Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2006 (20/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, lunes 20 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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su Manual de Procedimientos, el mismo que sera aprobado por Resolucion de Alcaldia. Tercera.- La Gerencia de Servicios Comunales, Promocion Social y Desarrollo Humano queda autoriza para aperturar el Registro de Camiones Cisternas, informando periodicamente de los ingresos asi como de las bajas a los componentes del Sistema de Vigilancia Municipal de la Calidad de Agua. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Otorgar un plazo no mayor de 60 dias a partir de la publicacion de la presente Ordenanza para que los propietarios y/o administradores de Surtidores y ANEXO 01
GERENCIA DE SERVICIOS COMUNALES
Nº ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS UIT SOLES VIGENTE S/.

camiones cisternas procedan a su formalizacion y adecuacion en el Registro Municipal, vencido dicho plazo se aplicaran las sanciones. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Administracion establecer la disponibilidad presupuestal para la aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Destinar el 40% de lo recaudado por concepto de inscripciones en el Registro Municipal de Camiones Cisternas, para el desarrollo de operativos y capacitaciones para el personal.

AUTOMATICO

CALIFICACION EVALUACION POSI- NEGANO TIVO TIVO REGULADO

DEPENDENCIA DONDE INICIA EL TRAMITE

FUNCIONARIO QUE APRUEBA TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE REC. IMPUG.

Registro de los Camiones Cisternas

-Solicitud dirigida al MORDAZA -Copia del DNI del propietario, Tarjeta de propiedad o contrato de compraventa y SOAT del vehiculo. - MORDAZA del DNI, Licencia de conducir y Carne de Sanidad del conductor. - MORDAZA del DNI y Carne de Sanidad del ayudante (s). - MORDAZA fedateada de autorizacion sanitaria otorgada por MORDAZA II. - MORDAZA fedateada vigente del Certificado de desinfeccion del vehiculo. - Recibo de pago por derecho de registro y permiso de comercializacion.

3%

99

X

Tram. Docum.

GSCPSDH

MORDAZA

ANEXO 02
SANCION EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE CODIGO 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 Por presentar fuga de agua Por no contar con tapa sanitaria Por presentar partes oxidadas internas o externamente Por no exhibir el letrero Agua MORDAZA Por carecer de proteccion en la boca de la manguera o presentar grietas rajaduras o parches Por no contar con drenaje para la limpieza del tanque cisterna Por no contar con tuberias de ventilacion con MORDAZA hacia abajo y protegida con malla N°16 Por permitir la presencia de particulas o materiales extranos en el interior del tanque Por expender aguas con cloro residual menor al 0.5 Por carecer del certificado de desinfeccion Por carecer del permiso de comercializacion. Por carecer de la Autorizacion Sanitaria Por transportar el agua con la cisterna destapada No transportar otros liquidos sobre el camion cisterna A LOS PROPIETARIOS O ADMINISTRADORES DE SURTIDORES Por expender agua para consumo humano con concentracion de cloro residual menos a la 1.00 Mg x Litro Por no contar con una MORDAZA minimo a 2.00 mt del eje del MORDAZA Por permitir el derramamiento e infiltracion de agua al MORDAZA Por carecer de tapa sanitaria la boca del MORDAZA Por mantener con hongo y mogo interior del MORDAZA Por ubicar el equipo de bombero a una distancia menos a 2 mt del pozo. Por no poseer sistema de cloracion en funcionamiento Por presentar filtraciones en la tuberia de alimentacion a los camiones cisternas Por no contar con cerco perimetrico Por no contar con kit de medicion del cloro residual, los surtidores y camiones cisternas Por no contar con servicios higienicos para los operarios Por tener los servicios higienicos a menos de 10mt. de la boca del MORDAZA Por permitir que los trabajadores laboren sin el uniforme reglamentario en surtidores y camiones cisternas Por permitir la presencia de animales o personas extranas alrededor del MORDAZA surtidos a mes de 10mt. Por venta de agua para consumo humano a camiones cisterna no autorizados. 50% 10% 10% 20% 10% 10% 5% 5% 5% 10% 5% 10% 5% 10% 5% DESCRIPCION DE LA INFRACCION A LOS PROPIETARIOS Y/O, CONDUCTORES DE LOS CAMIONES CISTERNAS. 5% 5% 10% 5% 5% 5% 5% 10% 10% 10% 10% 10% 5% 5% PECUNIARIA NO PECUNIARIA

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