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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2006 (18/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G30/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de marzo de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73 /G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 150-2006-INDECI 13 de marzo del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados porfenómenos de origen natural o tecnológico, encargadade coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidasde prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Líneade Crédito se destinarán para realizar acciones quepermitan reducir los efectos dañinos de un peligroinminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperarlos niveles que los servicios básicos tenían antes de laocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones derecuperación de la capacidad productiva de las zonasafectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en elPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorablede la Dirección Nacional del Presupuesto Público, losrecursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientesde la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, establece la prórrogade la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criteriosy procedimientos para la incorporación de los recursosa que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía elmonto de la línea de crédito otorgada por el Banco de laNación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, señala que los recursos provenientes de la mencionada línea de crédito podránfinanciar gastos temporales de emergencia que no seandestinados a proyectos y que tengan por finalidad realizaracciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindaruna respuesta oportuna a la población y cuenten con elInforme de Evaluación de Daños correspondiente,aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la Dirección General sustentando la necesidad de financiar estosgastos con recursos provenientes de la línea de crédito.Se señala a su vez que recibido el Informe Técnicofavorable del INDECI, la DGPM propone la incorporaciónde los recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-PCM se declaró en Estado de Emergencia por desastre deorigen natural (fenómeno de sequía), las provincias deAyabaca, Huancabamba y Morropón del departamentode Piura, entre otras, por el plazo de 60 días naturales,para la ejecución de obras y actividades de rehabilitación en el Sector Agricultura; Que, luego de coordinaciones efectuadas entre el INDECI, el Gobierno Regional de Piura, el Ministerio deAgricultura y la DGPM, mediante Oficio Nº 045-2006/GOB.REG.PIURA-100000 del 18.ENE.2006, el GobiernoRegional de Piura remitió 54 Fichas Técnicas para la ejecución de actividades de adquisición de alimentos para ganado afectado como consecuencia de la sequía,por un valor de CINCO MILLONES CUATROCIENTOSSESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5’469, 360.00); Que, mediante Oficio Nº 1122-2006-INDECI/4.0 del 23.FEB.2006, se remitió a la DGPM el Informe Técnico Sustentatorio Nº 002-2006-INDECI emitido por laDirección Nacional de Operaciones del INDECI dondese concluye que resulta necesario desarrollar lasactividades “Rehabilitación nutricional del ganadoafectado por sequía” y “Suplementación alimenticia, sanidad animal y asistencia técnica para ganado” en las provincias Huancabamba, Ayabaca y Morropon deldepartamento de Piura, por un monto de CINCOMILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILTRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 5’469, 360.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006INDECI, la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5’469,360.00), correspondiente a la Fuente deFinanciamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución delTitular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Piura,con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por elINDECI CODIGO DEL CURSO: 000000000681 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL ANEXO A LA RESOLUCION JEFATURAL CURSO: INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD Dirección Nacional de Educación y Capacitación Nº 146-2006-INDECI FECHA:21/06/05 DEPARTAMENTO: LIMA REGION :DRDC DE LIMA - CALLAO PROVINCIA: LIMA Total de Participantes Aptos: 1 DISTRITO: RÍMAC Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI TÍ TULO N° COMITÉ/ENTIDAD UBICACIÓN GEOGRÁFICA COMITÉ COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ASIGNADO 1 PURE HUARACA TOMAS ANGEL 22064942 TÉCNICO EN SEGURIDAD INTEGRAL Comité Distrital Lima Lima La M olina Distrital 04929