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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2006 (04/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 313876 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 009-2006-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobreautorización al Congreso de la República, para conducir elproceso de selección de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE, por los ejercicios 2004 al 2008; CONSIDERANDO:Que, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) celebraron el Contrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE para cooperar en la ejecución de un“Programa de Fortalecimiento Institucional del Congresode la República”, con el fin de consolidar su funciónrepresentativa; mejorar su capacidad para la preparación,análisis y aprobación de proyectos de ley, fortalecer su rol controlador y fiscalizador, designándose como Organismo Ejecutor al Congreso de la República; Que, con los Oficios Nº 050-2005-UAP/CR y 036-2006- DGA/CR el Congreso de la República solicitó a la ContraloríaGeneral autorización para conducir directamente el procesode selección de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE, por los ejercicios 2005 a 2008, indicandoque se incluya la información financiera del año 2004 comoparte del examen correspondiente al ejercicio 2005,remitiendo: a) copia de los formatos AF-200 (Documentode Licitación de Auditorías Externas Financiadas por el BID) y AF-400 (Términos de Referencia); b) copia de la comunicación Nº 4822/2005 por la cual el BID comunica suNo Objeción a las Bases del Concurso y Términos deReferencia; c) compromiso de entrega de información; d)constancia de disponibilidad presupuestal y e) copia delContrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE del cual se deriva que los honorarios de la auditoría serán pagados con recursos del financiamiento; Que, el Documento de Licitación de Auditorías Externas - AF-200 emitido por el BID establece un procedimientoespecífico para la designación de una sociedad de auditoríaque se aplica cuando los servicios de auditoría externa son financiados con los recursos del Banco y en el contrato se estipula que la auditoría debe ser efectuada por auditoresindependientes, condiciones que se verifican en el Contratode Préstamo Nº 1458/OC-PE; Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, establece que tratándose de préstamos y/o donaciones efectuadas pororganismos internacionales, la solicitud de designaciónpuede extenderse hasta todo el período del financiamiento,siempre que ello sea exigible por el convenio internacionalrespectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; Que, asimismo, el artículo 49º del Reglamento señala que cuando las disposiciones de un convenio y/o lasnormas del organismo internacional establecen unprocedimiento específico para la designación de unasociedad de auditoría, la Contraloría General de la República autoriza a la Entidad la conducción del proceso de selección correspondiente; Que, en el documento de visto, se concluye y recomienda que debe autorizarse al Congreso de la República, laconducción del proceso de selección para la contrataciónde una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1458/ OC-PE, por los ejercicios 2004 a 2008; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de ContraloríaNº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Congreso de la República la realización del proceso de selección para la contrataciónde una sociedad de auditoría que realice el examen a losestados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE, por los ejercicios 2004 a 2008. Artículo Segundo.- La sociedad de auditoría designada deberá encontrarse inscrita y hábil en el Registro de la Contraloría General de la República. El Congreso de laRepública informará a la Contraloría General sobre laejecución y resultados del proceso de selección.Artículo Tercero.- La sociedad de auditoría designada y el Congreso de la República se sujetan a lo dispuesto enel Contrato de Préstamo Nº 1458/OC-PE, y demásdisposiciones contenidas en el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, en lo que resultaaplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presenteResolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03875 Autorizan a procurador impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distritalde La Brea - Negritos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 065-2006-CG Lima, 28 de febrero de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 008-2006-CG/ GDPC de 3.FEB.2006, los Oficios Nºs. 308-2005- DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-OFII y 082-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 21.DIC.2005 y 12.ENE.2006,respectivamente y el Atestado Nº 120-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-OFII de 19.DIC.2005, resultante de lasinvestigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la MunicipalidadDistrital de La Brea - Negritos - provincia de Talara - Piura;y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso se efectúe una Verificación de Denuncia en torno a presuntasirregularidades cometidas en la Municipalidad Distrital deLa Brea - Negritos - provincia de Talara - Piura, designandopara el caso una Comisión a efectos de realizar la mencionada verificación; Que, como resultado de dicha actividad, se ha emitido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 006-2005-CG/GDPC, en el cual se ha evidenciado irregularidades en laelaboración del expediente técnico de la AdjudicaciónDirecta Pública Nº 001-2004-MDLB de la obra “Construcción del Muelle Artesanal Negritos - II Etapa”, en razón a la carencia del respectivo Estudio de Suelos que permita laviabilidad técnica de la obra; y en la contratación delingeniero encargado de la elaboración del citado expedientetécnico, toda vez que se realizó en forma directa, sin mediarel correspondiente proceso de selección de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asimismo, se advierte que los Términos deReferencia para la contratación de dicho ingeniero fueronredactados en forma genérica, sin precisar la especialidady experiencia mínima que debía poseer el profesional acontratar; por otro lado, se advierte que la fecha de elaboración de los planos del proyecto observado, no concuerda con el período comprendido entre la fecha desuscripción del contrato y la entrega del expediente técnicoa la Municipalidad; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - LeyOrgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado elAtestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dichaUnidad Técnica con Oficio Nº 308-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-OFII de 21.DIC.2005 a la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Talara, a fin que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competentepara el caso, por la comisión de los delitos de Abuso deAutoridad, Omisión y Demora de Actos Funcionales yNegociación Incompatible con el Cargo, ilícitos previstos y