Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2006 (30/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2006 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0914-2006-IN-1501 MORDAZA, 28 de marzo del 2006

NORMAS LEGALES

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Que, por Resolucion Ministerial Nº 0034-2002-IN1501 de fecha 11 de enero del 2002, se designo a don MORDAZA MORDAZA CCARAHUANCO MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Subprefecto en la provincia de Churcampa en el departamento de Huancavelica; Que, es necesario dar por concluida la referida designacion, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el articulo 3º, de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370. Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y, Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042005-IN del 22JUL2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DAR POR CONCLUIDA, la designacion de don MORDAZA MORDAZA CCARAHUANCO MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Subprefecto en la provincia de Churcampa en el departamento de Huancavelica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 05767

Que, la Ley Nº 28084, Ley que regula el parqueo especial para vehiculos ocupados por personas con discapacidad, publicada el 8 de octubre del 2003, incorporo el Articulo 46-A a la Ley Nº 27050, asimismo la Ley Nº 28164, publicada el 10 de enero del 2004, modifico diversos articulos de la referida Ley; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, a fin de adecuarlo a la normatividad vigente sobre la materia; Que, con el objeto de garantizar la aplicacion de las medidas contenidas en la Ley Nº 28084 relacionadas a la circulacion terrestre de las personas con discapacidad, se requiere modificar el Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modificatorias, mediante la incorporacion de nuevas infracciones que sancionen las conductas que atenten contra las personas con discapacidad; De conformidad con lo estipulado en el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, el inciso 2) del Articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el inciso 2) del Articulo 4 de la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, asi como en el inciso b) del Articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; DECRETA: Articulo 1º.- De la modificatoria. Modifiquense los Articulos 8º, 9º, 11º, 12º, 13º, 44º, 52º, 53º, 60º, 62º y 66º, asi como la MORDAZA y MORDAZA Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales del Reglamento de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, bajo los siguientes terminos: "Articulo 8º.- El Consejo Nacional es el MORDAZA organo de decision. Es responsable de establecer las politicas y los lineamientos a seguir en todos los aspectos de su actividad, se encuentra conformado por los representantes senalados en el Articulo 6º de la Ley Nº 27050, modificado por la Ley Nº 28164 y tendra las siguientes atribuciones: 8.1 Establecer las politicas y lineamientos en materia de discapacidad; 8.2 Aprobar los planes y estrategias de desarrollo institucional; 8.3 Aprobar los Estados Financieros y la Memoria Anual; 8.4 Aprobar su Reglamento Interno. Articulo 9º.- El Consejo Nacional sesionara ordinariamente cada dos meses y extraordinariamente cuando lo requiera la Presidencia o lo soliciten la mitad mas uno de sus miembros en ejercicio. Articulo 11º.- Los Representantes de las instituciones a que se refieren los incisos j), k) y l) del Articulo 6 de la Ley, seran elegidos entre los asociados de las instituciones inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS. Articulo 12º.- El Presidente del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, es el funcionario de mayor jerarquia de la institucion, titular del pliego presupuestal y representante legal de la misma, su designacion se efectua de conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Articulo 6º de la Ley Nº 27050 modificado por el Articulo 1 de la Ley Nº 28164, por el desempeno en sus funciones percibira una remuneracion. El Presidente del CONADIS, tiene las siguientes funciones: 12.1 Representar al Consejo Nacional, ante las autoridades nacionales y extranjeras, en los asuntos de su competencia; 12.2 Proponer al Consejo Nacional las estrategias y planes de desarrollo institucional de corto mediano y largo plazo;

MIMDES
Modifican Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por D.S. Nº 003-2000PROMUDEH
DECRETO SUPREMO Nº 003-2006-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, publicada el 6 de enero de 1999, se creo el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, incorporandose como un organismo publico descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, siendo aprobado su Reglamento a traves del Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH; Que, por Ley Nº 27779, Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios, se incorporo el Articulo 34-A a la Ley del Poder Ejecutivo, aprobada por Decreto Legislativo Nº 560, modificandose la denominacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, por la de Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, el Articulo 5 de la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dispone que el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

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