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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de marzo de 2006 Vicepresidente Regional para que se apersone a la Oficina Provincial de Condesuyos los días 30 y 31 de mayo de2003, a fin de supervisar las obras que ejecutaba elGobierno Regional, y sostener reuniones con las autoridades locales e impartir las instrucciones del caso; a partir del 2 de julio de 2003 le delegó la supervisión de laobra de mejoramiento de carretera Pacaychacra-Irayconjuntamente con el Gerente de Infraestructura; y, porúltimo el 4 de noviembre de 2003 dispuso queinmediatamente viaje a la localidad de Pacaychacra-Iray, ante la denuncia de los pobladores al ser afectados con la obra en ejecución en dicha zona; Que si bien es cierto, en actas no se dejó constancia del motivo de la inasistencia del Vicepresidente Regional,don Jesús Gustavo Chirinos Zegarra argumenta que fuedebido a un error de omisión del Secretario del Consejo Regional, lo que motivó se le sancione, según consta a foja 163; Que con los memorandos antes citados, se encuentran justificadas las inasistencias del Vicepresidente Regional alas sesiones ordinarias y extraordinarias que se le imputano haber asistido, por tanto, don Jesús Gustavo Chirinos Zegarra no ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el inciso 5) del artículo 30º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Que el 21 de setiembre de 2005, don Jesús Gustavo Chirinos Zegarra solicitó se tenga por no presentado elrecurso de apelación interpuesto por la Consejera Regional Angélica Espinoza Quispe, al no haber acompañado el comprobante de pago; en el caso de autos, el recurso deapelación no se presentó ante la unidad de recepción deeste órgano electoral, para proceder conforme lo disponeel artículo 125º de la Ley Nº 27444, por lo que no esatendible lo solicitado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE:Artículo Único.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por doña Angélica Espinoza Quispe, Consejera Regional de Arequipa; en consecuencia, válidoel acuerdo que declaró improcedente el pedido de vacanciadel cargo de Vicepresidente del Consejo Regional deArequipa, de don Jesús Gustavo Chirinos Zegarra,adoptado en la sesión extraordinaria del 19 de mayo de 2005 por el Consejo Regional de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL VELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIAFALCONI GALVEZSecretario General (e) 05525 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G20 /G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61 /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73 /G64/G65/G20/G50/G65/G6E/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 382-2006 Lima, 23 de marzo de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la International Organisation of Pension Supervisors (IOPS) yla Organisation for Economic Co-operation andDevelopment (OECD), con el fin de participar en la Conferencia Internacional sobre Sistemas Privados de Pensiones en América Latina, la misma que se llevará acabo los días 29 y 30 de marzo 2006, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, la citada conferencia, dirigida especialmente a funcionarios de alto nivel de los organismos de regulacióny supervisión de los sistemas privados de pensiones,representantes de la industria privada de pensiones einstitutos de investigación, así como otros expertos de los países miembros de la OCDE y de América Latina, servirá de foro para intercambiar experiencias a partir del análisisde la evaluación del sistema privado de pensiones en laexperiencia chilena y las lecciones que se pueden aprenderde esta experiencia para los otros países que hanemprendido reformas; Que, asimismo, el citado evento brindará la oportunidad de conocer los mejores principios y prácticas que en temasde administración de fondos privados de pensiones hapreparado la OECD, así como evaluar sus implicancias enel contexto regulatorio internacional; Que, esta Superintendencia, mediante Directiva SBS- DIR-ADM-085-07, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2006,estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentrancomprendidas en las restricciones de la citada Directiva,las actividades de capacitación aprobadas para el ejercicio2006; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, alseñor Elio Sánchez Chávez, Jefe de la Unidad deCoordinación Técnica de la Superintendencia Adjunta deAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones, paraparticipar en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para elcumplimiento del presente encargo, cuyos gastos porconcepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC,serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo alPresupuesto correspondiente al ejercicio 2006; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en laLey Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y envirtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2006, Nº SBS-DIR-ADM-085-07; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Elio Sánchez Chávez, Jefe de la Unidad de Coordinación Técnica de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la ciudad de Santiagode Chile, República de Chile del 28 al 31 de marzo de2006, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informedetallado describiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo alPresupuesto correspondiente al ejercicio 2006, de acuerdoal siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 619,77 Viáticos 600,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanade cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 05487