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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 26 de junio de 2006 322561REPUBLICADELPERU Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, según el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,la exoneración debe ser aprobada por resolución delTitular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordadocon el artículo 2° del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, elPresidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneración; Que, de otro lado, el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,señala que la contratación del servicio objeto de laexoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; En uso de la atribución conferida por el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para la contratación delservicio de soporte técnico y actualización de 2 LicenciasOracle Database Enterprise Edition por procesador y 50 Licencias Internet Application Server Estándar Edition por el periodo de 12 meses y 26 días, contados desde el1º de agosto del 2006 al 26 de agosto del 2007, por unvalor referencial total de US$ 25,240.39 (Veinticinco mildoscientos cuarenta con 39/100 Dólares Americanos)incluido impuestos, o su equivalente en Nuevos Soles calculado al tipo de cambio del día de pago, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue derealizar la contratación, de acuerdo a lo dispuesto en el148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones se encargue de la publicación de lapresente Resolución en el Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. 4. DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copia dela presente Resolución y de los informes que la sustentan,dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fechade su aprobación. 5. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 6. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo EsSalud 11213 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65 /G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G6F/G72 /G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G72/G20/G4F/G72/G61/G63/G6C/G65/G20/G44/G61/G74/G61/G62/G61/G73/G65/G20/G45/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G69/G73/G65/G45/G64/G69/G74/G69/G6F/G6E RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 375-PE-ESSALUD-2006 Lima, 20 de junio del 2006VISTAS: La Carta Nº 342-GCOI-ESSALUD-2006 de la Gerencia Central de Organización e Informática, elInforme Técnico que sustenta la exoneración para lacontratación del servicio de soporte técnico y actualización de 03 Licencias por Procesador Oracle Database Enterprise Edition; y, la Carta Nº 1671-OCAJ-ESSALUD-2006 de la Oficina Central de AsesoríaJurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27056 - “Ley de Creación del Seguro Social de Salud” (ESSALUD)establece que el Seguro Social de Salud otorga coberturaa sus asegurados y sus derechohabientes, a través delotorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimencontributivo de la Seguridad Social en Salud, así comootros seguros de riesgos humanos; Que, con fecha 30 de mayo del 2000, ESSALUD adquirió una licencia de software Oracle 8i Enterprise Edition, con el correspondiente soporte técnico y actualización por un año, el cual venció el 31 de mayodel 2001. Por efectos de un cambio de política delicenciamiento de Oracle Corporation, esta licencia semigró a 02 licencias por Procesador Oracle DatabaseEnterprise Edition; Que, el 22 de mayo del 2001, ESSALUD adquirió 130 licencias NUSS (Named User Single Server) y 1772licencias UPUS (Universal Power Units) Oracle DatabaseEnterprise Edition, con su respectivo mantenimientoanual; Que, las licencias adquiridas en el 2001 incluían el producto WEB DB, el mismo que fue separado de las Licencias NUSS y UPUS Oracle Database EnterpriseEdition de acuerdo a las políticas de Oracle Corporation,otorgándose a ESSALUD en su reemplazo, 50 LicenciasInternet Application Server Estándar Edition; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 089-PE-ESSALUD-2002 del 1 de abril del 2002, la Presidencia Ejecutiva exoneró la contratación del serviciode Mantenimiento y Soporte Técnico de las licencias deBase de Datos Oracle (los productos Oracle son: 1) 02Licencias por Procesador Oracle Database EnterpriseEdition; 2) 130 Licencias Oracle Database Enterprise Edition por NUSS; 3) 1772 Licencias Oracle Database Enterprise Edition por UPUS; y 4) 50 Licencias InternetApplication Server Estándar Edition), de la realización deun Concurso Público, la misma que venció el 31 de juliodel 2003; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 590- PE-ESSALUD-2003 del 22 de julio del 2003, la Presidencia Ejecutiva exoneró la contratación del servicio de SoporteTécnico y Actualización de las Licencias de Softwarede Base de Datos Oracle de la realización de unaAdjudicación Directa Pública, la misma que venció el 31de julio del 2004; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 538- PE-ESSALUD-2004 del 16 de junio del 2004, laPresidencia Ejecutiva exoneró la contratación del serviciode Mantenimiento y Soporte Técnico de las licencias deSoftware de Base de Datos Oracle de la realización deuna Adjudicación Directa Selectiva, la misma que venció el 31 de julio del 2005; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 332- PE-ESSALUD-2005 del 2 de junio del 2005, la PresidenciaEjecutiva exoneró la contratación del servicio deMantenimiento y Soporte Técnico de las licencias deSoftware de Base de Datos Oracle (los productos Oracle son: 1) 02 Licencias por Procesador Oracle Database Enterprise Edition; y 2) 50 Licencias Internet ApplicationServer Estándar Edition), de la realización de unaAdjudicación de Menor Cuantía, la misma que vence el31 de julio del 2006; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 430-PE-ESSALUD-2005 del 25 de julio del 2005, la Presidencia Ejecutiva exoneró la contratación del serviciode migración, mantenimiento y soporte técnico de laslicencias de Base de Datos Oracle - de licencias por