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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G35/G31/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de marzo de 2006 Visto, el expediente Nº 13446-2005, presentado por el Instituto de Investigación y Desarrollo Andino - IIDA, mediante el cual se solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida del Proyecto Paz y Amor. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Instituto de Investigación y Desarrollo Andino - IIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 19 de julio del 2005, legalizada por el Consulado General del Perú en Miami - Estados Unidos se observa que Proyecto Paz y Amor, ha efectuado una donación a favor del Instituto de Investigación y Desarrollo Andino - IIDA; Que, los bienes donados consisten en un (01) vehículo marca Toyota, modelo Hi Lux 4 x 4 C/D Turbo Diesel, año 2005, color verde oscuro metálico, chasis 8AJTFR22G7-54502914, motor 2KD-9409080 con un peso aproximado de 1790.00 kilos, valorizado en US$ 12,541.29 (Doce mil quinientos cuarentiuno 29/100 dólares americanos), que será usado en la realización de obras sociales y pastorales en beneficio de la población del departamento de Apurímac; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Proyecto Paz y Amor a favor del Instituto y Desarrollo Andino - IIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, SE RESUELVE:Artículo Prímero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación por Proyecto Paz y Amor a favor del Instituto y Desarrollo Andino- IIDA consistente un (1) vehículo marca Toyota, modelo Hi Lux 4 x 4 C/D Turbo Diesel, año 2005, color verde oscuro metálico, chasis 8AJTFR22G7- 54502914, motor 2KD-9409080 con un peso aproximado de 1790.00 kilos, valorizado en US$ 12,541.29 (Doce mil quinientos cuarentiuno 29/100 dólares americanos), que será usado en la realización de obras sociales y pastorales en beneficio de la población del departamento de Apurímac. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSTAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05054PRODUCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2006-PRODUCE Lima, 15 de marzo de 2006 Visto: El Informe Nº 013-2006-PRODUCE/OGA del 14 de marzo de 2006, remitido por la Directora General de la Oficina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27619 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; Que, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, modificó el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28562 -Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, prohibiéndose los viajes al exterior de funcionarios y servidores del Estado, con excepción de aquellos que realicenlos altos funcionarios y autoridades del Estado referidos en la Ley Nº 28212, incluyendo a los Titulares de Pliego; Que, el referido artículo exceptuó de dicho supuesto a aquellos viajes destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de Tratados de Libre Comercio, promocióny/o negociación económica comercial de importancia para el Perú y, los que resulten indispensables para el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para elejercicio fiscal 2006; Que, asimismo, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 establece que antes del 15 de febrero de2006 y, mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes, el mismo que deberá pormenorizar la relación de viajes al exterior defuncionarios y servidores públicos, considerando que el gasto presupuestado con cargo a recursos públicos por concepto de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad; Que, en dicho marco, mediante Resolución Ministerial Nº 047-2006-PRODUCE del 14 de febrero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes del Ministerio de la Producción, correspondiente al ejercicio fiscal2006; Que, es necesario priorizar algunos viajes al extranjero para el cumplimiento de las actividades delMinisterio de la Producción, teniendo en consideración que algunos de los viajes programados inicialmente no se realizarán, debiendo efectuarse la modificación delPlan Anual de Viajes del Ministerio de la Producción, correspondiente al ejercicio fiscal 2006; Que, mediante documento del visto, la Oficina General de Administración informa que el Plan Anual de Viajes del Ministerio de la Producción, correspondiente al ejercicio fiscal 2006 aprobado Resolución Ministerial Nº 047-2006-PRODUCE, puede ser modificado sin exceder el límite establecido en el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15º y 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo 11ºdel Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Viajes del Ministerio de la Producción, correspondiente al ejercicio fiscal 2006, aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-2006-PRODUCE, conforme al Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción