Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Antropologia e Historia del Peru para labores de conservacion y mantenimiento de sus colecciones. Articulo 3º.- Agradecer a la Diputacion de Alicante Espana por la donacion otorgada a favor del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion Documentaria la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 05208

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 05217

Aceptan donacion destinada a proyectos de investigacion y labores de conservacion en museos del MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 401/INC MORDAZA, 14 de marzo de 2006 Visto, el Oficio Nº 126-2006/INC-GG-OA-UT emitido por el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura comunica que la Diputacion de Alicante - Espana ha efectuado una donacion a favor del Instituto Nacional de Cultura por la suma de US$ 200,000.00 (Doscientos Mil y 00/100 Dolares Americanos), en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Cultura y la Diputacion de Alicante - Espana; Que, el articulo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que las donaciones dinerarias provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, senalando que dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; por lo que resulta necesario emitir la resolucion de aceptacion de la referida donacion la misma que constituye una importante contribucion al desarrollo de la cultura; Estando a lo visado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, la Oficina de Administracion, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Gerencia General; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y con las facultades que le confiere el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR la donacion efectuada por la Diputacion de Alicante - Espana a favor del Instituto Nacional de Cultura ascendente a la suma de US$ 200,000.00 (Doscientos Mil y 00/100 Dolares Americanos), depositada en la cuenta corriente Nº 0001698916 del Instituto Nacional de Cultura en el Banco Wiese Sudameris, segun recibo de ingreso Nº 164. Articulo 2º.- La donacion, a que se refiere el articulo precedente, sera destinada: US$ 192,000.00 (Ciento Noventa y Dos Mil y 00/100 Dolares Americanos) al Museo Tumbas Reales de Sipan para financiar proyectos de investigacion, conservacion del patrimonio arqueologico de Sipan y otras actividades prioritarias del Museo y US$ 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Dolares Americanos) al Museo Nacional de Arqueologia,

SUNARP
Autorizan contratacion mediante accion inmediata del servicio de traslado y custodia de valores para las Oficinas Registrales de Tacna y Juliaca
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 080-2006-SUNARP/SN MORDAZA, 16 de marzo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 124-2006/Z.R. Nº XIII-JZ remitido por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna; asi como, los Informes Tecnico y Legal Nºs. 063-2006SUNARP/Z.R.NºXIII/GAF; y, 070-2006-Z.R.NºXIII/AL a traves de los cuales se solicito se declare en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de traslado y custodia de valores para las Oficinas Registrales de Tacna y Juliaca, el Informe Nº 035-2006-Z.R.Nº XIIIAPD elaborado por el Area de Presupuesto y Desarrollo de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna y el Informe Nº 072-2006-SUNARP/GL elaborado por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 124-2006/Z.R. Nº XIIIJZ, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna solicito se declare en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de traslado y custodia de valores para las Oficinas Registrales de Tacna y Juliaca, sustentando su pedido en el Informe Nº 063-2006SUNARP/Z.R.NºXIII/GAF; y, el Informe Nº 070-2006Z.R.NºXIII/AL, los mismos que fueron suscritos por el Gerente de Administracion y Finanzas y por la Oficina de Legal de la referida MORDAZA Registral, en los cuales se advierte que el plazo del contrato con las empresas que prestan dicho servicio vencio el 15 de marzo de 2006; Que, el articulo 19º y 20º del vigente Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, establece que estan exoneradas de los Procesos de Seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la referida Ley; Que, al respecto, el articulo 21º del cuerpo normativo MORDAZA citado senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; (i) Respecto de la situacion extraordinaria e imprevisible Que, de acuerdo a lo senalado en los informes emitidos por los funcionarios de la MORDAZA Registral Nº XIII

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