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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2006 (18/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G30/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de marzo de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: El documento OF.RE(SME-OPM)Nº 22-6-BB/12 de fecha 15 de febrero de 2006, cursado por el señor Embajador Antonio García Revilla, Subsecretario de Asuntos Multilaterales delMinisterio de Relaciones Exteriores, comunica la realizacióndel "Sexto Período Ordinario de Sesiones del ComitéInteramericano contra el Terrorismo (CICTE)", que se llevaraa cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 22 al 24 de marzo de 2006, por lo que solicita la designación de un representante del Ministerio Público, para que conforme la delegación peruanaque ha de asistir al referido evento; Que estando a la trascendencia del mencionado evento, y a lo solicitado, es necesario expedir laresolución correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico y, de conformidad a lo dispuesto por la LeyNº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exteriorde Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor doctor Mateo Grimaldo Castañeda Segovia, Fiscal Superior Titular de laFiscalía Superior Penal Nacional, para que en representación del Ministerio Público forme parte de la delegación peruana que ha de asistir al "Sexto Período Ordinario de Sesionesdel Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE)",que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia,entre los días 22 y 24 de marzo de 2006, otorgándoselelicencia con goce de haber del 21 al 25 de marzo de 2006. Artículo Segundo.- Encargar el despacho de la Fiscalía Superior Penal Nacional, al doctor Emérito Ramiro SalinasSiccha, Fiscal Adjunto Superior Titular de la referida fiscalía,mientras dure la ausencia del Fiscal Superior Titular. Artículo Tercero.- Los gastos de pasaje, impuesto aéreo, Tarifa Única de Aeropuerto (TUA), y viáticos del referido Fiscal Superior Titular, serán asumidos por el Ministerio Público, conforme se señala a continuación,debiendo rendir cuenta dentro de los quince (15) días deefectuado el viaje: - Pasajes US$ 539.79 - TUA US$ 65.25 - Viáticos US$ 800.00 ----------------- Total US$ 1405.04 Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente, al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Gerencia General, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia deTesorería, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales,Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, FiscalSuperior Coordinadora de la Fiscalía Superior PenalNacional y Fiscalías Supraprovinciales, Fiscal Superior Titular designado, y al Fiscal Adjunto Superior mencionado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 04971 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G20/G6C/G61/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G41/G74/G65/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 295-2006 Lima, 7 de marzo de 2006EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo (Caja Municipal Huancayo) para que se le autorice la apertura de una oficina, en lamodalidad de agencia, en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el D.S. Nº 157-90- EF y en la Ley Nº 26702, Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, la Caja Municipalde Ahorro y Crédito es una empresa de operaciones múltiples, cuya finalidad y especialidad consiste en captar depósito del público y otorgar financiamientospreferentemente a las pequeñas y micro empresas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13º y las Disposiciones Finales y Complementarias Quinta yDécima de la Ley Nº 26702, las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito continúan regidas por sus normas especiales, salvo en lo relativo a los factores deponderación de riesgos, capitales mínimos, patrimoniosefectivos, límites y niveles de provisiones, para los cualesse rigen por lo establecido en la Ley Nº 26702, en garantíade los ahorros del público, y la exigencia de su conversión a sociedades anónimas sin el requisito de la pluralidad de accionistas; Que, el Decreto Supremo Nº 157-90-EF, norma con rango de ley, que regula las operaciones de las CajasMunicipales de Ahorro y Crédito, establece un esquemagradual en la asunción de los riesgos inherentes a las nuevas operaciones que puedan realizar con la autorización de esta Superintendencia; esquema que hamostrado resultados concretos y favorables para eldesarrollo del Sistema de Cajas Municipales de Ahorro yCrédito; Que, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) ha remitido mediante el Oficio Nº 153-2005-FEPCMAC, el informe sobre laapertura de una agencia en el distrito de Ate, encumplimiento de la función dispuesta en el literal f) delartículo 22º del D.S. Nº 157-90-EF; Que, mediante la Resolución SBS Nº 1276-2002 del 11-12-2002, se aprobó el procedimiento de autorización de oficinas para las instituciones microfinancieras a lasáreas geográficas distintas de su ámbito de origen,incluyendo Lima Metropolitana; Que, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo (Caja Municipal de Huancayo) ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de la Oficina solicitada, en la cual se efectuaráestrictamente operaciones relacionadas con su finalidady especialidad en operaciones de microfinanzas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B", mediante el Informe Nº 017-2006-DEMB y, con las opiniones favorables de la Intendencia General de Microfinanzas, laSuperintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y laSuperintendencia Adjunta de Riesgos; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Circular CM-184-97 y el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante ResoluciónSBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, y en virtud de lafacultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del27 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo (Caja MunicipalHuancayo), la apertura de una Oficina en la modalidadde agencia, ubicada en la Av. Nicolás Ayllón Nº 5596- 5598, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La apertura de la agencia