Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2006 (16/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, la titular se encuentra obligada a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asi como efectuar, en forma semestral, el monitoreo de la referida estacion. La obligacion de monitoreo semestral sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba, o, de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 6°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 7º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 8º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 9º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 04806

El Oficio Nº 062-2006-OCMA-GD de fecha catorce de marzo de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante oficio de la referencia la Oficina de Control de la Magistratura, hace de conocimiento a este Despacho el contenido de la resolucion de fecha 13 de marzo del ano en curso que dispone la instauracion de MORDAZA disciplinario contra el doctor MORDAZA MORDAZA Soberon Ricard, en su actuacion como Juez Titular del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, imponiendole la medida cautelar de Abstencion en el cargo. Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente, es pertinente que este Despacho designe al Magistrado que se MORDAZA cargo del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, mientras se resuelva la investigacion instaurada en contra del doctor Soberon Ricard; teniendose en cuenta para tal efecto, la designacion y promocion de Magistrados cuyos meritos en la MORDAZA judicial, hoja de servicios personales, medidas disciplinarias y participacion en actividades academicas, los haga merecedores a tal promocion. Que, estando a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora NURY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, como Juez Provisional del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, a partir del dia 16 de marzo del ano en curso. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, por promocion de la titular. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalia de la Nacion, Gerencia General del Poder Judicial, Supervision de Personal, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Personal de la Corte Superior de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 04861

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan magistradas provisional y suplente del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA y del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 108-2006-P-CSJLI-PJ

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Inscriben a MORDAZA Opinion y MORDAZA E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION N° 170-2006-JNE

Exp. Adm. Nº 462-2006 MORDAZA, 23 de febrero de 2006 VISTO el pedido de inscripcion, formulado por el representante legal de la empresa MORDAZA Opinion y MORDAZA E.I.R.L.;

MORDAZA, 15 de marzo del 2006

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