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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (12/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 12 de junio de 2006 321347REPUBLICADELPERU compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5869 (sótano), ubicada en la Avenida Federico Villarreal Nº 275 y Calle General Mendiburo Nº 945, distrito de Miraflores, provincia y departamentode Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 21 de octubre de 2005, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, deacuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de Servidumbre terreno 31187806 Subestación de Distribución Suelo: 12,00 m² Línea Urbano Eléctrica Nº 5869 y sus aires. Promotora e Ubicación: distrito de Miraflores, Inmobiliaria provincia y departamento de Lima S. A.C. Coordenadas UTM: Vértice N orte Este A 8 660 548,177 277 342,182 B 8 660 551,035 277 339,384 C 8 660 548,937 277 337,240D 8 660 546,078 277 340,037 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10006 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20 /G61 /G43/G6F/G6E/G73/G6F/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GE9/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 /G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2006-MEM/DM Lima, 29 de mayo de 2006VISTO: El Expediente N° 24136204, sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollarestudios relacionados con la transmisión de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por CONSORCIOENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11462714 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizarestudios sobre transmisión de energía eléctrica en la futura instalación de la línea de transmisión de 22,9 kV San Miguel de Pallaques – SE La Zanja, al amparo de lodispuesto por el artículo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la futura instalación citada en el primer considerando estará ubicada en los distritos de San Miguel, Calquis, Llapa, Tongod y Pulan, provincias deSan Miguel y Santa Cruz, departamento de Cajamarca, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en elReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 139-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de ConcesionesEléctricas y el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar concesión temporal a favor de CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., que se identificará con el código N° 24136204, para desarrollar estudios relacionados con la actividad detransmisión de energía eléctrica en la futura instalación de la línea de transmisión de 22,9 kV San Miguel de Pallaques – SE La Zanja, cuya duración comprendedesde el 10 de junio de 2005 hasta el 9 de junio de 2006, y que estará ubicada en los distritos de San Miguel, Calquis, Llapa, Tongod y Pulan, provincias de San Miguely Santa Cruz, departamento de Cajamarca. Artículo 2° .- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán lazona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56) que figura en el presente Expediente, con las características que aparecen en el siguiente cuadro: Salida/Llegada de la Tensión N° de Longitud Ancho de la faja Línea de transmisión (kV) Ternas (km) de servidumbre (m) San Miguel de Pallaques - SE 22,9 01 26 11 La Zanja Artículo 3º .-El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y deseguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidasen la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligacionescontraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y cumplimiento del cronograma correspondiente, la Dirección General de Electricidadejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º .- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del interesado; y, entrará en vigencia apartir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 09993 /G4C/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G63/G75/G79/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G20 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20 /G61/G64/G65/G76/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G50/G4D/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G43/G61/G6E/G70/G65/G72/G20/G45/G78/G70/G6C/G6F/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G2C/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G6C/G61/G20/G66/G61/G73/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2006-MEM/DM Lima, 6 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución delImpuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se