Panamá Nº 308,Urbanización Parcela del Fundo Tejada, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación defecha 15 de diciembre de 2004, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y planos proporcionados por laempresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31179005 Subestación de Distribución Suelo: 9,26 m2Kalandar Urbano Eléctrica Nº 5095. y aires Internat ional Ubicación: distrito de Barranco, Peru S.A.C. provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este N orte A 280 721,868 8 657 756,424 B 280 719,515 8 657 758,519C 280 717,522 8 657 756,277 D 280 719,777 8 657 754,273 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de ConcesionesEléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 260-2006-MEM/DM Lima, 29 de mayo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31186806, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedadparticular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta para Servicio Público de Electricidad N° 1359 (sótano); CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución deenergía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular,indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta para Servicio Público de Electricidad N° 1359 (sótano), ubicada en la AvenidaJuan Antonio Pezet N° 529 - N° 535, Urbanización San Gabriel, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) quefiguran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se haconstituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 63,00 metros cuadrados, de propiedad de Inmobiliaria Pezet 535 S.A. para la subestación dedistribución eléctrica compacta para Servicio Público de Electricidad N° 1359 (sótano), conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación, de fecha 2 dejunio de 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el DecretoSupremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, puedensolicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en laLey de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 141-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de Inmobiliaria Pezet 535 S.A, para la instalaciónde la subestación de distribución eléctrica compacta para Servicio Público de Electricidad N° 1359 (sótano), ubicada en la Avenida Juan Antonio Pezet N° 529 - N° 535,Urbanización San Gabriel, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 2 de junio de2005, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme alsiguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de Servidumbre terreno 31186806 Subestación de Distribución Suelo: 63,00 m² Inmobiliaria Urbano Eléctrica N° 1359 y sus aires. Pezet 535 Ubicación: distrito de San Isidro, S.A. provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice N orte Este A 8 661 639,655 277 791,237 B 8 661 641,979 277 780,997C 8 661 636,128 277 779,669 D 8 661 633,804 277 789,909 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de ConcesionesEléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10004