Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2006 (25/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2006

MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; el Memorando Nº 408-2006-GOECOR/ONPE, del 14 de marzo de 2006, emitido por la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional; los Informes Nº 03-ODPE- MORDAZA NORTE; 012-ODPE-ABANCAY; 046-2006-ODPEMAYNAS-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 012-2006ODPE-ANDAHUAYLAS-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 016-2006-ONPE/ODPE-CAJAMARCA; 023-2006ODPE-CHACHAPOYAS-GOECOR/ONPE; 028-2006-JODPE-CUSCO; 30-ODPE-HUAMANGA; 22-2006ODPE/HUANCAVELICA; 004-ODPE-HUANUCO; 0232006-ODPE-HUARAZ-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 27J/ODPE-HUARI; 040-2006-ODPE/PUNO-SGCORGOECOR/ONPE; 019-2006-ODPE-SAN MARTINSGOCOR-GOECOR/ONPE; 026-ODPE-HUANCAYO; 021-ODPE-SAN MORDAZA, del ano 2006, emitidos por los Jefes de las ODPE indicadas y remitidos a la Comision de Seleccion de Personal 2006 el dia 21 de marzo de los corrientes; el Oficio Nº 1436-2006-SG/JNE, del 22 de marzo del presente ano, emitido por el MORDAZA Nacional de Elecciones; el Acta Nº 017-2006, del 22 de marzo de 2006, emitida por la Comision de Seleccion de Personal 2006 encargada del MORDAZA de seleccion de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales para Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica, y Representantes Per uanos ante el Parlamento MORDAZA 2006, designada mediante Resolucion Jefatural Nº 344-2005-J/ONPE y el Memorando Nº 2212006-GAJ/ONPE, del 22 de marzo del presente ano, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005, el Presidente de la Republica convoca a "Elecciones Generales el 9 de MORDAZA de 2006 para la eleccion de Presidente de la Republica, Vicepresidentes, Congresistas y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino", modificado con el Decreto Supremo Nº 099-2005-PCM, de fecha 29 de diciembre de 2005; Que, con fecha 15 de marzo del presente ano, la Gerencia de Organizacion y Coordinacion Regional de la ONPE remite a la Comision de Seleccion de Personal 2006, el Memorando Nº 408-2006-GOECOR/ONPE, mediante el cual informa que habiendose realizado la verificacion de locales de votacion, se hace necesario un incremento de vacantes para el cargo de Coordinador de Local de Votacion; Que, con fecha 21 de marzo del presente, los Jefes de las ODPE de Abancay, Maynas, Andahuaylas, MORDAZA, Chachapoyas, MORDAZA, Huamanga, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Huancayo, San MORDAZA y MORDAZA Norte remiten los informes mencionados en los vistos de la presente resolucion, a la Comision de Seleccion de Personal 2006, a traves de los cuales se informa que existen varias personas seleccionadas en el cargo de Coordinador de Local de Votacion que han presentado su renuncia; Que, teniendo en cuenta que el articulo 18º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones regula la MORDAZA eleccion del Presidente y Vicepresidentes de la Republica, debe preverse contar con personal suficiente que pueda suplir al personal que podria renunciar entre la primera y MORDAZA eleccion; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, se ha producido una reduccion notable del personal

seleccionado como coordinadores de local de votacion, lo que hace necesario realizar una ampliacion de accesitarios para el cargo de coordinadores de local de votacion, teniendo en cuenta las bajas que se han presentado en cada sede y el personal que ha participado en el MORDAZA de seleccion que no fue seleccionado inicialmente; Que, por otro lado, concluido el plazo de ley para la interposicion de las tachas respectivas, se publico, con fecha 15 de marzo del presente ano, en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Jefatural Nº 063-2006-J/ONPE, por la cual se designa en el cargo de Coordinador de Local de Votacion para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el Anexo de la Resolucion Jefatural Nº 055-2006-J/ONPE, excluyendose de esta designacion a las personas que fueron identificadas como pertenecientes a diversas organizaciones politicas y a todas las personas que fueron objeto de tachas; Que, respecto a las personas que fueron objeto de tachas, se ha recibido el Oficio Nº 1436-2006-SG/JNE, mediante el cual el MORDAZA Nacional de Elecciones informa que no existe ningun recurso impugnatorio contra la Resolucion Nº 090-2006-JEE/LAMB emitida por el JEE de MORDAZA que declara fundada de oficio la tacha interpuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ni contra las Resoluciones Nros. 084 y 106-2006-JEE/HYO del JEE de Huancayo, las cuales declaran inadmisibles las tachas contra diversos coordinadores de local de votacion, ni tampoco contra las Resoluciones Nros. 115 y 116-2006-JEE/HYO que declararon consentidas las dos anteriores y ordenaron su archivamiento; Que, de acuerdo al considerando precitado debe excluirse definitivamente de la designacion en el cargo de Coordinador de Local de Votacion a la senora Elsina MORDAZA MORDAZA, en merito a la Resolucion Nº 0902006-JEE-LAMB emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Lambayeque; Que, asimismo, debe designarse en el cargo de Coordinador de Local de Votacion a las personas que fueron objeto de tachas, pero que fueron declaradas inadmisibles, de acuerdo a las resoluciones Nº 084-2006JEE/HYO, del 3 de marzo de 2006 y Nº 106-2006-JEE/ HYO, del 8 de marzo de 2006, emitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como el literal d) y aa) del articulo 9º, de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, como accesitarios al cargo de Coordinador de Local de Votacion para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el anexo de la presente resolucion Jefatural, los cuales estan sujetos a tachas. Articulo Segundo.- Excluirse definitivamente de la designacion en el cargo de Coordinador de Local de Votacion a la senora Elsina MORDAZA Carranza. Articulo Tercero.- Designar en el cargo de Coordinador de Local de Votacion a las personas que fueron objeto de tachas, declaradas inadmisibles, de acuerdo a los pronunciamientos del MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, que forman parte de los documentos de vistos de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales

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