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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de marzo de 2006 Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley deRepresentación y Defensa del Estado en asuntos judiciales,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judicialesque correspondan contra el señor Fidel Pimentel Avendaño,conforme a los hechos contenidos en el Informe Nº 135-2006-INABIF.DE-AL de la Jefa de Asesoría Legal del INABIFy la Hoja Informativa Nº 004-2006-MIMDES-OCI y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 05558 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2006-MIMDES Lima, 24 de marzo de 2006 Vistos, el Memorándum Nº 092-2006-MIMDES-DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el MemorándumNº 139-2006-MIMDES/SG de la Secretaria General delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 001-2006-02-3901- MIMDES/ OCI, emitido por la Oficina de Control Institucionaldel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, se determinó el incumplimiento de deberes funcionales del funcionario mencionado en el citado Informe, así como lapresunta comisión de los delitos tipificados en los artículos377º y 407º del Código Penal; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el InformeNº 406-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del MIMDES aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley deRepresentación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representación y defensa de losintereses del Estado inicie e impulse las acciones judicialesque correspondan contra la persona comprendida en el InformeEspecial Nº 001-2006-02-3901-MIMDES/OCI y contra aquellosque resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 05559PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2006-PRODUCE Mediante Oficio Nº 410-2006-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Ministerial Nº 078-2006-PRODUCE, publicada en la edición del día 25 de marzo de 2006. En el Artículo 10º (segundo párrafo)DICE: "Así también, publicará el listado de embarcaciones impedidas de efectuar el zarpe con fines de pesca, conformea lo previsto a lo previsto en el artículo 13º del Reglamentodel Sistema de Seguimiento Satelital, el cual estableceque la Autoridad Marítima no otorgará zarpe a aquellasembarcaciones pesqueras que no cuenten con el equipo del SISESAT instalado a bordo y que el mismo no se encuentren operativo y emitiendo señales." DEBE DECIR:"Así también, publicará el listado de embarcaciones impedidas de efectuar el zarpe con fines de pesca, conforme a lo previsto en el artículo 13º del Reglamento del Sistemade Seguimiento Satelital, el cual establece que la AutoridadMarítima no otorgará zarpe a aquellas embarcacionespesqueras que no cuenten con el equipo del SISESATinstalado a bordo y que el mismo no se encuentre operativo y emitiendo señales." En el artículo 11ºDICE: "La vigilancia y control de las zonas de pesca se efectuará sobre la base de los reportes de pesca delSistema de Seguimiento Satelital, constituyendo mediosprobatorios fehacientes para determinar la comisión deinfracción." DEBE DECIR: "La vigilancia y control de las zonas de pesca se efectuará sobre la base de los reportes de pesca delSistema de Seguimiento Satelital, constituyendo mediosprobatorios para determinar la comisión de infracción." 05565 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73 /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G22/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G48/G61/G63/G69/G65/G6E/G64/G6F/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G6F/G73/G20/G41/G63/G72/G65/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G2D/G20/G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0358-2006-RE Lima, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que una Delegación Estadual y Empresarial del Estado de Acre, República Federativa del Brasil, presidida por el Gobernador Jorge Viaña, visitó la Región Arequipa y la Región Cusco del 28 al 30 de octubre de 2005; Que, en esa ocasión el Gobernador Viaña formuló una invitación a la Macro Región Sur, para visitar la ciudad deRío Branco, República Federativa de Brasil, a un encuentroen los niveles político y empresarial y teniendo en cuenta que el Gobernador Jorge Viaña ha formalizado la invitación para los días 24 y 25 de marzo de 2006; Que, en el esquema de intereses de los estados occidentales del Brasil, la Región Arequipa destaca por su