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PÆg. 315284 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2006 Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 002-DGSP-98, de fecha 6 de mayo de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 05230 Aprueban Guías de PrÆctica Clínica para la Atención de las Patologías mÆsfrecuentes y Cuidados Esenciales enla Niæa y el Niæo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2006/MINSA Lima, 20 de marzo de 2006Visto el Expediente Nº R-041723-05, que contiene el MEMORANDO Nº 3592-2005-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, es preocupación permanente del Ministerio de Salud, priorizar la calidad asistencial, así como la implementación de la mejor práctica clínica en las prestaciones asistenciales que se brindan a la poblaciónusuaria en los establecimientos de salud; Que, dentro de este contexto, se expidió la Resolución Ministerial Nº 422-2005/MINSA que aprobó la Norma TécnicaNº 027-MINSA/DGSP-V.01: “Norma Técnica para la Elaboración de Guías de Práctica Clínica”, cuya finalidad es estandarizar la elaboración de las Guías de Práctica Clínica,de acuerdo a los criterios internacionalmente aceptados que respondan a las prioridades sanitarias nacionales y/o regionales, buscando el máximo beneficio y mínimo riesgo alos usuarios y el uso racional de recursos en los establecimientos de salud; Que, conforme a lo establecido en la mencionada Norma Técnica, se han elaborado diez Guías de Práctica Clínica para la Atención de las Patologías más frecuentes y Cuidados Esenciales en la Niña y el Niño; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las siguientes Guías de Práctica Clínica para la Atención de las Patologías más frecuentes y Cuidados Esenciales en la Niña y el Niño, que en número de diez (10) forman parte integrante de la presente Resolución: 1. Guía de Práctica Clínica Diarrea Disentérica en la Niña y el Niño. 2. Guía de Práctica Clínica Diarrea Persistente en la Niña y el Niño. 3. Guía de Práctica Clínica Diarrea Aguda y Cólera en la Niña y el Niño. 4. Guía de Práctica Clínica Parasitosis Intestinal en la Niña y el Niño. 5. Guía de Práctica Clínica Rinofaringitis Aguda en la Niña y el Niño. 6. Guía de Práctica Clínica Faringo Amigdalitis Aguda en la Niña y el Niño. 7. Guía de Práctica Clínica Otitis Media Aguda en la Niña y el Niño. 8. Guía de Práctica Clínica Síndrome de Obstrucción Bronquial (SOB) en la Niña y el Niño. 9. Guía de Práctica Clínica Asma Bronquial en la Niña y el Niño. 10. Guía de Práctica Clínica Neumonía en la Niña y el Niño. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Atención Integral de Salud, se encargará de la implementación, difusión,monitoreo, revisión periódica y actualización de las citadas Guías de Práctica Clínica. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, a través de sus Direcciones Ejecutivas de Salud de lasPersonas, aplicarán las referidas Guías de Práctica Clínica, en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará las mencionadas Guías de Práctica Clínica enel portal de internet del Ministerio de Salud. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 720-95-SA/DM que aprobó las “Normas Técnicas parael Manejo, Prevención y Control de la Enfermedad Diarréica Aguda y el Cólera” y, la Resolución Ministerial Nº 087-96- SA/DM que aprobó las “Normas para la Prevención yControl de las Infecciones Respiratorias Agudas”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 05231 Aprueban Norma TØcnica de Salud para la Atención Integral de Salud de la Niæay el Niæo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2006/MINSA Lima, 20 de marzo de 2006Visto el Expediente Nº R-068154-05, que contiene el MEMORANDO Nº 3616-2005-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, el desarrollo saludable de la niñez es fundamental para asegurar el bienestar futuro de nuestra sociedad y, en este sentido, la Convención de los Derechos del Niño, como marco normativo de referenciainternacional para el desarrollo de las políticas públicas a favor de la infancia, establece diversos acuerdos que expresan la convicción plena del interés superior de laniñez y la relevancia de la protección y cuidado necesarios para su bienestar, con la participación activa y responsable de los padres y las instituciones o personasencargadas de su protección y cuidado; Que, dentro de este contexto, la Dirección General de Salud de las Personas ha elaborado la “Norma Técnicade Salud para la Atención Integral de Salud de la Niña y el Niño”, cuya finalidad es brindar una atención integral de salud de calidad a la niña y el niño de 0 a 9 años, queresponda a las necesidades de salud y contribuya a elevar la calidad de vida de este grupo poblacional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 040-MINSA/DGSP- V.01: “Norma Técnica de Salud para la Atención Integralde Salud de la Niña y el Niño”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Atención Integral de la Salud, se encargará de la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de la citada NormaTécnica de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables delcumplimiento de la mencionada Norma Técnica de Salud, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones, publicará la referida Norma Técnica de Salud en el portal de internet del Ministerio de Salud. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 474-96-SA/DM, de fecha 2 de agosto de 1996, que aprobó las “Normas de Atención del Niño menor de 05 años”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 05232