Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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solicitan, de conformidad con la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributacion Municipal y leyes vigentes. Articulo 3º.- DISPONER, que las transferencias de recursos por ingresos corrientes, Foncomun, Canon y Sobrecanon, regalias mineras y otras que le corresponden conforme a ley, se efectue de acuerdo al porcentaje de la Poblacion existente dentro del la circunscripcion de cada Municipalidad de Centro Poblado. Articulo 4º.- DISPONER, que la Gerencia de Desarrollo Humano, presente un plan de capacitacion en 90 dias, a fin de brindar el apoyo tecnico necesario a las Municipalidades de Centros Poblados para que implementen las funciones delegadas Articulo 5º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y demas areas pertinentes, el cumplimiento de la presente. Articulo 6º.- DISPONER, la vigencia de la presente al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA Municipal a los 9 dias del mes de noviembre del 2005. Registrese, comuniquese y cumplase. ELGAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05202

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente al Programa Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2006-MPCH Chepen, 1 de marzo del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN; VISTO: Los Informes Nºs. 005-2006-MPCH/CEP de fecha 13 de enero del 2006 y 133-2006-MPCH-AJ de fecha 15 de enero del 2006; CONSIDERANDO: Que, a traves de los documentos de Visto, informan que teniendo en consideracion que a la fecha del presente Informe no se ha iniciado el MORDAZA para adquirir el producto del Programa Vaso de Leche, va a originar que durante el desarrollo del MORDAZA de adquisicion del producto Cereales con Leche Fortificada enriquecida con vitaminas y minerales, para el Programa Vaso de Leche durante los meses de enero, febrero y marzo, no se cuenten con los insumos lacteos suficientes para abastecer el Programa Vaso de Leche, razon por la que se hace necesaria que por Acuerdo de Concejo Municipal, se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente, contenido en el Art. 21º de la Ley Nº 26850, modificado por la Ley Nº 28267; Que, de conformidad con el Art. 19º de la acotada MORDAZA estan exoneradas de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Desabastecimiento Inminente, declarada conforme a Ley. En tal sentido, el Art. 21º de la referida Ley establece que se considera en situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de

determinado bien, servicio u obra comprometen forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Municipalidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios, u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda; Que, asimismo, debe tenerse presente que el Programa Vaso de Leche, se MORDAZA perjudicado por el tiempo que conlleva la realizacion del MORDAZA de Seleccion, por lo que durante el plazo de implementacion del MORDAZA de Seleccion, deberan adquirirse productos bajo la modalidad MORDAZA descrita, toda vez que de no ser asi dicho Programa queda desabastecido, lo cual generara un desconcierto en los Clubes de Madres que tienen a su cargo la preparacion y distribucion de los alimentos, pues, en la actualidad no tienen como alimentar a los beneficiarios; Que, de conformidad con los Arts. 141º, 146º y 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, en la Situacion de Desabastecimiento Inminente la necesidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, a fin de dar continuidad a los servicios esenciales que brinda la Entidad, en nuestro caso, se debe de proveer de Cereales con Leche Fortificada enriquecidas con vitaminas y minerales al Programa Vaso de Leche; a fin de que no se perjudiquen los beneficiarios del mismo; Que, en virtud a lo expuesto, y teniendo presente que la implementacion del MORDAZA de Seleccion, podria extenderse hasta el mes de marzo del presente ano, la situacion de Desabastecimiento Inminente debera declararse por el lapso de tres (3) meses: enero, febrero y marzo, ello a fin de no perjudicar a los beneficiarios de dicho Programa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el MORDAZA Mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Chepen, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2006. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Comite Especial Permanente, cumpla con el desarrollo del MORDAZA de Adquisicion del Producto Cereales con Leche Fortificada enriquecida con vitaminas y minerales para el Programa Vaso de Leche. Articulo Tercero.- SOLICITAR la participacion de la Comision de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente, Vaso de Leche, Complementacion Alimentaria, como ente fiscalizador en el MORDAZA de adquisicion del producto para el Programa Vaso de Leche. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA QUESQUEN MORDAZA MORDAZA Provincial 05280

Rectifican el Acuerdo de Concejo Nº 024-2006-MPCH, que declaro en situacion de desabastecimiento inminente al Programa Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2006-MPCH Chepen, 13 de marzo del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN

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