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PÆg. 315321 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2006 solicitan, de conformidad con la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 776 Ley deTributación Municipal y leyes vigentes. Artículo 3º.- DISPONER, que las transferencias de recursos por ingresos corrientes, Foncomun,Canon y Sobrecanon, regalías mineras y otras que lecorresponden conforme a ley, se efectúe de acuerdoal porcentaje de la Población existente dentro del lacircunscripción de cada Municipalidad de CentroPoblado. Artículo 4º.- DISPONER, que la Gerencia de Desarrollo Humano, presente un plan de capacitaciónen 90 días, a fin de brindar el apoyo técnico necesario alas Municipalidades de Centros Poblados para queimplementen las funciones delegadas Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y demás áreas pertinentes, el cumplimiento de lapresente. Artículo 6º.- DISPONER, la vigencia de la presente al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Dado en la casa Municipal a los 9 días del mes de noviembre del 2005. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 05202 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN Declaran en situación de desabasteci- miento inminente al Programa Vaso deLeche ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2006-MPCH Chepén, 1 de marzo del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN; VISTO:Los Informes Nºs. 005-2006-MPCH/CEP de fecha 13 de enero del 2006 y 133-2006-MPCH-AJ de fecha 15de enero del 2006; CONSIDERANDO: Que, a través de los documentos de Visto, informan que teniendo en consideración que a la fecha delpresente Informe no se ha iniciado el proceso paraadquirir el producto del Programa Vaso de Leche, va aoriginar que durante el desarrollo del proceso deadquisición del producto Cereales con LecheFortificada enriquecida con vitaminas y minerales, parael Programa Vaso de Leche durante los meses deenero, febrero y marzo, no se cuenten con los insumoslácteos suficientes para abastecer el Programa Vasode Leche, razón por la que se hace necesaria que porAcuerdo de Concejo Municipal, se declare en Situaciónde Desabastecimiento Inminente, contenido en el Art.21º de la Ley Nº 26850, modificado por la Ley Nº28267; Que, de conformidad con el Art. 19º de la acotada norma están exoneradas de los Procesos de Selecciónlas Adquisiciones y Contrataciones que se realicen ensituación de Desabastecimiento Inminente, declaradaconforme a Ley. En tal sentido, el Art. 21º de la referidaLey establece que se considera en situación deDesabastecimiento Inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia dedeterminado bien, servicio u obra comprometen forma directa e inminente la continuidad de las funciones,servicios, actividades u operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo de manera esencial. Dichasituación faculta a la Municipalidad a la adquisición ocontratación de los bienes, servicios, u obras sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario pararesolver la situación y llevar a cabo el Proceso deSelección que corresponda; Que, asimismo, debe tenerse presente que el Programa Vaso de Leche, se verá perjudicado por eltiempo que conlleva la realización del Proceso deSelección, por lo que durante el plazo de implementacióndel Proceso de Selección, deberán adquirirse productosbajo la modalidad antes descrita, toda vez que de no serasí dicho Programa queda desabastecido, lo cualgenerará un desconcierto en los Clubes de Madres quetienen a su cargo la preparación y distribución de losalimentos, pues, en la actualidad no tienen como alimentara los beneficiarios; Que, de conformidad con los Arts. 141º, 146º y 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, en la Situación deDesabastecimiento Inminente la necesidad de losbienes, servicios u obras, debe ser actual y urgentepara atender los requerimientos inmediatos, a fin dedar continuidad a los servicios esenciales que brindala Entidad, en nuestro caso, se debe de proveer deCereales con Leche Fortificada enriquecidas convitaminas y minerales al Programa Vaso de Leche; afin de que no se perjudiquen los beneficiarios delmismo; Que, en virtud a lo expuesto, y teniendo presente que la implementación del Proceso de Selección, podríaextenderse hasta el mes de marzo del presente año, lasituación de Desabastecimiento Inminente deberádeclararse por el lapso de tres (3) meses: enero, febreroy marzo, ello a fin de no perjudicar a los beneficiarios dedicho Programa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, y con el Voto Mayoritario; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente al Programa Vaso deLeche de la Municipalidad Provincial de Chepén,correspondiente a los meses de enero, febrero ymarzo del 2006. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Especial Permanente, cumpla con el desarrollo del Proceso deAdquisición del Producto Cereales con Leche Fortificadaenriquecida con vitaminas y minerales para el ProgramaVaso de Leche. Artículo Tercero.- SOLICITAR la participación de la Comisión de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente, Vasode Leche, Complementación Alimentaria, como entefiscalizador en el Proceso de adquisición del productopara el Programa Vaso de Leche. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILFREDO QUESQUÉN TERRONES Alcalde Provincial 05280 Rectifican el Acuerdo de Concejo N” 024-2006-MPCH, que declaró en situación de desabastecimiento inminente al Programa Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2006-MPCH Chepén, 13 de marzo del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN