Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2006 (16/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la comision del delito contra la salud publica -trafico ilicito de drogas-, en agravio del Estado; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04908

Publica de Contumaza, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 04873

PRODUCE
Otorgan plazo a titulares de establecimientos y plantas industriales de procesamiento pesquero que MORDAZA parte del Programa de Control que establezca el ITP para culminar con , adecuacion a MORDAZA Sanitaria aprobada por D.S. Nº 040-2001-PE
DECRETO SUPREMO Nº 005-2006-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el articulo 29º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la actividad de procesamiento pesquero debe ser ejercida cumpliendo las normas de sanidad, higiene, calidad y preservacion del medio ambiente, con sujecion a las normas legales y reglamentarias pertinentes; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, establecio plazos perentorios para que todos los establecimientos y plantas industriales de procesamiento pesquero se adecuen a sus disposiciones, habiendose prorrogado dichos plazos por Decreto Supremo Nº 039-2003-PRODUCE, hasta el 30 de enero de 2004; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004PRODUCE, del 4 de MORDAZA de 2004, otorgo un plazo hasta el 31 de MORDAZA de 2004, para la adecuacion a la citada MORDAZA Sanitaria, dentro del cual el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en su condicion de autoridad sanitaria del Subsector pesqueria, evaluaria la situacion sanitaria de las plantas de procesamiento industrial pesquero y comunicaria los resultados al Ministerio de la Produccion; Que asimismo, los articulos 2º, 3º y 4º del citado Decreto Supremo, establecen que con anterioridad al vencimiento del plazo a que alude el articulo 1º, el ITP presentara al Ministerio de la Produccion, un listado de las plantas de procesamiento industrial aptas para acogerse, bajo un regimen especial de control, a la celebracion entre los titulares de las licencias de dichas plantas y el ITP, de Convenios de Adecuacion a las disposiciones de la precitada MORDAZA Sanitaria, siendo que estos se suscribiran dentro de un plazo que no exceda al 31 de MORDAZA de 2004, estipulandose las acciones correctivas o de subsanacion a realizarse bajo un cronograma de adecuacion e incluira los demas terminos y condiciones que las partes estimen conveniente, el cual vencera indefectiblemente el 31 de MORDAZA de 2005. Asimismo, se establecio que la suscripcion del citado convenio, es condicion para gozar del beneficio de la prorroga del plazo de adecuacion hasta el 31 de MORDAZA de 2005 e implica mantener la vigencia de las correspondientes licencias hasta dicha fecha; Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2005PRODUCE, del 19 de MORDAZA de 2005, se prorrogo el plazo de adecuacion sanitaria establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 012-2004-PRODUCE hasta el 31 de diciembre de 2005, a los titulares de las licencias de operacion de las plantas de procesamiento industrial

MIMDES
Aceptan renuncia de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Contumaza
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 158-2006-MIMDES

MORDAZA, 15 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 0042003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 321-98PROMUDEH de fecha 9 de noviembre de 1998, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Contumaza, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, es necesario aceptar la citada renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en la Ley Nº 26918, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia

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