Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2006 (14/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 14 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Resolucion, a los Colegios de Contadores Publicos del Peru y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del MORDAZA, adicionalmente a la difusion que efectua el Organo Rector del Sistema Nacional de Contabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 04709

Dejan sin efecto para la MORDAZA de la informacion contable correspondiente al ano 2005 lo dispuesto en el Art. 2º de la Res. Nº 189-2005-EF/93.01
DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2006-EF/93.01 MORDAZA, 7 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contaduria Nº 1892005-EF/93.01, se aprobo la adecuacion de formatos y anexos del Instructivo Nº 23-2004-EF/93.11 "Cierre Contable y MORDAZA de Informacion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica"; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion, establece que las Municipalidades consignadas en el Anexo Nº 5 de la Directiva de Tesoreria para Gobiernos Locales, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 013-2005EF/77.15, estan comprendidas en los alcances del Numeral 15 Informacion Adicional, del Instructivo Nº 232004-EF/93.11; Que, asimismo en la Nota de pie de pagina del formato "estado de Ejecucion del Presupuesto de Ingresos y Gastos" (EP-1) para los Gobiernos Locales, se ha consignado el tenor siguiente: "Las Municipalidades que estan incluidas en el Anexo Nº 5 de la Directiva de Tesoreria para los Gobiernos Locales correspondiente al ano fiscal 2005, presentaran en forma referencial como ingresos el importe de la ejecucion de gastos efectuados a traves de autorizaciones de giro de la Direccion Nacional del Tesoro Publico"; Que, la Resolucion Directoral Nº 062-2005-EF/77.15 emitida por la Direccion Nacional del Tesoro Publico, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre del 2005, senala que para efecto del registro de la determinacion y percepcion de los ingresos de la fuente de financiamiento 17. Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, las Municipalidades comprendidas en el Anexo Nº 5 de la Directiva de Tesoreria para los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2005, utilizaran los montos asignados durante el periodo comprendido entre junio y diciembre del 2005 por la Direccion Nacional del Tesoro Publico, a favor de cada Pliego Municipal a traves del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico, en el ambito de los Gobiernos Locales; precisando asimismo la citada Resolucion que los montos registrados conforme a lo senalado precedentemente, seran de aplicacion para establecer los Saldos de Balance que correspondan a los respectivos Pliegos Municipales; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Contabilidad y la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico; SE RESUELVE:

Instructivo Nº 23-2004-EF/93.11, asi como la Nota de pie de pagina del formato "Estado de Ejecucion del Presupuesto de Ingresos y Gastos " (EP-1) para Gobiernos Locales. Articulo 2º.- Establecer que los Gobiernos Locales consignados en los Anexos 1 y 2 de la Resolucion de Contaduria Nº 196-2006-EF/93.01, deberan registrar y mostrar como ejecucion de ingreso el monto que se le asigno en la Fuente de Financiamiento 17. Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales, durante el periodo comprendido entre junio y diciembre del 2005, utilizando para ello las partidas especificas del ingreso establecidas en el Numeral 17.9 del articulo 17º Lineamientos para la ejecucion de los ingresos Municipales de la Directiva Nº 005-2005-EF/76.01 "Directiva para la ejecucion del MORDAZA Presupuestario de Gobiernos Locales para el ano fiscal 2005, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 008-2005-EF/76.01. Articulo 3º.- Precisar que el procedimiento establecido en el articulo precedente solo tiene incidencia en la contabilidad presupuestaria, mas no en la contabilidad financiera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 04710

Aprueban el Estatuto del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA
DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2006-EF/93.01 MORDAZA, 7 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 102-2005-DCCPA-AB del Decano del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA, mediante el cual solicita la aprobacion del Estatuto del referido Colegio de Profesionales. CONSIDERANDO Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 13253 - Ley de Profesionalizacion del Contador Publico, concordante con el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 28 HC - Reglamento de la Ley Nº 13253, los Estatutos de los Colegios de Contadores Publicos deberan ser aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Resolucion Ministerial Nº 239-2005-EF/10 se ha delegado en el Contador General de la Nacion, la facultad de aprobar los Estatutos de los Colegios de Contadores Publicos y oficializar seminarios, congresos, cursos y otros relacionados con la contabilidad que organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Publicos del Peru y sus Colegios de Contadores Publicos Departamentales; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 239-2005-EF/10; SE RESUELVE. Articulo Unico.- Aprobar el Estatuto del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA, que consta de seis (6) Titulos, quince (15) Capitulos, setenta y tres (73) Articulos, tres (3) Disposiciones Generales y nueve (9) Disposiciones Transitorias, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Dejar sin efecto para la MORDAZA de la informacion contable correspondiente al ano 2005, lo dispuesto en el articulo 2º de la Resolucion de Contaduria Nº 189-2005-EF/93.01, en lo referente al inciso a) del Numeral 15 Informacion Adicional, del

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 04711

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