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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 f) Proponer políticas y normas de protección ambiental en el desarrollo de las actividades del subsector pesquería y el uso racional y sostenible de los recursos naturales, en el marco del Sistema Nacional de GestiónAmbiental; g) Representar al Ministro, cuando así lo requiera, en los temas de su competencia; participar en lasnegociaciones comerciales internacionales y representar al Perú ante las organizaciones internacionales en los temas de pesquería; coordinar con los organismos einstituciones del sector público y privado las actividades que se encuentren en el ámbito de su competencia; h) Expedir Resoluciones Viceministeriales en asuntos de su competencia y autenticar las copias que se le soliciten; así como opinar sobre proyectos de normas legales y administrativas que tengan relación con lasactividades del subsector pesquería; i) Administrar el registro, numeración y distribución de las resoluciones que expida, así como custodiarlasdurante el año de su emisión; y, j) Las demás funciones que le asigne el Despacho Ministerial. DEL DESPACHO VICEMINISTERIAL DE INDUSTRIA Artículo 16º.- Del Viceministro de Industria El Viceministro de Industria es la autoridad inmediata al Ministro de la Producción en el subsector industria, formula, orienta, ejecuta, supervisa y evalúa por encargo y en coordinación con el Ministro, la aplicación de laspolíticas y el cumplimiento de las normas del subsector industria, las mismas que comprenden las actividades de industrialización, procesamiento y manufactura,velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la protección del ambiente. Dirige los órganos del Ministerio, Proyectos, Comisiones Sectoriales y Comisiones Multisectoriales que estén dentro del ámbito del subsector industria; así como supervisa la aplicación de las políticas y elcumplimiento de las normas de alcance nacional del subsector industria por parte de los Gobiernos Regionales, de acuerdo con las directivas impartidaspor el Ministro y en concordancia con la normatividad vigente sobre el Proceso de Descentralización. Sus funciones son: a) Promover, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el cumplimiento, seguimiento, control y vigilancia de las políticas del subsector industria relacionadas con el desarrollo de lasactividades de industrialización, procesamiento y manufactura de la gran, mediana y pequeña industria, así como de las cadenas productivas, emitiendo lasdisposiciones y directivas para su cumplimiento; así como fomentar su desarrollo e incremento de competitividad; b) Promover y orientar en el ámbito del subsector industria la innovación tecnológica y la transferencia de tecnologías, fomentando alianzas tecnológicas dentro y fuera del país, así como la constitución y el desarrollo deCentros de Innovación Tecnológica - CITE, de conformidad con la legislación sobre la materia; c) Promover la ejecución de programas, actividades y proyectos; formular políticas y normas de alcance nacional orientadas a promover la inversión privada y el desarrollo sostenible de las empresas del subsectorindustria; d) Apoyar las acciones destinadas a contrarrestar los delitos aduaneros y otras formas que afectan lacompetitividad de las empresas formales, de acuerdo a la normatividad vigente al respecto; e) Orientar, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con el Ministro, la aplicación de las políticas sectoriales y la dirección de las actividades de los órganos del Ministerio, Proyectos, ComisionesSectoriales y Comisiones Multisectoriales que estén dentro del subsector industria; f) Coordinar con los organismos e instituciones del sector público y privado las actividades de su competencia, fomentando el diálogo, la concertación y la articulación de ambos en favor del desarrollo de lasactividades del subsector industria; g) Planificar, organizar las acciones y disponer la ejecución de las recomendaciones destinadas acontrarrestar el uso indebido de insumos químicos y productos fiscalizados, de acuerdo a la normatividad vigente al respecto; h) Proponer políticas y normas de protección ambiental en el desarrollo de las actividades del subsector industria y el uso racional y sostenible de los recursos naturales, en el marco del Sistema Nacional deGestión Ambiental; i) Promover la normalización técnica y la calidad total en el desarrollo de las actividades del subsector industria; j) Desarrollar actividades de promoción orientadas a promover y difundir el desarrollo y el consumo de los productos del subsector industria elaborados en el Perú; k) Representar al Ministro, cuando así lo requiera, en los temas de su competencia; participar en las negociaciones comerciales internacionales y representaral Perú ante las organizaciones internacionales en los temas de industria; coordinar con los organismos e instituciones del sector público y privado las actividadesque se encuentren en el ámbito de su competencia; l) Expedir Resoluciones Viceministeriales en asuntos de su competencia, y autenticar las copias que se lesoliciten; así como opinar sobre proyectos de normas legales y administrativas que tengan relación con las actividades del subsector industria; m) Administrar el registro, numeración y distribución de las resoluciones que expida, así como custodiarlas durante el año de su emisión; y, n) Las demás funciones que le asigne el Despacho Ministerial. Artículo 17º.- De las Unidades Orgánicas del Despacho Viceministerial de Industria El Despacho Viceministerial de Industria cuenta con la siguiente unidad orgánica: - Oficina Técnica de Centros de Innovación Tecnológica. Artículo 18º.- De la Oficina Técnica de Centros de Innovación Tecnológica Sus funciones son:a) Diseñar, en el ámbito de competencia sectorial, la política de apoyo tecnológico para promover la innovaciónen el sector productivo y generar un ambiente tecnológico propicio para las inversiones y la asociatividad empresarial, que favorezca la integración vertical yhorizontal entre empresas, promoviendo fondos concursables y otros mecanismos que faciliten transferencias de tecnología nacional y extranjera hacialas unidades productivas y fomenten alianzas estratégicas con organizaciones tecnológicas dentro y fuera del país; b) Participar en mesas de concertación subsectorial, multisectorial o regional, para facilitar en el ámbito de competencia sectorial la relación entre institucionesempresariales y académicas vinculadas a la ciencia y tecnología, entre profesionales, empresarios y técnicos de cada cadena productiva, con un enfoque de equidadde género, que facilite el intercambio de experiencias, así como la realización, continuidad y difusión de eventos técnicos nacionales e internacionales de cada cadena; c) Establecer los lineamientos para la creación, desarrollo, acreditación y gestión de los Centros de Innovación Tecnológica - CITE públicos y privados delSector; promover, proponer y opinar respecto a la creación de CITE en el ámbito sectorial y emitir el informe de evaluación previa para la calificación de los mismos,de acuerdo a las ventajas comparativas y posibilidades competitivas de cada región y cadena productiva; d) Conducir el Registro Oficial de los CITE del ámbito sectorial; supervisar su funcionamiento y ejecutar acciones de monitoreo y de evaluación de impacto de los mismos; e) Apoyar en la gestión técnica de los CITE del ámbito sectorial; facilitar la sinergia entre las diferentes iniciativas y los CITE existentes; difundir en forma conjunta losservicios y actividades de éstos; canalizar la transferencia de tecnología entre los CITE; promover servicios e investigaciones compartidas; gestionarproyectos y recursos de financiamiento y promover la demanda de servicios tecnológicos por parte de las empresas, principalmente de las pequeñas y medianas;