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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2006 (16/03/2006)

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PÆg. 314849 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de marzo de 2006 Deniegan autorización a Arper Express S.A. de adecuación como Empresa deTransferencia de Fondos RESOLUCIÓN SBS Nº 337-2006 Lima, 13 de marzo de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 001-2006-DESC, de fecha 20 de febrero de 2006, sobre la solicitud de adecuación de Arper Express S.A., como empresa de transferencia de fondos,presentada a esta Superintendencia por su Gerente General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las Circulares Nºs. ETF-002-97 de fecha 29 de diciembre de 1997 y ETF-004-99 de fecha 11 de noviembre de 1999, se establecieron normas yprocedimientos para los trámites de organización y funcionamiento de las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, y de lasEmpresas de Transferencia de Fondos y adecuación a la Ley Nº 26702, para aquellas que actualmente vienen operando; Que, con fecha 30.4.2004 el Gerente General de la empresa Arper Express S.A., informó a esta Superintendencia que su representada cumplía con losrequisitos que exigía la norma, excepto en el capital social mínimo requerido, no obstante lo cual, solicitó iniciar el proceso de adecuación argumentando que durante éste,progresivamente, cumplirán con los otros requisitos e implementarán un plan para cumplir con el incremento del capital social exigido por Ley; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 26702 y el Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF), aprobado por Resolución SBS Nº 1025-2005 del12.7.2005, establecen normas respecto del Capital Mínimo que deben de contar las ETFs al momento de su constitución o adecuación; Que, de la evaluación realizada a la documentación remitida, se ha observado que la empresa Arper Express S.A. a pesar del tiempo transcurrido desde la fecha depresentación de la solicitud de adecuación, no ha cumplido con aprobar e implementar su plan progresivo de incremento de capital, permaneciendo éste enS/. 320,200, siendo el capital mínimo legal exigido a las ETFs a la fecha de S/. 929,323; Que, el artículo 10º del Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF), aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1025 del 12.7.2005, establece los requisitos para la adecuación como empresas detransferencias de fondos, los cuales no fueron enviados a pesar de haber sido solicitados reiteradamente por esta Superintendencia mediante Oficios Nº 2366-2005-SBS de fecha 4-2-2005 y Nº 23599-2005-SBS de fecha 24-11-2005; Que, mediante carta de fecha 21-12-2005 el Gerente General de Arper Express S.A. menciona que por razones estrictamente económicas su empresa no está en capacidad inmediata de hacer un incremento de capitalde hasta S/. 596,387 necesarios para cumplir con el capital mínimo de S/. 916,587 1, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de las Empresas de Transferencia deFondos (ETF), aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1025 del 12.7.2005; Que, igualmente el Gerente General de Arper Express S.A. menciona que temporalmente mantendrá movimientos o realizará gestión de remesas postal por montos inferiores a las 200 UIT mensuales, para lo cualorientará sus servicios de manera prioritaria a cartas y encomiendas, y de manera complementaria, el serviciode remesa postal y, continuará gestionando el financiamiento para cumplir con el capital social mínimoestablecido en el Reglamento antes mencionado pero, no indica el plazo en que realizará el referido aumento de capital; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Empresas de Servicios Complementarios mediante Informe Nº 001-2006-DESC y la opiniónfavorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la LeyNº 26702; RESUELVE:Artículo Único.- Denegar la solicitud de autorización de adecuación presentada por la empresaArper Express S.A., como Empresa de Transferencia de Fondos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, quien deberámantener sus operaciones en los límites fijados en el Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF), aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1025del 12.7.2005 bajo responsabilidad de su Directorio, aplicándosele el artículo 11º de la Ley General en caso de incumplimiento. Regístrese y comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1Para el trimestre octubre – diciembre de 2005 04805 Actualizan monto mÆximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo 2006 - mayo 2006 CIRCULAR Nº B-2154-2006 Lima, 13 de marzo de 2006 CIRCULAR Nº B -2154 - 2006 F - 0494 - 2006 CM - 0341 - 2006 CR - 0210 - 2006 ________________________________ Ref.:Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro deDepósitos correspondiente al trimestre marzo 2006 - mayo 2006 ________________________________ Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período marzo 2006 – mayo 2006,del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el período marzo 2006 - mayo 2006 se indica acontinuación: