Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2006 (30/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 315708

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2006

VISTA, la Solicitud registro Nº 2003-010791 del 4 de junio de 2003 presentada por la empresa RADIO PA N A M E R I C A N A S . A . , s o b r e r e n ova c i o n d e autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 123-94-TCC/ 15.17 del 18 de marzo de 1994, modificada por Resolucion Ministerial Nº 687-96-MTC/15.17 del 20 de diciembre de 1996, y Resoluciones Directorales Nºs. 027-98-MTC/15.19 del 16 de febrero de 1998 y 107-98-MTC/15.19 del 21 de setiembre de 1998 se otorgo a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la renovacion de la autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con fecha de vencimiento al 16 de setiembre de 2003; Que, el articulo 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener la renovacion de la autorizacion del servicio de radiodifusion es requisito indispensable haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos adeudados vinculados a telecomuni caciones. Dicha disposicion es aplicable al presente procedimiento conforme con la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, dispone que las solicitudes de renovacion de las autorizaciones vigentes a la fecha de su publicacion (15 de febrero de 2005), deberan acompanar el proyecto de comunicacion conforme al numeral 4 del articulo 29º de dicho Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 1772006-MTC/17.01.ssr., que la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., ha cumplido con los requisitos establecidos para continuar operando el servicio de radiodifusion, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Decreto Supremo Nº 0382003-MTC con sus normas complementarias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 123-94-TCC/15.17 a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 16 de setiembre de 2013. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion

radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones semestrales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 05693

Otorgan permiso excepcional a empresa para prestar servicio de transporte interprovincial de personas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1200-2006-MTC/15 MORDAZA, 1 de marzo de 2006 VISTOS: los expedientes de Registros N°s. 2005021711, 2005-021711-A, 2005-021711-B y 2005021711-C, organizados por la EMPRESA DE TRANSPORTES "LOS ANDES" SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre per miso excepcional en la ruta: CAJAMARCA-HUAMACHUCO y viceversa, el Informe Nº 778-2006-MTC/15.02.2 y el Memorandum Nº 422-2006-MTC/15.02 elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones y por la Direccion de Registros y Autorizaciones. CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, la EMPRESA DE TRANSPORTES "LOS ANDES" SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", - en adelante La Empresa, bajo el expediente Nº 2005-021711, solicito el permiso excepcional en la ruta: CAJAMARCAHUAMACHUCO y viceversa, con los omnibus de placas de rodaje Nºs. UD-3361 y UO-5095 respectivamente; Que, el articulo 75º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 031-2004-MTC, prescribe que: "Los permisos excepcionales para prestar servicio de transporte regular de personas en cualquier ambito se otorgaran siempre que en la ruta solicitada no exista oferta del servicio de transporte regular de personas con vehiculos de mayor capacidad y de mayor peso neto que formen parte de la flota habilitada de un transportista que cuente con autorizacion expedida por la autoridad competente. (...)"; Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, segun Informe Tecnico Nº 778-2006-MTC/15.02.2, concluye que la solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y con las condiciones previstas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, para el otorgamiento del permiso excepcional en la ruta: Cajamarca-Huamachuco y viceversa; ademas comunica que ha verificado en el Registro Nacional de Transporte Terrestre que la referida ruta no se encuentra servida por ninguna empresa autorizada por la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, por los fundamentos expuestos y estando a lo senalado en el Informe Nº 778-2006-MTC/15.02.2, la solicitud de otorgamiento de permiso excepcional en la ruta: MORDAZA - HUAMACHUCO y viceversa presentada por La Empresa, resulta viable por encontrarse inmersa dentro de los alcances de lo previsto en el articulo 75º del Reglamento Nacional de Administracion de Transpor tes y por reunir las condiciones de acceso senaladas en el acotado reglamento; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.