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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (12/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321354El Peruano lunes 12 de junio de 2006 d. Departamento de Control Previo: Está encargado de verificar la consistencia de la documentación sustentatoria del gasto antes de su ejecución. Las funciones específicas de cada Departamento serán establecidas en el Manual de Organización y Funciones de la Dirección Ejecutiva de Administraciónde los Servicios de Salud. Artículo 42º.- De la División de Logística La División de Logística es la encargada de administrar los bienes muebles e inmuebles de la DIRSAN PNP , sistémicamente en el ámbito nacional, así como deestablecer las políticas de adquisiciones, contrataciones, distribución, conservación y mantenimiento de bienes, insumos, transportes y en general, el patrimonio de laDIRSAN PNP . Sus funciones principales son las siguientes: a. Formular el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en coordinación con la Oficina de Planificación y Desarrollo y el Departamento dePresupuesto. b. Formular los planes de renovación tecnológica. c. Manejar el abastecimiento de equipos, fármacos y otros, en forma centralizada y dinámica. d. Formular y ejecutar los planes anuales de adquisiciones y contrataciones, así como almacenar ydistribuir en forma adecuada los bienes que se adquieran bajo cualquier modalidad. e. Controlar los requerimientos de abastecimientos y centralizar los registros de artículos especializados. f. Formular y controlar un sistema de reparación y mantenimiento de equipos médicos para cada regiónteniendo en cuenta los factores especiales de cada zona. i. Administrar el parque automotor y las políticas de transporte. j. Administrar los bienes patrimoniales, estableciendo políticas de recambio y distribución de acuerdo con las necesidades de cada unidad. Artículo 43º.- De los Departamentos de la División de Logística La División de Logística contará con los siguientes Departamentos: a. Departamento de Adquisiciones y Contrataciones: Está encargado de ejecución de los planes de adquisición formulados para cada año por laDIRSAN. b. Departamento de Almacenes: Está encargado de la administración de los almacenes de la DIRSAN PNP bajo el criterio de Unidad de Almacén. c. Departamento de Transporte: Está encargado de velar y administrar el parque automotor de la DIRSAN PNP , incluyendo las labores de transporte de su personaly de los insumos y bienes que administra. d. Departamento de Control Patrimonial: Está encargado de inventariar, controlar y administrar los bienes patrimoniales de la DIRSAN PNP . e. Departamento de Mantenimiento: Está encargado de la conservación y reparación de los bienes muebles e inmuebles de la DIRSAN PNP . Las funciones específicas de cada oficina serán establecidas en el Manual de Organización y Funcionesde la Dirección Ejecutiva de Administración de los Servicios de Salud. Artículo 44º.- De la División de Concesiones, Aseguramiento y Convenios La División de Concesiones, Aseguramiento y Convenios es la encargada de evaluar, planificar, ejecutar y controlar las políticas de la DIRSAN PNP respecto de sus relaciones con entidades ajenas a la PNPrelacionadas con temas de salud. Artículo 45º.- De las funciones de la División de Aseguramiento, Concesiones y Convenios Son funciones de la División de Aseguramiento y Concesiones y Convenios:a. Diseñar programas o paquetes de prestación de servicios de salud, a ser contratados mediante convenios previa conformidad de la Dirección Ejecutiva de Operaciones de los Servicios de Salud de la DIRSANPNP , a fin de asegurar la cobertura de salud de la familia policial, en coordinación con FOSPOLI. b. Diseñar y desarrollar las herramientas de gestión apropiadas para la eficiente administración de prestaciones brindadas a pacientes coberturados por seguros públicos (Seguro Integral de Salud, EsSalud) o privados (como elSeguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y otros). c. Elaborar y proponer en coordinación con la Jefatura de Operaciones de Servicios de Salud y FOSPOLI los proyectos de convenios, acuerdos y contratos, a firmarse con entidades públicas o privadas para laproducción de servicios, fines educativos o de formación, u otras finalidades pertinentes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Adecuación normativa La Dirección de Sanidad en el plazo de noventa (90) días naturales deberá adecuar su normatividad a lo dispuesto en el presente Manual. Segunda.- Derogación Deróguese todos los dispositivos legales que se opongan al presente Manual. Tercera.- Vigencia El presente Manual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Queda expresamente derogadas la Resolución Ministerial Nº 2596-2004-IN-PNP y la Resolución Ministerial Nº 0418-2005-IN-PNP y todas lasnormas que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 10345 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65 /G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1472-2006-IN-PNP Lima, 9 de junio del 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-B-87-IN del 30 de junio de 1987 se creó el Fondo de Salud para el Personal de las Fuerzas Policiales y Sanidad de las mismas “FOSPOLI”, fondo que tenía como principal objetivofinanciar la atención integral de salud de los miembros de las Fuerzas Policiales y Sanidad de las mismas en Situación de Actividad, Disponibilidad y Retiro, así comola de sus cónyuges e hijos menores de 18 años de edad; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2003-IN y Decreto Supremo Nº 010-2003-IN, ambos del 19 de septiembrede 2003, se declaró en reestructuración el Servicio de Sanidad de la Policía Nacional del Perú y el Fondo de Salud para el personal de la Policía Nacional y Sanidad -FOSPOLI, respectivamente, facultando al Ministro del Interior a dictar las políticas y disposiciones normativas relacionadas con la evaluación, supervisión, accionesde personal y reestructuración necesarias para el cumplimiento de lo prescrito por los citados Decretos Supremos; asimismo, se autorizó al Ministro del Interiora aprobar mediante Resolución Ministerial la conformación de Comisiones que se encarguen de llevar a cabo la reestructuración de las órganos aludidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2004-IN del 7 de septiembre de 2004, se estableció que la administración del FOSPOLI estará a cargo de laDirección de Sanidad de la Policía Nacional;