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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2006 (15/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 314789 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2006 el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, y previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal, aplicándose los montos que determinan o autorizan las normas sobre remuneraciones para sus respectivos cargos; Que, al entrar en vigencia la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el 26 de mayo de 2003, el Concejo debió adecuar su Acuerdo a las exigencias que la nueva norma establece, es decir, precisar que los montos fijados dentro del primer trimestre del primer año de gestión, corresponden ser aplicados durante todo el período de gobierno, por lo que resulta necesario que se cumpla con la Ley; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y por votación unánime del Concejo Municipal; ACUERDA:Artículo 1º.- ADECUAR, el Acuerdo de Concejo Nº 014-2003-MDEA, del 13 de enero de 2003, a lo señalado en la actual Ley Orgánica de Municipalidades, precisando que las Dietas fijadas a los Regidores y la Remuneración Mensual del Alcalde corresponden ser aplicadas para los ejercicios del 2003, 2004, 2005 y 2006. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Secretaría General, así como a las instancias respectivas de esta Municipalidad, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR M. SALCEDO RIOS Alcalde 04732 Facultan a procurador para iniciar y tramitar acciones penales contra ex Alcalde y demÆs responsables de la comisión de delitos de abuso deautoridad, cobro indebido y otros ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2006-SEGE-06-MDEA El Agustino, 3 de febrero del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINOVISTO.- En Sesión Ordinaria del día 3 de febrero del 2006, el Informe Nº 13-2006-MDEA-PMA emitido por el Procurador Público Municipal Adjunto, mediante el cual solicita autorización del Concejo Municipal para interponer denuncia penal contra el Sr. Francisco Antiporta Laymito, por los Delitos de Cobro Indebido, Fraude Procesal, Falsedad Genérica y Otros; y, CONSIDERANDO:Que, según Art. 029º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, sobre la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de la Procuraduría Pública Municipal; Que, según Informe Nº 13-2006-MDEA-PMA de fecha 3.2.2006; el Procurador Público Municipal Adjunto, informa a la Gerencia Municipal la existencia de documentos encontrados por la Gerencia de Administración, en donde se demuestra que el Sr. Francisco Antiporta Laymito ex Alcalde de esta Municipalidad, hizo efectivo el cobro de sus vacaciones no gozadas del mes de febrero de 2002, pese a que no había norma que ampare dicho cobro, inició un proceso judicial por beneficios sociales incluyendo éste concepto en su petitorio, perjudicando abiertamente a esta gestión y sorprendiendo a las autoridades administrativas y judiciales para lograr sus inadecuados propósitos;Que, es necesario facultar al Procurador Municipal Adjunto para iniciar las acciones legales en la que pudieran derivarse de la conducta encontrada en el Sr. Francisco Antiporta Laymito ex Alcalde, en la ex Jefa de Personal que practicó la indebida Liquidación y en los demás que resulten responsables, por los Delitos de Abuso de Autoridad, Cobro Indebido, Fraude Procesal, Falsedad Genérica y Otros contra esta Corporación Edil, para que actúe en defensa ante las autoridades policial, fiscal, administrativa y judicial respectiva; Por tanto, estando de conformidad con los dispositivos legales citados y en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; y con voto unánime del Concejo Municipal; SE ACUERDA:Artículo 1º.- FACULTAR al Procurador Público Municipal Adjunto a iniciar y tramitar las Acciones Penales correspondientes, ante el Ministerio Público Autoridades Policiales, Judiciales y Administrativas pertinentes, para denunciar las conductas ilegales del ex Alcalde Sr. Francisco Antiporta Laymito, Sra. Janeth Gallegos de Jesús y los que resulten responsables, por los delitos de Abuso de Autoridad, Cobro Indebido, Fraude Procesal, Falsedad Genérica y Otros que pudieran derivarse de los hechos expuestos, para que actúe en defensa de los intereses municipales ante las autoridades policial, fiscal, administrativa y judicial respectivas. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General así como a las diversas oficinas de esta Municipalidad y a instancias respectivas la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y remítase copia, para su conocimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 04736 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan plazo de vencimiento del Impuesto Predial del aæo 2006 y de los Arbitrios de Limpieza Pœblica,Parques y Jardines de 2002 a 2005 ySerenazgo de 2003 a 2005 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2006-MDI Independencia, 1 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada respecto a la primera cuota; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 001-2006-MDI se establece el calendario de vencimientos para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2006, en relación a la primera cuota;