Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan permiso de operacion a Triplay MORDAZA S.A.C. para prestar servicio de transporte fluvial de apoyo logistico en el ambito nacional o cabotaje - MORDAZA de la Hoya Amazonica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2006-MTC/13 MORDAZA, 8 de febrero del 2006 Visto el documento (expediente Nº 2006-000721) presentado por TRIPLAY MORDAZA S.A.C., con RUC Nº 20409082859, mediante el cual solicita permiso de operacion para prestar el servicio de transporte fluvial de apoyo logistico en el ambito nacional o cabotaje - MORDAZA de la Hoya Amazonica, en trafico irregular y en la modalidad de carga. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir, modificar y/o ampliar los permisos de operacion a las personas naturales o juridicas nacionales que lo soliciten; Que, la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento del Transporte Fluvial Comercial, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001MTC, en merito a lo cual cuenta con la opinion favorable del Director de Servicios Portuarios, Actividades Navieras y Multimodal, asi como del Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 042-2006-MTC/13.02 y 032-2006-MTC/ 13.al, respectivamente, por lo que resulta procedente expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, 041-2002-MTC y 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR permiso de operacion a favor de TRIPLAY MORDAZA S.A.C, para prestar el servicio de transporte fluvial de apoyo logistico, en la forma siguiente: : Nacional o Cabotaje, MORDAZA de la Hoya Amazonica. TRAFICO : Irregular. MODALIDAD : Carga. Articulo 2º.- El servicio de transporte fluvial de apoyo logistico sera prestado con la embarcacion de bandera peruana denominada MORDAZA, con Matricula Nº IQ-022664MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga tendra una vigencia de cinco (5) anos, computado a partir de la fecha de publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolucion. La renovacion debera ser solicitada por la recurrente a la Direccion General de Transpor te Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de los sesenta (60) dias calendario anteriores a su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado implica la obligacion del administrado que lo obtiene, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y demas dispositivos y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- El permiso de operacion otorgado quedara sin efecto, de pleno derecho, sin perjuicio que se emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicacion de la presente resolucion directoral en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, computado a partir de la fecha de su expedicion. AMBITO

Articulo 6º.- El presente permiso de operacion mantendra su vigencia en tanto el administrado cumpla con mantener vigente las polizas de seguros, acredite estar al dia en el pago de las primas correspondientes e informe de ello a la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 7º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector Defensa, Capitanias de Puerto de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa, al igual que a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General Direccion General de Transportes Acuatico 02885

Autorizan a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA funcionar como Entidad de Capacitacion de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1141-2006-MTC/15 MORDAZA, 28 de febrero de 2006 VISTO: El Expediente Nº 009575 presentado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, mediante el cual solicita autorizacion para funcionar como Entidad de Capacitacion de Conductores, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus normas modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 135º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificado por el Decreto Supremo Nº 025-2005-MTC, establece que las universidades o institutos tecnologicos de educacion superior con mas de diez (10) anos de funcionamiento y que en sus facultades, escuelas profesionales, maestrias, diplomados, institutos o afines, tengan la especialidad o dicten algun curso relacionado al transporte y/o MORDAZA terrestre podran solicitar autorizacion para funcionar como Entidad de Capacitacion de Conductores; Que, del analisis del expediente presentado, se advierte que en el se ha dado cumplimiento a los requisitos para solicitar autorizacion como Entidad de Capacitacion de Conductores establecidos en el articulo 135º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; en efecto, se han presentado los siguientes documentos que acreditan su cumplimiento, para acceder a la autorizacion: - Comunicacion suscrita por el Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y Sistemas, senalando como representante legal de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director de la Escuela Profesional de Ingenieria de Transportes; - Solicitud firmada por el representante legal de la Universidad Nacional MORDAZA Villareal; - MORDAZA del asiento A - 00001 de la Partida Nº 11204010 del Registro de Personas Juridicas Personas Juridicas creadas por Ley de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, donde consta que mediante Ley Nº 14692 se reconoce a la ex filial de MORDAZA de la Universidad Nacional del Centro del Peru como Universidad Nacional MORDAZA Villareal;

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