Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2006 (24/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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LICA DEL P E

RU

322378

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 24 de junio de 2006

contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU y COMPANIA CONSULTORA DE PETROLEO S.A., el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, ubicado entre las provincias de MORDAZA Portillo y Atalaya del departamento de Ucayali y Puerto MORDAZA del departamento de Huanuco; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 037-2006 de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 114, ubicado entre las provincias de MORDAZA Portillo y Atalaya del departamento de Ucayali y Puerto MORDAZA del departamento de MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y nueve (09) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU y COMPANIA CONSULTORA DE PETROLEO S.A., con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU y COMPANIA CONSULTORA DE PETROLEO S.A., el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 11233

DECRETO SUPREMO Nº 034-2006-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con la empresa PETRO-TECH PERUANA S.A., el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-36, ubicado en el Zocalo Continental, frente a la costa de las provincias de MORDAZA, Casma y Huarmey del departamento de MORDAZA y Barranca del departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 036-2006 de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z36, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote Z-36, ubicado en el Zocalo Continental, frente a la costa de las provincias de MORDAZA, Casma y Huarmey del departamento de MORDAZA y Barranca del departamento de MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-36, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y PETRO-TECH PERUANA S.A., con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PETROTECH PERUANA S.A., el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-36, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas.

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