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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero cuenta con las siguientes unidades orgánicas: - Dirección de Consumo Humano; y, - Dirección de Consumo Humano Indirecto. Artículo 55º.- De la Dirección de Consumo Humano Sus funciones son:a) Elaborar y proponer a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero los objetivos,lineamientos y estrategias para el desarrollo de las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano; b) Evaluar técnicamente las solicitudes para desarrollar las actividades de extracción y procesamiento de los recursos hidrobiológicos de consumo humano yproponer el otorgamiento de autorizaciones, permisos y licencias de operación; c) Realizar el seguimiento de las autorizaciones otorgadas por el Ministerio y supervisar el cumplimiento de las políticas y normas aplicables a las actividades de otorgamiento en los ámbitos regionales de los permisos ylicencias de operación otorgados para las actividades de extracción y procesamiento pesquero para consumo humano, así como de los pagos de los derechos de pesca; d) Proponer la emisión de normas para la promoción y el desarrollo de las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano; e) Proponer y evaluar programas de desarrollo de las actividades de extracción y procesamiento pesquero de consumo humano, orientados al aprovechamiento responsablede los recursos hidrobiológicos y del medio acuático; f) Realizar el seguimiento de los asuntos internacionales relativos a las actividades de extraccióny de procesamiento pesquero de consumo humano; g) Efectuar las inspecciones técnicas y servicios que se requieran referidas a las actividades de extracción yde procesamiento pesquero de consumo humano; y, h) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero. Artículo 56º.- De la Dirección de Consumo Humano Indirecto Sus funciones son: a) Elaborar y proponer a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero los objetivos,lineamientos y estrategias para el desarrollo de las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano indirecto; b) Evaluar técnicamente las solicitudes para desarrollar las actividades de extracción y procesamiento de los recursos hidrobiológicos de consumo humanoindirecto y proponer el otorgamiento de autorizaciones, permisos y licencias de operación; c) Realizar el seguimiento de las autorizaciones, permisos y licencias de operación de consumo humano indirecto otorgadas por la Dirección General, así como de los pagos de los derechos de pesca; d) Proponer la emisión de normas para la promoción y el desarrollo de las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano indirecto; e) Proponer y evaluar programas de desarrollo de las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano indirecto, orientadas alaprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático; f) Realizar el seguimiento de los asuntos internacionales relativos a las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano indirecto; g) Efectuar las inspecciones técnicas y servicios que se requieran referidas a las actividades de extracción y de procesamiento pesquero de consumo humano indirecto; y, h) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero. DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA Artículo 57º.- De la Dirección General de Seguimiento, Control y VigilanciaLa Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia es el órgano técnico, normativo y promotor encargado de proponer, ejecutar y supervisar en el ámbito nacional y macroregional los objetivos, políticas yestrategias del subsector pesquería relativas al seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, de acuicultura y de protección del ambiente,en concordancia con la normatividad vigente; así como evaluar y aplicar las sanciones correspondientes, velando por la explotación sostenible de los recursoshidrobiológicos. Depende del Despacho Viceministerial de Pesquería. Sus funciones son: a) Formular, proponer, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los objetivos, políticas y estrategias para el desarrollo de las actividades de seguimiento, control y vigilancia en materia pesquera en el ámbito nacional ymacroregional; b) Formular y proponer los lineamientos generales de política y las estrategias para la prevención y elcombate contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; c) Elaborar planes, programas y proyectos de alcance nacional y macroregional relativos a las actividades de seguimiento control y vigilancia de las actividades pesqueras, de acuicultura y aspectos ambientales, encoordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto y los Gobiernos Regionales; d) Proponer y supervisar la normatividad de alcance nacional para la promoción y el desarrollo de las actividades de seguimiento, control y vigilancia pesquera, orientada al aprovechamiento responsable de losrecursos hidrobiológicos; e) Programar y ejecutar la vigilancia e inspección de las actividades de extracción, captura, transporte,comercialización y procesamiento de recursos hidrobiológicos provenientes de la flota pesquera marítima de mayor y menor escala, destinados alconsumo humano directo e indirecto, así como de los correspondientes derechos administrativos otorgados por el Ministerio de la Producción; f) Supervisar el cumplimiento de las políticas y normas de alcance nacional aplicables a las actividades que se desarrollan en los ámbitos regionales referidas ala vigilancia e inspección de las actividades de pesca, captura, recolección o cosecha, transporte, comercialización y procesamiento de productoshidrobiológicos provenientes de la flota pesquera marítima artesanal y, de la continental de mayor y menor escala, destinados al consumo humano directo, asícomo de las actividades acuícolas marinas y continentales de menor escala y de subsistencia, de las zonas de reserva y de las unidades de conservación; g) Supervisar el ejercicio de los derechos administrativos otorgados por el Ministerio de la Producción, así como el cumplimiento de las políticas ynormas de alcance nacional aplicables al otorgamiento de derechos administrativos en los ámbitos regionales; h) Supervisar la administración del Sistema de Seguimiento Satelital para el seguimiento de la flota pesquera; i) Supervisar y controlar el correcto funcionamiento de los instrumentos de pesaje electrónico instalados en los establecimientos industriales pesqueros; j) Evaluar y supervisar la implementación y ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y del Desembarque en el Ámbito Marítimo; k) Verificar que las descargas de las embarcaciones pesqueras y la capacidad de procesamiento de los establecimientos industriales pesqueros, correspondan a las dimensiones de la capacidad de bodega autorizaday a la capacidad de operación consignada en los correspondientes permisos de pesca y licencias de operación, respectivamente; l) Imponer, en primera instancia y en el ámbito nacional, las sanciones por infracciones que se deriven del ejercicio de las actividades pesqueras marítimas de mayor escalay menor escala y las acuícolas de mayor escala, por las infracciones ambientales que se deriven del ejercicio de dichas actividades; m) Conocer y resolver los procedimientos de fraccionamiento y otros beneficios en el pago de las multas correspondientes a infracciones cometidas en el