Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2006 (15/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de marzo de 2006

- Primera y MORDAZA Cuota : Viernes 31 de marzo del 2006 Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04780

Cuatro (4) Disposiciones Finales que en el Anexo forma parte de la presente Ordenanza. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer las normas que regulen la propaganda politica en el distrito de La MORDAZA, dentro de los limites que senala la Ley Organica de Elecciones - Ley Nº 26859, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y el MORDAZA legal vigente. Articulo 2º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad velar por la preservacion del ornato y la conservacion del patrimonio monumental, el respeto de los entornos saludables y el resguardo de la tranquilidad de los vecinos del distrito en relacion con cualquier MORDAZA de MORDAZA electoral, en lo referido a la propaganda electoral expresada en letreros, carteles, paneles, pancartas, banderas, banderolas, elementos colgantes y anuncios luminosos o simples, asi como la emision de ruidos o sonidos dentro de la jurisdiccion del distrito. Articulo 3º.- BASE LEGAL a. Constitucion Politica del Peru. b. Ley Nº26859, Ley Organica de Elecciones y sus modificatorias. c. Ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo 4º.- DEFINICIONES a. Propaganda Electoral.- Se entiende por propaganda electoral a toda aquella actividad desarrollada durante los procesos electorales, encaminada a persuadir a los ciudadanos para obtener resultados electorales a traves de la captacion de sus votos y con ello aspirar a cargos politicos por eleccion popular. La propaganda electoral es desarrollada por las organizaciones politicas y sus candidatos participantes del procesos electoral MORDAZA partidos politicos, agrupaciones independientes o alianzas nacionales, regionales o locales inscritas o en MORDAZA de inscripcion, sin perjuicio de la desarrollada por los propios ciudadanos agrupados o no, a traves de la promocion de candidatos, difusion y explicacion de las propuestas o programas de gobierno, promocion de MORDAZA, simbolos, numeros y siglas que identifiquen a las organizaciones politicas participantes del MORDAZA, entre otras actividades conexas. Tambien se incluyen los procesos de consulta por referendum y otros procesos electorales previstos por ley. b. Organizaciones Politicas.- Partidos Politicos, Listas Independientes, Alianzas Electorales inscritas en el MORDAZA Nacional de Elecciones. c. Dominio Publico.- Son los espacios destinados al uso publico, sujetos a la administracion municipal, como avenidas, calles, plazas, jardines, puentes, caminos, calzadas, bermas, aceras asi como tambien edificios publicos. d. Dominio Privado.- Son los predios como viviendas, negocios, edificios de propiedad privada. Articulo 5º.- ORGANO COMPETENTE La Municipalidad Distrital de La MORDAZA como gobierno local es el encargado de controlar la propaganda electoral dentro de su jurisdiccion para el mejor desarrollo de los comicios electorales, con el apoyo de la Policia Nacional, siempre y cuando estos cumplan con lo dispuesto en la presente Ordenanza a fin de mantener el ornato y velar por la tranquilidad de los vecinos perlenos. Corresponde a la Subgerencia de Ornato y Anuncios, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Seguridad Ciudadana el control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma. Articulo 6º.- REGISTRO LOCALES DE MORDAZA Las Agrupaciones Politicas deben acreditar ante la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, Subgerencia de

Aprueban Ordenanza que regula la Propaganda Electoral en el distrito
ORDENANZA Nº 006-2006-MDLP La MORDAZA, 9 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha 9 de marzo del 2006, el Dictamen de la Comision de Asuntos Legales sobre el PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA LA PROPAGANDA POLITICA EN EL DISTRITO DE LA PERLA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº27972, que aprueba la Ley Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales son organos de gobierno con personeria juridica de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley MORDAZA citada, en su Articulo 79º Organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo, numeral 3, subnumerales 3.6, 3.6.3., establece que son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de los avisos publicitarios y propaganda politica; Que la Ley Nº 26859 ­ Ley Organica de Elecciones, en su articulo 185º expresa que las Municipalidades Distritales apoyan el mejor desarrollo de la propaganda politica facilitando la disposicion de paneles, convenientemente ubicados, con iguales espacios para todas las opciones participantes; Que, por la Ordenanza Nº 010-2005-MDLP, el Concejo Municipal ha declarado de interes local y accion prioritaria la conservacion del Ornato del Distrito, prohibiendo la pintas y otras acciones de propaganda o publicidad que cause perjuicio a la propiedad y/o privada; Que, es necesario que durante los procesos electorales a desarrollarse se establezcan las disposiciones para la ubicacion de la propaganda politica a fin de que esta se efectue dentro de la normatividad aplicable, el ornato, la seguridad y la tranquilidad de los vecinos; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal, con el MORDAZA MAYORITARIO de los(as) senores(as) Regidores (as), con MORDAZA en contra de la senora Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA y el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA PROPAGANDA POLITICA EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza que regula la Propaganda Electoral en el distrito de La MORDAZA, la cual consta de siete (6) Titulos, Veintidos (22) Articulos,

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