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PÆg. 315477 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de marzo de 2006 Domiciano Turriate Loayza, Fiscal Adjunto Superior Titular de la Fiscalía Especializada del Despacho de la Fiscalíade la Nación, mientras dure la ausencia de la FiscalAdjunta Suprema Titular. Artículo Cuarto.- Encargar la Presidencia de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y deExtradiciones de la Fiscalía de la Nación, al doctorFrancisco Javier de Rivera Vucetich, Asesor delDespacho de la Fiscalía de la Nación, mientras dure laausencia de la Fiscal Adjunta Suprema Titular. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente, al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia dela República, Ministro de Justicia, Ministro de RelacionesExteriores, a la Gerencia General, Gerencia de la Oficinade Registro de Fiscales, Gerencia Central de Finanzas,Gerencia de Tesorería, Fiscal Adjunta Supremadesignada, Fiscal Adjunto Superior encargado, y al Asesormencionado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 05340 S B S Autorizan a la EDPYME Confianza la apertura de agencia en el distrito de Chaupimarca, provincia de Pasco RESOLUCIÓN SBS Nº 298-2006 Lima, 9 de marzo de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Confianza para que se le autorice la apertura de una Agencia en eldistrito de Chaupimarca, provincia y departamento dePasco; y, CONSIDERANDO: Que la EDPYME Confianza en sesión de Directorio Nº 109 del 17.12.2005, aprobó la apertura de la AgenciaPasco en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica laapertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "C", mediante Informe Nº 006- 2006-DEM "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702, con la Circular Nº EDPYME118-2005, en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Confianza la apertura de la Agencia ubicada en el Jr. Leoncio Prado Nº 116 y 116 - A, con frente a la Plaza Carrión, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 05463FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 340-2006 Mediante Oficio Nº 5297-2006-SBS la Superinten- dencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fede Erratas de la Resolución SBS Nº 340-2006, publicadaen la edición del 18 de marzo de 2006. En el Artículo PrimeroTítulo del literal j) del artículo 9º DICE: j) Naturaleza de la obligación infringida.- DEBE DECIR: j) Características particulares del infractor.- Última línea del segundo párrafo del artículo 26º. DICE: "..., más los correspondientes intereses." DEBE DECIR: "..., más los correspondientes intereses legales."05451 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC Autorizan publicación del Padrón Minero actualizado al 31 de diciembrede 2005 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1176-2006-INACC-J Lima, 22 de marzo de 2006 VISTO; el Informe Nº 244-2006-INACC-DGDV de fecha 21 de marzo de 2006 de la Dirección General deDerecho de Vigencia y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, sedispone que a partir del 1º de enero del año 2000, elpago del Derecho de Vigencia de petitorios, denuncios,concesiones mineras, concesiones de beneficio, delabor general y de transporte, se efectuará sobre labase del Padrón Minero actualizado al 31 de diciembrede cada año, elaborado por el Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero; el cual estaráautomatizado e integrado con una o más entidades delsistema financiero nacional; Que, el pago del Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realizará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2ºdel Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, que modifica elprimer párrafo del artículo 4º del Decreto SupremoNº 029-2001-EM; Que, se encuentra pendiente de expedición la Resolución Directoral que aprueba el listado deconcesiones mineras cuyos titulares no han cumplidocon acreditar la producción o inversión mínima del año2004, en observancia al artículo 78º del Decreto SupremoNº 03-94-EM y a la Resolución Directoral Nº 201-2005-MEM-DGM;