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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2006 (25/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 315476 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de marzo de 2006 columnas no desglosadas dentro del ánfora, y realiza el escrutinio de dicha elección con arreglo a lo dispuestoen el primer párrafo del artículo 2º de estasdisposiciones. Concluido el escrutinio de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, el Presidente de la Mesade Sufragio desglosa la columna correspondiente a laelección de Congresistas de la República, devuelve alánfora la columna correspondiente a la elección deParlamento Andino, y realiza el escrutinio de la elecciónde Congresistas de la República con arreglo a lodispuesto en el segundo párrafo del artículo 2º de estasdisposiciones. Finalmente, concluido el escrutinio de la elección de Congresistas de la República, el Presidente de la Mesade Sufragio realiza el escrutinio correspondiente a laelección de Parlamento Andino, con arreglo a lo dispuestoen el tercer párrafo del artículo 2º de estas disposiciones. Luego del desglose, cada una de las columnas debe ser entendida como una cédula para efectos de realizarel escrutinio de los votos de cada uno de los tresprocesos electorales. Artículo 2º.- Secuencia del escrutinio de los votos y del llenado de las actas y carteles de resultados Efectuado el desglose a que se refiere el tercer párrafo del artículo anterior, los miembros de mesarealizan el escrutinio de los votos, llenan los cincoejemplares del acta electoral correspondiente a la elecciónde Presidente y Vicepresidentes de la República, asícomo el cartel con el resultado de dicha elección. Luego,el Presidente de la Mesa de Sufragio entregará los cincoejemplares del acta electoral presidencial al coordinadorde la ONPE y alguno de los miembros de mesa fijará elcartel de resultados en un lugar visible del local dondefunciona la Mesa. Seguidamente, los miembros de mesa prosiguen con el escrutinio de los votos y con el llenado de los cincoejemplares del acta electoral y del cartel de resultadoscorrespondiente a la elección de Congresistas de laRepública. Luego, el Presidente de la Mesa de Sufragioentregará los cinco ejemplares del acta electoralcongresal al coordinador de la ONPE y alguno de losmiembros de mesa fijará el cartel de resultadosrespectivo en un lugar visible del local donde funciona laMesa. Luego, los miembros de mesa prosiguen con el escrutinio de los votos y con el llenado de los cincoejemplares del acta electoral y del cartel de resultadoscorrespondiente a la elección de Representantesperuanos ante el Parlamento Andino. Finalmente,alguno de los miembros de mesa fijará el cartel deresultados en un lugar visible del local donde funcionala Mesa y el Presidente de la Mesa de Sufragioentregará los cinco ejemplares del acta electoralrespectiva al coordinador de la ONPE, en el centro deacopio del local de votación, junto con el materialelectoral no utilizado, conforme al artículo 295º de laLey Orgánica de Elecciones. Artículo 3º.- Impugnación de cédulas de votación Las impugnaciones de cédula a que se refiere el artículo 282º de la Ley Orgánica de Elecciones, procedende forma separada contra las cédulas de cada uno delos tres procesos electorales, luego del desglose de lascolumnas de la cédula única. Durante el escrutinio correspondiente a la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República y a laelección de Representantes peruanos ante elParlamento Andino, de producirse la apelación a quese refiere la mencionada norma, el Presidente de laMesa de Sufragio deberá firmar en el reverso de lacédula impugnada, anotando su número de DocumentoNacional de Identidad y su cargo, antes de colocarla enel sobre especial que se envía al Jurado ElectoralEspecial. Artículo 4º.- Traslado del Acta Electoral correspondiente a la ODPE De conformidad con la facultad otorgada a la ONPE por los artículos 294º y 301º de la Ley Orgánica deElecciones, y con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por dichas normas respecto a la entrega delejemplar del acta electoral a la Oficina Descentralizadade Procesos Electorales - ODPE para realizar elcómputo de resultados, se dispone que los ejemplaresde las actas electorales correspondientes a las ODPE,contenidas en los sobres de color plomo, seantrasladadas con la mayor celeridad posible del local devotación al centro de cómputo, guardando lasseguridades del caso, bajo responsabilidad solidariadel Jefe de la ODPE y de la persona que éste designepara dicho efecto. 05535 MINISTERIO PÚBLICO Designan magistrada para participar en la "Reunión del Grupo de Trabajo de los Expertos Reunión de Ministros de Justicia - REMJA en la AsistenciaJudicial Mutua en materia Penal", arealizarse en Trinidad y Tobago RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 319-2006-MP-FN Lima, 22 de marzo de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO:Que mediante documento de fecha 7 de marzo de 2006, cursado por el Jefe de la Autoridad Central delMinisterio del Procurador General de Trinidad y Tobago,comunica la realización de la “Reunión del Grupo deTrabajo de los Expertos Reunión de Ministros de Justicia- REMJA en la Asistencia Judicial Mutua en materia Penal”,que se llevará a cabo en Puerto España, Trinidad yTobago, los días 5 y 6 de abril de 2006, solicitando laparticipación del representante del Ministerio Público endicho evento. Que, teniendo en cuenta la importancia del evento, resulta necesario designar al representante de esteMinisterio, así como el autorizar su viaje, y otorgar losviáticos correspondientes para su participación. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica delMinisterio Público y, de conformidad a lo dispuesto por laLey Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes alexterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la doctora Ellyde Secilia Hinojosa Cuba, Fiscal Adjunta Suprema Titularadscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, paraque participe en el evento señalado en la parteconsiderativa de la presente Resolución, otorgán-dosele licencia con goce de haber del 4 al 7 de abril de2006. Artículo Segundo.- Los gastos de pasaje, impuesto aéreo, tarifa CORPAC, y viáticos de la referida FiscalAdjunta Suprema, serán asumidos por el MinisterioPúblico, conforme se señala a continuación, debiendorendir cuenta dentro de los quince (15) días de efectuadoel viaje: - Pasajes US$ 1,044.76 - Tarifa CORPAC US$ 30.25- Viáticos US$ 720.00 ------------------- Total US$ 1,795.01 Artículo Tercero.- Encargar el Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales delDespacho de la Fiscalía de la Nación, al doctor Hugo