Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2006 (18/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de marzo de 2006

compromete en forma directa e inminente la continuidad de la labor o funcion que tiene a cargo la Municipalidad Provincial de MORDAZA de implementar y ejecutar el Programa del Vaso de Leche a favor de quienes resultan ser los beneficiarios del programa y a quienes les corresponde que se les proporcione la racion alimenticia debida y que se verian gravemente perjudicados de no actuarse diligentemente y conforme a ley mientras la Municipalidad Procede a convocar el MORDAZA de seleccion para la adquisicion del citado producto que restaria para abastecer el programa; Que, la Ley Nº 24059 concordado con el articulo 2.2 de la Ley Nº 27470, han previsto que las Municipalidades son responsables de la ejecucion del Prog MORDAZA de Vaso de Leche, teniendo la responsabilidad de ejecutar la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; asimismo, el numeral 4.1 de la citada Ley, establece que el Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos; habiendose declarado de prioritario interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche y demas organizaciones sociales de base mediante la Ley Nº 25307 en concordancia con el articulo 2º incisos 16) y 3) de la Constitucion Politica del Peru en lo que se refiere al servicio de apoyo alimentario que brindan estas organizaciones a las familias de menores recursos; Que, la normatividad MORDAZA citada esta orientada a proteger a los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche en atencion a los escasos recursos economicos con los que cuentan y en aplicacion de la funcion protectora y el caracter subsidiario del Estado, creando el deber juridico de los Gobiernos Locales de llevar a cabo las actividades que resulten indispensables para garantizar la ejecucion efectiva del Programa de Vaso de Leche y el diario abastecimiento de alimentos a los beneficiarios empadronados dentro de su jurisdiccion. Que, conforme a lo MORDAZA esbozado debe considerarse la presencia de una situacion de Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche por el hecho extraordinario e imprevisible que en la ejecucion del Programa del Vaso de Leche obliga a la Municipalidad Provincial de MORDAZA a traves del Comite de Administracion a actuar de manera diligente para palear el desabastecimiento del programa que requiere de manera necesaria e indispensable del insumo quinua MORDAZA fortificada en hojuelas complemento del insumo leche evaporada que fuera ya anteriormente adquirido tambien por el Provincial mediante MORDAZA de seleccion correspondiente. Habilitandolo de esa forma, conforme a ley, a actuar de manera inmediata para que mediante una intervencion rapida urgente y excepcional formalizar ante el Pleno del Concejo la declaracion de Exoneracion del MORDAZA de seleccion la adquisicion del insumo del programa Vaso de Leche Quinua MORDAZA Fortificada en Hojuelas a fin de evitar causar mayores perjuicios a los beneficiarios del programa; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del Informe del Visto, opina que es procedente Declarar la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de insumos del programa del Vaso de Leche "Quinua MORDAZA Fortificada en Hojuelas" por causal de Desabastecimiento Inminente, la que debera ser declarada y formalizada mediante Acuerdo del Concejo Municipal de esta Municipalidad Provincial por un periodo de abastecimiento y por la cantidad de producto que al respecto propone el area tecnica; Que, la Division del Vaso de Leche, mediante el Informe Nº 064-2006-MPP/DVL, recomienda: - Efectuar la compra unicamente de quinua MORDAZA en hojuelas por un periodo de 06 meses. Asimismo la cantidad a adquirir para cubrir el tiempo senalado es el siguiente : 116,683.84 Kg., en bolsas plasticas de 1.00 kilo c/u., siendo el valor referencial de S/. 372,221.44. - El cronograma de entrega del producto sera en tres remesas:

Primera remesa: 2 dias despues de la firma del Contrato por la cantidad de 38,894.61 Kg. MORDAZA remesa: 40 dias despues de la 1era. Remesa por la cantidad de 38,894.61 Kg. Tercera remesa: 40 dias despues de la 2da. Remesa por la cantidad de 38,894.61 Kg. - La Quinua MORDAZA en hojuelas debera cumplir con los requisitos minimos establecidos en la Carta Nº 0022006-JSBB-NUT/DVL, suscrita por la nutricionista del Programa Vaso de Leche. Que, mediante el Acta Nº 01 de fecha 22 de febrero de 2006, el Comite de Administracion del Vaso de Leche, aprueba por unanimidad, el Informe Nº 064-2006-MPP/ DVL; Que, sometido el presente a consideracion de los senores regidores en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 9 de marzo de 2006, merecio su aprobacion, por lo que en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldia por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente al Programa Vaso de Leche y aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de Insumos "Quinua MORDAZA Fortificada en Hojuelas". Articulo Segundo.- Establecer que el requerimiento sera unicamente de Quinua MORDAZA en Hojuelas por un periodo de seis (6) meses, siendo la cantidad a adquirir de 116,683.84 en bolsas plasticas de 1.00 kilo c/u., siendo el Valor Referencial de TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 44/100 NUEVOS SOLES (S/. 372,221.44), de acuerdo al siguiente cronograma: Primera remesa: 2 dias despues de la firma del Contrato por la cantidad de 38,894.61 Kg. MORDAZA remesa: 40 dias despues de la 1era. Remesa por la cantidad de 38,894.61 Kg. Tercer remesa: 40 dias despues de la 2da. Remesa por la cantidad de 38,894.61 Kg. Articulo Tercero.- Disponer que la Quinua MORDAZA en hojuelas debera cumplir con los requisitos minimos establecidos en la Carta Nº 002-2006-JSBB-NUT/DVL, suscrita por la nutricionista del Programa Vaso de Leche, ademas la certificacion de la calidad de los productos la realizara la Empresa SGS DEL PERU SAC. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Logistica realizar la adquisicion del Insumo " Quinua MORDAZA Fortificada en Hojuelas" para el Programa Vaso de Leche, indicados en el Articulo MORDAZA, del presente Acuerdo, conforme lo establece el Art. 148º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de diez (10) dias de plazo que concede la Ley. Articulo Sexto.- Remitir el presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles, asi como los Informes sustentatorios. Articulo Setimo.- Dese cuenta al Comite de Administracion del Vaso de Leche, Comite Especial del Programa Vaso de Leche, Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Oficina de Logistica, al Programa de Vaso de Leche, Contraloria General de la Republica, CONSUCODE y a los miembros del Concejo para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04976

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