Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2006 (26/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de marzo de 2006

Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 005-DE/ SG, el Instituto Geografico Nacional, tiene entre sus funciones la organizacion y administracion del Archivo Cartografico Nacional, incluyendo la cartografia historico patrimonial y el Sistema de Informacion Cartografico Nacional, con base en la Red Geodesica Basica Nacional, desarrollada por el IGN; Que, el Sistema Geodesico Nacional es el conjunto conformado por la Red Geodesica Horizontal Nacional y la Red Geodesica Vertical Nacional; Que, la Red Geodesica Horizontal Nacional es el conjunto de puntos situados en el terreno dentro del ambito del territorio nacional, establecidos fisicamente mediante hitos permanentes, sobre los cuales se han realizado observaciones directas y/o continuas, con el fin de obtener parametros fisicos, que permitan la interconexion y determinacion de la posicion horizontal, con base al sistema de referencia escogido; Que, la Red Geodesica Horizontal Nacional Clasica, implementada en Peru hasta el ano de 1980, mediante mediciones astronomicas y estructurado en redes de triangulacion de primer, MORDAZA, tercer y MORDAZA orden, sobre la base del sistema local geodesico, el Provisional Sudamericano 1956 - PSAD56, con datum "La Canoa Venezuela", y como modelo matematico utiliza el elipsoide de Hayford o Internacional de 1924, con semieje mayor a = 6´378,388 metros y aplanamiento f = 1/297, materializada por el conjunto de puntos y/o vertices, distribuidos en el territorio nacional, constituyo el apoyo para los levantamientos cartograficos y topograficos de entidades publicas y privadas; Que, en 1995 se implementa la Red Geodesica Geocentrica Nacional (REGGEN), con base en el Sistema de Referencia Geocentrico para las Americas (SIRGAS) sustentado en el MORDAZA Internacional de Referencia Terrestre 1994 - International Terrestrial Reference Frame 1994 (ITRF 94) del International Earth Rotation Service (IERS) para la epoca 1995.4 y relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodesico 1980 - Geodetic Referente System 1980 (GRS80). Esta red permite que el MORDAZA disponga de informacion confiable, acorde con los avances tecnologicos, compatible con otros sistemas regionales y del mundo; la misma que sirve de soporte para la informacion georreferenciada de sectores tan diversos como: Transporte, Interior, Agricultura, Energia y Minas, Vivienda, Turismo, Defensa, el MORDAZA de las actividades relacionadas con el Catastro y otros; Que, la Red Geodesica Vertical Nacional es el conjunto de puntos situados a lo largo de las principales vias de comunicacion terrestre dentro del ambito del territorio nacional, establecidos fisicamente mediante MORDAZA de cota fija, sobre los cuales se han realizado observaciones directas, con el fin de obtener parametros fisicos, que permitan la interconexion y determinacion de la posicion vertical, referenciado con el nivel medio MORDAZA y los valores relacionados al MORDAZA de la gravedad; Que, la Ley Nº 27658 - Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, estableciendo como una de las principales lineas de accion, la eliminacion de duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones, asi como la generacion de una estructura organica en la que prevalezca el MORDAZA de especialidad; Que, la Infraestructura de Datos Espaciales del Peru (IDEP), requiere de un MORDAZA Referencial Espacial, moderno acorde al avance tecnologico, confiable y accesible, que garantice la precision de los datos geoespaciales; Que, resulta necesario oficializar, el Sistema Geodesico Nacional implementado y actualizado permanentemente por el Instituto Geografico Nacional, con la finalidad de preservar y estandarizar el MORDAZA de Referencia Geodesico del pais; Estando a lo acordado, y con las visaciones de la Direccion General de Cartografia, Direccion General de Geografia, Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27292 en concordancia con el Decreto Supremo Nº 005-DE/SG y su modificatoria, en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Suprema Nº 621-2004/DE/EP/DP-2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Denominese Sistema Geodesico Oficial, al conjunto conformado por la Red Geodesica

Horizontal Oficial y la Red Geodesica Vertical Oficial, que estan a cargo del Instituto Geografico Nacional. Que constituye el sistema de referencia unico a nivel nacional; el cual, se encuentra integrado a los Sistemas de Referencia Mundiales. Esta materializado por puntos localizados dentro del ambito del territorio nacional, mediante monumentos o MORDAZA, que interconectados permiten la obtencion conjunta o por separado de su posicion geodesica (coordenadas), altura o del MORDAZA de gravedad, enlazados a los sistemas de referencia establecidos. Articulo Segundo.- Constituyase como Red Geodesica Horizontal Oficial a la Red Geodesica Geocentrica Nacional (REGGEN), a cargo del Instituto Geografico Nacional; la misma que tiene como base el Sistema de Referencia Geocentrico para las Americas (SIRGAS) sustentada en el MORDAZA Internacional de Referencia Terrestre 1994 International Terrestrial Reference Frame 1994 (ITRF94) del International Earth Rotation Service (IERS) para la epoca 1995.4 y relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodesico 1980 - Geodetic Referente System 1980 (GRS80). La Red Geodesica Geocentrica Nacional esta conformada por los hitos o senales de orden "O", "A", "B" y "C", distribuidos dentro del ambito del Territorio Nacional, los mismos que constituyen bienes del Estado. Para efectos practicos como elipsoide puede ser utilizado el World Geodetic System 1984 (WGS84). Articulo Tercero.- Constituyase como Red Geodesica Vertical Oficial a la Red de Nivelacion Nacional, a cargo del Instituto Geografico Nacional, la misma que tiene como superficie de referencia el nivel medio MORDAZA, esta conformada por MORDAZA de Cota Fija (MCF) o Bench MORDAZA (BM) distribuidos dentro del ambito del territorio nacional a lo largo de las principales vias de comunicacion terrestre, los mismos que constituyen bienes del Estado. Esta Red Geodesica estara sujeta al avance tecnologico tendiente a obtener una referencia altimetrica global relacionada al MORDAZA de la gravedad. Articulo Cuarto.- Las redes geodesicas de las entidades publicas y privadas que se establezcan con fines especificos, tendran que estar referidas al Sistema Geodesico Oficial. Para el uso de estas redes, es requisito indispensable la validacion por el Instituto Geografico Nacional mediante la Resolucion Jefatural correspondiente. Esta informacion sera ingresada al Archivo Cartografico Nacional - Banco de Datos Geodesicos. Articulo Quinto.- Las personas juridicas y naturales; que realicen levantamientos geodesicos, topograficos y otras actividades que involucren la localizacion geoespacial en el ambito del territorio nacional; deberan referirlos al Sistema Geodesico Oficial, de acuerdo con las Normas Tecnicas establecidas por el Instituto Geografico Nacional. Articulo Sexto.- Las entidades que se encuentren realizando levantamientos geodesicos o topograficos que no tienen como base el Sistema de Referencia Geocentrico para las Americas (SIRGAS), presentaran su informacion, obligatoriamente en doble sistema, el utilizado por la entidad y el referido a la REGGEN; y, de manera progresiva convertiran su MORDAZA de referencia a lo establecido; con la finalidad de lograr la implementacion de una unica Red Geodesica Horizontal Oficial. Articulo Septimo.- Las personas juridicas y naturales; que establezcan puntos de control geodesico de orden "O", "A", "B", mediante el empleo de tecnicas de geodesia satelital de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Normas Tecnicas para Levantamientos Geodesicos; entregaran una MORDAZA del expediente completo al Instituto Geografico Nacional. Esta informacion sera ingresada al Archivo Cartografico Nacional - Banco de Datos Geodesicos. Articulo Octavo.- Con la finalidad de uniformizar conceptos relacionados al Sistema Geodesico Oficial, el Instituto Geografico Nacional emite el siguiente glosario: GEODESIA: Geodesia es "la disciplina que trata sobre la medida y la representacion de la tierra, incluyendo su MORDAZA de gravedad, en un espacio tridimensional, considerando la variabilidad con el tiempo". (Comite Asociado de Geodesia y Geofisica del Concilio de Investigacion Nacional de Canada 1974). RED GEODESICA: Es el conjunto de puntos, fisicamente establecidos mediante MORDAZA, hitos o senales, sobre el terreno, comunmente denominados vertices geodesicos, medidos

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