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PÆg. 315306 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 040-2005-UIF-Perú, publicada el 10 de mayo de 2005, se designó al señorEduardo Knight Samamé, en el cargo de confianza deDirector del Área Legal de la Unidad de InteligenciaFinanciera del Perú, por lo que debe emitirse el actoadministrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, modificadapor Leyes Nºs. 28009 y 28306, y su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF,modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF, ydemás normas pertinentes; RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Eduardo Knight Samamé al cargo de confianzade Director del Área Legal de la Unidad de InteligenciaFinanciera del Perú, dando por concluida su designacióncomo tal, siendo su último día de labores el 22 de marzode 2006, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO HAMANN PASTORINO Director EjecutivoUnidad de Inteligencia Financiera del Perú 05222 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban actualización del TUPA de la Sede del Gobierno RegionalAmazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 136-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a travésde Ordenanzas Regionales, en concordancia con loprevisto en el Art. 15º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 queseñala: Aprobar, modificar o derogar las normas queregulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional;asimismo es atribución del Consejo Regional aprobarla actualización del documento de gestión Texto Únicode Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sededel Gobierno Regional Amazonas, en concordanciacon el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general enla organización y la administración del GobiernoRegional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del GobiernoRegional Amazonas está elaborado en función a laUnidad Impositiva Tributaria vigente, y Arts. 37º y 38º,de la Ley Nº 27444 - Ley de ProcedimientoAdministrativo General y demás normas que locomplementan; por lo tanto, tiene validez legal para supropósito, diferenciando los montos para los casos deRecursos de Reconsideración y Apelación para losProcesos Administrativos Disciplinarios u otros paralos servidores Públicos de 2.205% de UIT. Equivalente a S/. 75.00 y para los casos de tasas de Impugnacionespara resolver Recursos Administrativos de Apelacióny Revisión de los Procesos de Selección deContrataciones y Adquisiciones del Estado,considerado en los rubros; Licitación Pública oConcurso Público de 41.1764% de la UIT, equivalentea S/. 1,400.00, Adjudicación Directa de 20.5882% UITque equivale a S/. 700.00 y para Adjudicación de MenorCuantía de 8.8235% de la UIT equivalente a S/. 300.00,instrumento legal que regula la actuación de la funciónadministrativa del Estado y asimismo, establece elrégimen jurídico aplicable a la protección del interésgeneral, garantizando los derechos de losadministrados y con sujeción al ordenamientoconstitucional y conforme a la evaluación practicadaal documento, éste cumple con los requisitosestablecidos siendo procedente su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 003, mediante AcuerdoNº 047-2006 de fecha 28 de febrero del 2006, con el votounánime de los Consejeros Regionales y en uso de susfacultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la LeyNº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la actualización documento de gestión "Texto Único de ProcedimientosAdministrativos (TUPA) de la Sede del GobiernoRegional Amazonas, diferenciando los pagos para loscasos de Recursos de Reconsideración y Apelaciónpara los Procesos Administrativos Disciplinarios delos Servidores Públicos u Otros y, para los pagos detasas de Impugnaciones para absolver los RecursosAdministrativos de Apelación y Revisión de losProcesos de Selección de Contrataciones yAdquisiciones del Estado de conformidad a los montosseñalados en la parte considerativa, que en diez (10)folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 7 de marzo de 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS PresidenteGobierno Regional de Amazonas 04546 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal y Cuadro Nominativo dePersonal de la Dirección RegionalAgraria Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 137 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través deOrdenanzas Regionales, en concordancia con lo previstoen el Art. 15º, Inc. "a", de la Ley Nº 27867 que señala:Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen oreglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional, en concordancia a loantes indicado es atribución del Consejo Regional aprobarel documento de gestión Modificación del Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) y Cuadro Nominativo de