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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322394El Peruano sábado 24 de junio de 2006 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Tomás Wong Kit Ching, Intendente del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 26 de junio al 1 de julio de 2006, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca,Seguros y Administradoras Privadas de Fondos dePensiones un informe detallado describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2006, deacuerdo al siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 863,72 Viáticos 1000,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones (a.i.) 11195 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 ESSALUD /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G64/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G70/G6F/G72/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G66/G61/G6C/G74/G61/G73/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL Nº 219-GCRH-ESSALUD-2006 Lima, 17 de febrero del 2006 VISTO: El Acta Nº 02-CEPADAN-ESSALUD-2006 de la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios Alto Nivel, con relación a las Cartas Nºs. 748, 749, 750 y 761-GA-RALL-ESSALUD-2005, sobre presuntas faltas administrativas disciplinarias en que habrían incurrido los servidores Daniel Cabanillas Sánchez, ex Gerente Departamental La Libertad; JulioNavarro Bustamante, ex Gerente Departamental LaLibertad; Víctor Mendoza Rodríguez, ex Subgerente de Administración y Finanzas; Segundo Moncada Mendoza, ex Jefe de la División de Logística de la Red AsistencialLa Libertad; y, Víctor Raúl Ramírez Gutierrez, en relacióna la adquisición de modo directo del Servicio deDosimetría de la Empresa Nuclear Control S.A.C., parael personal de Rayos X de los Hospitales Víctor Lazarte Echegaray (Período febrero y marzo 2003) y Chocope (Período marzo 2003) por la suma de S/. 2,053.20 nuevossoles. Así como habrían realizado la adquisición de mododirecto sin convocarse a proceso de selección los serviciosde la Empresa Nuclear Control SAC por el servicio deDosimetría al personal que labora en el Servicio de Rayos X en los citados nosocomios, lo cual denotaría inobservancia de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, que seencuentran consignados en los Expedientes números2005-14, 2005-15, 2005-16 y 2005-17, existiendo conexidad entre los casos por presentarse elementoscomunes que deben ser materia de un solopronunciamiento; Que, en la Carta Nº 749-GA-RALL-ESSALUD-2005, cursada por la Gerencia Administrativa de la Red Asistencial La Libertad a la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios Alto Nivel, acompañando laCarta Nº 44-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD-2005, el InformeNº 13-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD-2005 y demás antecedentes, se les atribuye a los servidores Julio Navarro Bustamante, ex Gerente Departamental La Libertad;Víctor Mendoza Rodríguez, ex Subgerente deAdministración y Finanzas y Víctor Raúl Ramírez Gutierrez,ex Jefe de la División de Logística y Servicios de la RedAsistencial La Libertad, presunta responsabilidad administrativa disciplinaria en relación con la adquisición de modo directo del Servicio para el traslado de bienes estratégicos y documentos de la ex GerenciaDepartamental La Libertad, otorgado por la EmpresaServicios Postales del Perú - SERPOST S.A., para ladistribución de documentos de la ex Subgerencia de Recaudación y Seguros en el ámbito local y nacional, por un monto de S/. 217.20 nuevos soles, por el período del2 al 30 de abril del 2002, lo cual denota inobservancia dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, se atribuye presunta responsabilidad administrativa disciplinaria a los servidores Julio Navarro Bustamante, ex Gerente Departamental La Libertad;Víctor Mendoza Rodríguez, ex Subgerente deAdministración y Finanzas y Víctor Raúl Ramírez Gutierrez,ex Jefe de la División de Logística y Servicios de la RedAsistencial La Libertad, en la Carta Nº 750-GA-RALL- ESSALUD-2005, cursada por la Gerencia Administrativa de la Red Asistencial La Libertad a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, acompañando la Carta Nº 44-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD-2005, el Informe Nº 14-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD-2005y demás antecedentes, en relación a la adquisición de modo directo del Servicio de la Empresa Instrumentación y Controles Electrónicos IYCE SRL para el mantenimientoPreventivo y Correctivo del Equipamiento Biomédico deHemodiálisis y Sala de Tratamiento de Agua y compra de repuestos e insumos, de marzo y abril del 2002 en el Hospital IV Víctor Lazarte Echegaray, por un monto de S/.16,137.65 nuevos soles, lo cual habría inobservado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento; Que, de acuerdo con la Carta Nº 761-GA-RALL- ESSALUD-2005, remitida por la Gerencia Administrativade la Red Asistencial La Libertad a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, anexando la Carta Nº 15-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD- 2005, el Informe Nº 15-CPPAD.GA.RALL-ESSALUD-2005 y demás antecedentes, les asiste presuntaresponsabilidad administrativa disciplinaria a los servidoresDaniel Cabanillas Sánchez, ex Gerente Departamental La Libertad; Víctor Mendoza Rodríguez, ex Subgerente de Administración y Finanzas y Segundo MoncadaMendoza, ex Jefe de la División de Logística de la RedAsistencial La Libertad, en relación con la adquisiciónlos días 4 y 8 de febrero del 2003 de modo directo de combustible a la Empresa AMI OIL S.A., de dos mil galones de petróleo o Diesel 2, para las calderas de los Hospitales Víctor Lazarte Echegaray y I l Chocope de laex Gerencia Departamental La Libertad, por un montode S/. 13,121.60 nuevos soles, por lo que se habríainobservado la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y su Reglamento; Que, como quiera que existe conexidad entre los casos por presentarse elementos comunes que deben ser materiade un solo pronunciamiento, los miembros de la Comisiónpor unanimidad decidieron emitir recomendación en relación a la apertura del proceso administrativo disciplinario a que se refiere la presente Resolución; Que vistas las Cartas Nºs. 748 - 749 - 750 y 761-GA- RALL-ESSALUD-2005 y los documentos acompañados,se desprende que existen indicios razonables que hacepresumir que los señores Daniel Cabanillas Sánchez, exGerente Departamental La Libertad; Julio NavarroBustamante, ex Gerente Departamental La Libertad; Víctor Mendoza Rodríguez, ex Subgerente de Administración y Finanzas; Segundo Moncada Mendoza, ex Jefe deLogística y Servicios y Víctor Raúl Ramírez Gutierrez, exJefe de Logística y Servicios de la Red Asistencial La