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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (30/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322770El Peruano viernes 30 de junio de 2006 de la Dirección Nacional de Logística, los Informes de Disponibilidad Presupuestal Nºs. 425, 426 y 437-DP-2006 del 7 y 13.JUN.06, el Comunicado Nº 08, expedidopor el IGP , INGEMMET y el IG-UNSA, el MemorandoNº 2377-2006/INDECI/12.0, de fecha 14.JUN.2006,expedido por la Dirección Nacional de Logística, de fecha 14.JUN.06, y el Informe Legal Nº 073-2006-INDECI/5.0, de fecha 15.JUN.2006, expedido por la Oficina deAsesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO, Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, establece que estánexoneradas de los procesos de selección lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el artículo 22º de la Ley, establece que se entiende como situación de emergencia aquella en lacual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata acausa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la Entidad quedaexonerada de la tramitación del expediente administrativoy podrá ordenar la ejecución de lo estrictamentenecesario para remediar el evento producido y satisfacerla necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el artículo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la Entidad debe adquirir o contratar enforma directa lo estrictamente necesario para prevenir yatender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan.Cuando no corresponda realizar un proceso de selecciónposterior, en el informe técnico-legal respectivo se debefundamentar las razones que motivan la adquisición ocontratación definitiva; Que, asimismo, señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación deemergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10)días siguientes a la finalización del evento que la produjo,incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la ContraloríaGeneral de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, así como emitiendo los demásdocumentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, según el Comunicado Nº 08, de fecha 3.JUN.2006, expedido por los representantes del InstitutoGeofísico del Perú (IGP), el Instituto Geológico MineroMetalúrgico (INGEMMET) y el Instituto Geofísico de laUniversidad Nacional San Agustín (IG-UNSA), entre el 31.MAY y el 3.JUN.2006, la situación volcánica entre el 31.MAY2006 y el 3.JUN.2006, ha presentado emisióncontinua de gases, emisiones de cenizas y explosionesque vienen fragmentando la lava y arrojándolos fuera delcráter; en resumen, durante los últimos días se haproducido un importante incremento de frecuencia de explosiones y del volumen de cenizas y gases emitidos por el volcán Ubinas lo que ha determinado que lasinstituciones participantes en los trabajos de vigilanciarecomienden elevar el nivel de alerta al color “naranja” yse ejecute la evacuación de la población afectada a lazona de Matalaqué, Moquegua. En este punto, se advierte que la actividad volcánica que ha originado la situación de emergencia se ha iniciado en el mes demarzo pero sus efectos permanecen en el tiempo, esdecir son de tracto sucesivo; Que, mediante Ley Nº 28756, de fecha 8.JUN.2006, se declaró en emergencia la zona afectada por la actividad del volcán Ubinas, ubicado entre las provincias de Mariscal Nieto y Sanchez Cerro en el departamento deMoquegua; y se dispuso la reubicación de la población afectada por la actividad de dicho volcán; Que, asimismo, en atención a lo solicitado por la Dirección Regional de Defensa Civil Arequipa, laDirección Regional de Defensa Civil Moquegua, y laDirección Nacional de Operaciones sobre la necesidad de adquirir colchones, combustible (petróleo D2 y planchas de madera para la habilitación de letrinassanitarias, la Unidad de Abastecimiento indica en elInforme Técnico Nº 043-2006-INDECI/12.1 que hacoordinado la atención de la emergencia, disponiendoinvitar a un solo proveedor que cumpla con las condiciones y característica establecidas en las Bases Administrativas a fin de atender la emergencia presentadapor la actividad del volcán Ubinas, Moquegua; Que, además, el Informe Legal de vistos indica que en virtud de lo establecido por el inciso c) del artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y el artículo 142º de su Reglamento, aprobado porel Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, procederegularizar las adquisiciones cuyo detalle se consignaen el Cuadro Único, que como anexo forma parteintegrante de la presente Resolución, para enfrentar la situación de emergencia suscitada; Que, asimismo, siendo necesario cancelar los compromisos por la adquisición de los bienes indicadosadquiridos para la situación de emergencia señalada, laDirección Nacional de Logística solicita modificar el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC 2006 de la Entidad y emitir la Resolución de aprobación a fin de regularizar los procesos de seleccióncorrespondientes, para lo cual se cuenta con los Informesde Disponibilidad del vistos, emitidos por la Oficina dePlanificación y Presupuesto; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 027-2006-INDECI, de fecha 13.ENE.2006, y normas modificatorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones - PAAC 2006 del Instituto Nacional deDefensa Civil - INDECI; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, el Plan Anual podrá ser modificado deconformidad con la asignación presupuestal o en casode reprogramación de metas institucionales. Asimismo,cuando se tenga que incluir o excluir procesos deselección y se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios y obras en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección.La aprobación y difusión de las modificaciones se haráde la forma prevista en los artículos 25º y 26º del indicadoReglamento, vía Resolución del Titular del Pliego o laMáxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, en consecuencia, en aplicación de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar lamodificación del Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones - PAAC del INDECI, conforme al Anexo1: Reformulación, que forma parte integrante del presente Informe, y que cuenta con la opinión favorable de disponibilidad presupuestaria, emitida por la Oficina dePlanificación y Presupuesto, según los Informes deDisponibilidad consignados en dicho Anexo, a fin de incluirla adquisición de bienes de ayuda humanitaria adquiridospor situación de emergencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobadospor los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modificatorias y complementarias y el Reglamento de Organización yFunciones del INDECI, aprobado por Decreto SupremoNº 059-2001-PCM, modificado por los DecretosSupremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y conlas visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planificación y Presupuesto;