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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2006 (20/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G35/G31/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de OrganismoNacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre ObstáculosTécnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado porla Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanasy el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todoslos sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientesComités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, b) Envase y Embalaje de Plásticos Flexibles Utilizados enAlimentos, y c) Conductores Eléctricos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, 1 PNTP, el 21 de noviembre del 2005. b) Envase y Embalaje de Plásticos Flexibles Utilizados en Alimentos, 1 PNTP, el 30 de noviembre del 2005. c) Conductores Eléctricos, 1 PNTP, el 1 de diciembre del 2005. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante elSistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un periodo de treinta días contados a partir del 24 de enero del 2006; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de laComisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánimede sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 2 de marzo del 2006. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-IEC 61347-1:2006 DISPOSITIVOS DE CONTROL DE LÁMPARA. Parte 1: Requisitos generales y requisitos de seguridad. 1ª Edición. NTP-ISO 291:2006 PLÁSTICOS. Atmósferas estándares para acondicionamiento y ensayos. 1ª Edición.Reemplaza a la NTP 311.251:1982 NTP-IEC 60811-1-3:2006 Mét odos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubiertade cables eléctricos. Parte 1: Métodos de aplicación general. Sección 3: Métodos para determinarla densidad – Ensayos de absorción de agua – Ensayo de contracción. 1ª EdiciónSegundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Técnica Peruana: NTP 311.251:1982 PLÁSTICOS. Atmósferas normales para el acondicionamiento y ensayos de materias plásticas Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós, Julio Paz Soldány Aldo Bresani. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 05212 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G79/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G75/G72/G74/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G61/G6D/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G43/G69/G73/G74/G65/G72/G6E/G61/G73 /G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G65/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de Pachacámac, mediante Oficio s/n de fecha 11 de enero de 2006, recibido el 17 de marzo de2006.) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2005-MDP/A Pachacámac, 27 de agosto del 2005LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de agosto del 2005, sobre “Reglamento que regula el Funcionamiento, Control y Fiscalización a los Surtidoresy Camiones Cisternas que abastecen de agua para consumo humano en el distrito de Pachacámac”; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 191º y siguientes de la Constitución Política del Estado, las MunicipalidadesDistritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene funciones normativaspara crear, modificar y suprimir contribuciones, derechos y licencias; Que, el mismo precepto Constitucional otorga el Concejo Municipal funciones normativos en los asuntos de su competencia, los cuales se ejercen entre otros mecanismos, a través de Ordenanzas, conforme a loprescrito en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprobando regulación, administración y supervisión de los servicios públicos,sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar conforme a Ley; Que, en materia de seguridad ciudadana, las Municipalidades, la Policía Nacional del Sector y la sociedad civil, trabajan coordinadamente para disminuir los riesgos de seguridad y prevenir laComisión de Delito y faltas, en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27933 y su Reglamento el D.S. Nº 012-2003-IN; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 80º 3.3.2 y 4.4.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son funciones de las MunicipalidadesDistritales, normar y controlar el aseo, higiene, salubridad