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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2006 (18/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G30/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de marzo de 2006 Por el Frente, con el Jirón San Diego, con 16.40 ml Por la derecha entrando, con el lote 4, en línea quebrada de tres tramos, el primero con 5.00 ml; elsegundo con 1.00 ml.; y el tercero doblando a la derechacon 18.00 ml. Por la Izquierda, entrando con el Lote 2, con 22.43 ml. Por el Fondo, con propiedad de terceros, con 15.96 ml. ÁREA DEL SUBLOTE Nº 4 193.26 M2 (Plano P-01) Por el Frente con el Jirón San Diego, con 9.35 ml. Por la Derecha entrando, con propiedad de terceros, con 20.50 ml. Por la Izquierda entrando, con el Lote 3, en línea quebrada de tres tramos, el primero con 5.00 ml, elsegundo doblando a la izquierda con 1.00 ml; y el tercerodoblando a la derecha con 18.00 ml. Por el Fondo, con propiedad de terceros, en línea quebrada de tres tramos, el primero con 1.14 ml; elsegundo doblando a la derecha con 4.70 ml.; y el tercerodoblando a la derecha con 5.70 ml. ÁREA DE LOTE ACUMULADO 882.30 M2 ( PLANO 9-02) Por el Frente, con Jirón San Diego, con 40.78 ml. Por la Derecha entrando, con propiedad de terceros con 20.50 ml. Por la Izquierda entrando, con Jirón Francisco Moreno (antes Santa Rosa),con 20.50 ml. Por el Fondo con propiedad de Terceros en línea quebrada de cinco tramos, el primero con 17.00 ml.; elsegundo doblando a la izquierda con 2.43 ml.; el tercerodoblando a la derecha con 17.10 ml.; el cuarto doblandoa la derecha con 4.70 ml.; y el quinto doblando alaizquierda con 5.70 ml. Artrículo Tercero.- Las características que resultan del lote ACUMULADO de 882.30 m2, con la ZonificaciónI1r Zona de Vivienda Taller, figuran en los Planos yMemoria Descriptiva anexos, que debidamente visadosforman parte de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, que corre acargo de la recurrente, que debe efectuarse dentro delplazo máximo de 30 días, a partir de su pertinentenotificación. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la revisión de los aportesque correspondan, asimismo, a la Oficina Registral deLima y Callao, para la Inscripción Inmobiliaria según ley;derivándose los actuados a la Subgerencia deAdministración Documentaria y Archivo, para los actos complementarios y archivamiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano 04920 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 000010 Mediante Oficio Nº 083-2006-MPC/SG, la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publiqueFe de Erratas de la Ordenanza Nº 000010, publicada en la edición del día 9 de marzo de 2006. DICE: “Artículo Segundo: Establecer las siguientes prohibiciones: 3) Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas en el lapso comprendido entre las 23:00 horas hasta las 08:00 horas del día siguiente, por parte de losestablecimientos autorizados para la venta de licoresenvasados para llevar”. DEBE DECIR: “Artículo Segundo: Establecer las siguientes prohibiciones: 3) Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas en el lapso comprendido entre las 23:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, por parte de los establecimientos autorizados para la venta de licoresenvasados para llevar”. DICE: Artículo Tercero.- Incorpórese a la Ordenanza Municipal Nº 00027-2001-MPC de 20 de diciembre de2001, los actos y omisiones tipificados como infracciónen el presente Reglamento, de acuerdo al siguientedetalle: ÍTEMINFRACCION C (%) Medidas Complementarias UIT Desarrollar actividades de expendio de 10 Clausura temporal; en casolicores fuera del horario establecido de reincidencia, clausura definitiva Permitir o promover el consumo de licor 10 .Clausura temporal ; en dentro del establecimiento, en el retiro caso de reincidencia municipal, en las inmediaciones de su clausura definitivalocal, en el interior de un vehículo o vía .Decomiso de las en la vía pública. Bebidas Alcohólicas que se consume en lavía pública. .Internamiento del Vehículo en el DepósitoMunicipal de Vehículos. Consumir bebidas alcohólicas en el 10 Decomiso de las bebidainterior de vehículos, áreas públicas u alcohólicas otras zonas de propiedad pública DEBE DECIR: Artículo Tercero.- Incorpórese a la Ordenanza Municipal Nº 00027-2001-MPC de 20 de diciembre de2001, los actos y omisiones tipificados como infracciónen el presente Reglamento, de acuerdo al siguientedetalle: ÍTEMINFRACCION C (%) Medidas Complementarias UIT 300 Desarrollar actividades de expendio de 10 Clausura temporal; en caso licores fuera del horario establecido de reincidencia, clausura definitiva 301 Permitir o promover el consumo de licor 10 .Clausura temporal ; en dentro del establecimiento, en el retiro caso de reincidenciamunicipal, en las inmediaciones de su clausura definitiva local, en el interior de un vehículo o en .Decomiso de las la vía pública. Bebidas Alcohólicas que se consume en la vía pública. .Internamiento del Vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos. 302 Consumir bebidas alcohólicas en el 10 Decomiso de las bebidas interior de vehículos, áreas públicas u alcohólicas otras zonas de propiedad pública 04960